SITUACION AMBIENTAL ARGENTINA

SALTO GRANDE

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Ley Maya, su efecto mitigador y las acciones de las Provincias

La ley nacional 24954 tiene forma de convenio entre la Nación y las Provincias. Su primer artículo ratifica acuerdos firmados entre Corrientes, Entre Ríos y la Nación. Lo mas importante es la promoción del desarrollo de dichas provincias, concordantes con el decreto 252/98 de la Nación.

También se menciona el acta acuerdo del 7 de abril de 1998, refrendada mediante decreto 417/98, donde se establecen los % para cada provincia de los excedentes de CTM.

En el artículo 2 se dispone la inoponibilidad de toda norma jurídica contraria a la viabilidad de las actas acuerdos, cuyos contenidos se aprueban en este acto (inoponibilidad siguiendo a Couture es la situación jurídica por la que un acto resulta ineficaz respecto a determinadas personas, normalmente ajenas a su realización, giro usual utilizado para referirse a la prohibición de oponer ciertas defensas o excepciones y según Capitant es la imposibilidad de hacer valer un derecho o una defensa).

En el Acta Acuerdo se dice:

 

 

INFORMACION PERTENECIENTE AL ARTICULO DEL DR LUIS MUJICA SOBRE "SALTO GRANDE" EN SECCION  SITUACION AMBIENTAL ARGENTINA CORRESPONDIENTE A www.dsostenible.com.ar  

 
En la ciudad de Bs. As, el día 7 de abril de 1998, entre la Nación Argentina, desde ahora la Nación, representada en este acto por el Ministro del Interior Dr. Vladimiro Corach, por una parte y por los Gobernadores Pedro Busti, Pedro Braillard Pocard y Federico Puerta, por ER, CTES y Misiones respectivamente, se acuerda ad referéndum del poder ejecutivo nacional:

1- la nación a través del Ministro de relaciones exteriores y culto, iniciará consultas con la ROU a efectos de reformular el convenio y Protocolo adicional entre la RA y la ROU, para el aprovechamiento de los saltos de l río Uruguay, a tal efecto dicho Ministro será asistido por representantes de los Gobiernos provinciales.

2- .. se deberá concretar un fondo especial de Salto Grande con el fin de ejecutar obras complementarias en el Convenio y Protocolo de 1946...y aquellas que sean necesarias para mitigar los efectos negativos de la explotación del complejo, la utilización del agua con fines domésticos, de riego, de navegación y todo lo que conduzca al desarrollo de la región, conforme se plasma en los objetivos originarios...

Dichos fondos se integraran con aportes que trimestralmente depositará la Nación, a partir de la firma de este convenio, proveniente de los excedentes derivados de la explotación del complejo Hidroeléctrico SG, CTM, que actualmente se destinan a integrar el Fondo Unificado (Artículo 37 de Ley 24065), en la siguiente proporción:

Sesenta y siete con cinco (67,5 %) a Entre Ríos, veinte y siete con cinco a (27,5 %) a Corrientes y el cinco (5%) restante a Misiones.

Los depósitos referenciados se concretarán de la siguiente manera:

Durante 1998 el 20 % y en aumento de a veinte de tal manera que en cinco años se complete el 100 % de los excedentes.

3- Las provincias deberán remitir anualmente a la Nación el plan de obras públicas, las rendiciones de cuentas sobre el destino de los fondos y el detalle de gastos y otra información vinculada a tal efecto.

En caso de incumplimiento la nación suspenderá inmediatamente la remisión de fondo y expira el resarcimiento pertinente.

4- la presente acta reemplaza la similar suscrita con fecha 5 de febrero de 1998, entre la Nación y las provincias de Entre Ríos y Corrientes, incorporando en este acto a Misiones.

5- De forma.

 

 

LA OPINION DE DSOSTENIBLE  NO
NECESARIAMENTE COINCIDE CON LA OPINION DE LOS COUMNISTAS.  A RAIZ DE CUALQUIER NOTA PUBLICADA EN ESTA PAGINA SE CONCEDERA DERECHO A REPLICA A QUIEN LO SOLICITE CON LA FINALIDAD DE MOSTRAR OTRO ENFOQUE SOBRE EL MISMO TEMA, ENRIQUECIENDO DE ESTA MANERA, LOS DEBATES QUE SE GENEREN.

 

Acciones en la provincia de Entre Ríos

La ley 9124 se aprobó en la Legislatura Provincial el 3 de abril de 1998, es decir unos días después del primer acuerdo del 5 de febrero 1998. Luego del Acta del 7 de abril se hace lo mismo el día 16 de junio con la ley 9140 que la aprueba. Como se ve, bastante rápido, demostrando como serian las cosas.

En el primer artículo de la ley se aprueba el acta, en el Artículo 2 se crea la comisión administradora de los fondos excedentes de Salto Grande (CAFESG) y en el Artículo 3 especifica con que fondos funcionará: con los intereses y "fondos o recursos que se puedan asignar en virtud de las leyes y reglas aplicables"

En el Artículo 4 se fijan los objetivos de la comisión:

  1. Planificar, proyectar y llevar a cabo el traslado definitivo de la ciudad de Federación

  2. Planificar, proyectar y llevar a cabo las obras no comunes y complementarias del proyecto Salto Grande de acuerdo a la prescripto en el Artículo 4 del convenio del 30/12/46 ratificado por ley 13213 y...."

  3. Planificar, proyectar y ejecutar todas las obras necesarias para mitigar y prevenir los efectos negativos y erosivos provocados por la operación de la presa como obras de protección de costas y defensas de las inundaciones

  4. Planificar y realizar todas las acciones tendientes a lograr el desarrollo sustentable de la Provincia de ER según los propósitos de desarrollo económico, industrial y social establecidos en el acuerdo binacional del 30/12/46

  5. Planificar y promover las acciones que tiendan a dar una efectiva aplicación y regulación a las diversas utilidades del agua de acuerdo al orden establecido en el Artículo 3 del convenio del 30/12/46

  6. Asesorar al poder ejecutivo para llevar a cabo las gestiones tendientes a obtener la transferencia del dominio completa del complejo hidroeléctrico al patrimonio provincial.

  7. Las demás funciones que resulten del cumplimiento de los objetivos

  8. Proyectar el presupuesto anual de gastos y cálculos de recursos, el que será elevado al ejecutivo provincial para la aprobación legislativa mediante ley del presupuesto del ejercicio correspondiente.

El Artículo 5 determina la conformación de la Comisión con un presidente y tres miembros vocales designados por el Poder Ejecutivo Provincial

El artículo 6 determina la Creación de una comisión bicameral integrada por tres Diputados y tres Senadores que controla la aplicación de los fondos, aconseja la aprobación legislativa de los proyectos que elabore la comisión, en cumplimiento del Artículo 4 de esta ley e interviene en todo lo relativo a la aprobación del proyecto anual de gastos y cálculos de recursos, elevado por la comisión a través del Ejecutivo.

El decreto 2954/98 publicado en el Boletín oficial, del 24/8/98 trata sobre la CAFESG y en su anexo se determina como funcionará. En el Artículo 1 aprueba el reglamento que va en el anexo, en el Artículo 2 dice que "las autorizaciones y adjudicaciones de las contrataciones a efectuar por la CAFESG serán comprendidas en el Nivel II del Artículo 8 del decreto 795/96 MOEYSP". También se determina, en el Artículo 3, la remuneración equivalente que tendrá el personal de la Comisión y los jerarquizados.

El reglamento que se puede encontrar en el anexo está dividido en capítulos, el primero es prácticamente el contenido de la Ley 9140. Se agregan otros artículos como la fijación del domicilio en Concordia, (teniendo un profundo respeto por el departamento y la región afectada) En la actualidad hay reparticiones de esta Comisión en los pueblos costeros o afectados como Chajari, Santa Ana, Federación, Villa del Rosario y San Jaime.

El capitulo IV trata sobre la conformación de la Comisión y sus funciones mencionandose que se deberá cumplir la ley de contabilidad 5140 y sus modificaciones.

En este reglamento se designan a 4 miembros desde el ejecutivo y dos por la legislatura, uno por cada Cámara, el presidente es designado por los miembros por votación interna. En el artículo 10 están las funciones de fiscalizar, asesorar al ejecutivo, nombrar, promover, dar licencias, en conformidad con las leyes, formular el presupuesto, aprobar el balance, ejercer la representación legal, celebrar convenios con municipios, provincia o Nación u otras, contratar, realizar los programas, realizar los tramites para obtener terrenos para las obras, enviar a la Nación el Plan de obras a través del ejecutivo, enviar a la legislatura el proyecto de ley de obras y proyectos organizar la contabilidad, bajo control de la Contaduría de la Provincia, asegurar vinculo con el Consejo asesor provincial de Salto Grande y contactos con Corrientes y Misiones, atento el acta acuerdo del 7 de abril de 1998 y todo acto necesario para cumplir con la ley 9140.

En el Artículo 11 se establece que el Presidente será reemplazado por el primer vocal y el Artículo 12 establece la obligatoriedad de funcionamiento al menos una vez cada 15 días, adoptando resoluciones por mayoría de votos, pudiendo sesionar con los dos tercios de lo miembros y se podrá convocar a extraordinarias con 48 horas de anticipación.

En los artículos siguientes se tratan las demás cuestiones del funcionamiento obligación de fijar fecha para la próxima en cada sesión, de llevar actas en libro foliado y la designación de un secretario que refrendara con el presidente todos los actos. Se establece claramente la dependencia directa del poder ejecutivo provincial.

El capitulo V establece sobre recursos y notificaciones y el uso de la ley provincial de procedimientos administrativos.

En el capitulo VI se determina la estructura y las funciones. Se libera de impuestos Provinciales a la Comisión y obliga a las dependencias provinciales a informar a requerimiento de esta Comisión.

El decreto 5030/00 publicado en el boletín oficial 31/1/01 determina como se designan los miembros de la Comisión representantes de la Legislatura. En el Artículo 1 dice "los representantes de la HCD y Senado de la provincia propuestos por la oposición para integrar la CAFESG serán designado por cada Cámara" y en el artículo 2 aclara "el PE es la autoridad que debe poner en posesión del cargo a los representantes que se mencionan en al Artículo 1.

Los que se designan por la legislatura son representantes de la primera minoría, asegurandose, de esta manera, el pueblo de Entre Ríos un enorme representatividad en la Comisión.

A modo de ejemplo veremos que hizo Entre Ríos en obras Públicas de mitigaciòn.

Obras hechas con los fondos especiales de Salto Grande

Año 2000

Departamento Federación

  • * Barrio san Antonio 441659,79
  • * Enripiado caminos villa del Rosario, Santa Eloisa, La Matilde 254679,66 u$s
  • * Chajari puente 25 de mayo 198000,00 u$s

Departamento Concordia

  • * Acueducto la Bianca 275574,36 u$s
  • * Defensa sur III etapa
  • * Cordones de carretera la Cruz 285069,57 u$s
  • * Módulos sanitarios barrio 9 de julio 791416,82 u$s
  • * Cordón y alumbrado bulevar Chacabuco 328823,18
  • * Equipamiento recreativo paseo arroyo concordia 465855,31 u$s
  • * Módulos sanitario y cloacas barrio tiro 373069,54 u$s
  • * Baranda arroyo Concordia 24520,58 u$s

Año 2001

Federación

  • * Se concretó el traslado de 128 familias de zonas inundables a los que se les realizo las viviendas, forestación urbana, perforación de pozo, etc, 4749167,07 u$s
  • * Se repuso y terminó enripiado en villa del Rosario, Conquistadores, San Jaime etc por 361314,37 u$s.

Concordia

  • * Acueducto Salto grande etapa 3 344058,94 u$s
  • * Protección zona urbana costanera central
  • * Desagües 919997,27 u$s
  • * Cordones e interconexiones gaseoducto 14174,43 u$s
  • * Interconexión cloaca barrio puerto 133681,34 u$s
  • * Defensa sur etapa 3
  • * Pavimento calle Humberto Primo 391678,97 u$s
  • * Interconexión cloaca barrio Almirante Browm 42794,43 u$s
  • * Red de agua y cloacas en área protegida 46563,95 u$s
  • * Conexión cloaca barrio tiro 51386,78 u$s
  • * Área protegida conexiones cloaca 21315,47 u$s
  • * Desagües pluviales Falucho 192632,37

Año 2002

Departamento Federación

  • * Continuación de traslado barrio el boyero (con desagües, pavimento, locales comerciales, etc) 378863,09 $ (prestese atencion a que 3 $ 1 u$s)
  • * Costas 1era etapa 875904,05 $
  • * Alcantarilla arroyo Bayano 83054,95 $
  • * Chajari perforación de pozo 34292,82 $
  • * Santa Ana costas etapas 2 y 3 476934,94 $
  • * Colonia La Florida caminos 22393,32 $
  • * Colonia Santa Juana y La Fraternidad caminos enripiados 25620,00 $

Concordia

  • * Acueducto Salto Grande planta potabilizadora remodelación 2031275,42 $
  • * Planta San Carlos remodelación 374222,92 $
  • * Válvulas de red mejoras 71891,14 $
  • * Tuberías de PVC provisión 438514,45 $

Defensa sur 3 etapa

  • * Módulos sanitarios b tiro 44894,74 $
  • * Módulos sanitarios manzana 3079 47518,42 $
  • * Módulos sanitarios área protegida 44549,03 $
  • * Rampa calle Castelli 14734,00 $

Año 2003

Departamento Federación

  • Protección costas Azcona 39115,39 $
  • Reconstrucción ripio Santa Catalina 26868,00 $
  • Colonia argentina y otras enripiado entrada 50500,00 $

Chajari

  • * Red de gas, alcantarillas, arroyo Yacaré 144731,62 $
  • * Desagües cloaca barrio la Rural 132827,19 $
  • * Camino interurbano villa del Rosario - Chajari 176.827,19 $
  • * Red tejido acceso Belgrano 69576,40 $
  • * Puente el 50 249096,30 $
  • * Arroyo Yacomelli alcantarillado 44493,04
  • * Mejora acceso norte 36706,00 $

Villa del Rosario

  • * Saneamiento ex basural alcantarillas 213161,20 $
  • * Laguna de estabilización y red cloaca 1 etapa 224829,96 $

Santa Ana

  • * Iluminación acceso 2da etapa 26992,12 $
  • * Protección de costas 4ta etapa 319448,95 $
  • * Iluminación pueblo 200000,00 $

San Pedro

  • * Reposición parcial de ripio en camino arcilloso 28500,00 $

San Jaime

  • * Ripio de planta urbana 141053,56 $
  • * Alumbrado publico planta urbana 60000,00 $

Colonia Racedo

  • * Tramo Kremer el Troncoso 30000,00 $

Los Conquistadores

  • * Desagües cloacas 1 etapa 104998,44 $

Continúan en ejecución

  • * 5 ta etapa viviendas 649405,58 $
  • * 6ta etapa 40 viviendas 1555116,00 $
  • * 7tima etapa 72 viviendas 2575700,00 $
  • * 8tava etapa 72 viviendas 2605911,00 $
  • * construcción locales comerciales 2da etapa 76600,00 $

Infraestructura de servicios

  • * cordón cuneta y desagües 2da etapa 434572,64 $
  • * alumbrado publico 680000,00 $
  • * red de distribución de gas 1era etapa 1628387,01$
  • * ramal de alimentación estación reguladora 567254,00 $

Departamento Concordia

  • * acueducto 1era etapa 404795,36 $
  • * 2da etapa 538397,00 $
  • * alumbrado publico tramo villa Zorraquin 1era etapa 147214,92 $
  • * protección de zona urbana desagües barrio Vélez Sarfield 124149,47 $
  • * defensa sur desagües pluviales 1era etapa 149805,67 $

Obras en ejecución

  • * acueducto mejoramiento de red de agua etapa 3, 917364,45 $
  • * red de agua y cloacas 218393,72 $
  • * colectores y subsidiarias la Bianca 315969,96 $
  • * alumbrado publico acceso concordia por Yuquerí al sur 315000,00 $
  • * provisión de agua potable a concordia automatización del llenado de tanques 1122196,83 $
  • * protección urbana costanera central
  • * pavimento y cordones barrio Puerto 1089733,83 $
  • * rotonda y repavimentación 945.36,15 $
  • * unión vial parque Arrúa Barrena 2da etapa 1533136,35 $
  • * desagües pluviales calle Rioja 2da etapa 274745,01 $
  • * redes de desagües cloaca 2da etapa 216000,00 $

Obras complementarias y terminación

  • * 90 viviendas inundados 483792,8 $
  • * 80 viviendas inundados 452443,90 $
  • * 32 viviendas inundados 184562,79 $
  • * 170 viviendas 1076977,14 $

Defensa Sur tercera etapa

  • * alumbrado publico carretera la Cruz 62151,69 $
  • * sistematización desagües Pompeya 600780,30 $
  • * sistematización desagües y cloacas barrio 9 de julio 2600000,00 $
  • * unión vial parque Rivadavia y Av. Eva Perón 1era y 2da etapa 581337,48 $

Otras obras Departamento Concordia

Los Charruas

  • * enripiado y reposición 15000,00

La criolla

  • * obras de arte y ripio 97982,50 $

Colonia Ayui

  • * red colectora 2da etapa 350000,00 $

Villa Adela

  • * red colectora 2da etapa 200000,00 $

Villa Zorraquin

  • * colectora cloacal 85000,00 $

Estación Yuquerí

  • * alumbrado publico 47998,48 $

Departamento Feliciano

  • Enripiado de calles 133488,30 $

Obras en ejecución 2003 en el resto de la provincia

Feliciano

  • * alumbrado publico 67321,75 $

Colon

  • * red de distribución y estación reguladora secundaria 1550000,00 $

San Salvador

  • * red de distribución y estación 500000,00 $

Villaguay

  • * sistematización de desagües pluviales 200000,00 $

Villa Elisa

  • * red cloacal 473343,13 $

Concepción del Uruguay

  • * agua potable puerto viejo 653581,64 $
  • * red de distribución de gas 2da etapa 1700000,00 $
  • * defensa costera banco Pelay 1era etapa 350072,47 $
  • * pavimentación acceso banco Pelay 723119,28 $
  • * iluminación acceso banco Pelay 333805,94 $

Estas obras sirven como ejemplo de lo que se hace como obras de mitigaciòn, al mes 11 del año 2003, CAMMESA le debía a la provincia 11.409.589,78 $ y la Secretaria de Hacienda de la Nación 86.800.320,73 $.

En el año 2004 se siguió trabajando y se ha descentralizado la CASFESG.

Acciones en la provincia de Corrientes

Al aprobar el Acta la ley le da a las Provincias un instrumento de mitigaciòn muy importante. En la Provincia de Corrientes, se realiza un Juicio Político al Gobernador Braillar Pocard y gobierna una coalición que no se ocupa de este asunto. Luego por desequilibrios entre las partes de la liga, la provincia entra en un estado de caos político que termina en una Intervención Federal que modifica las leyes a traves de "decretos-leyes". Trató de usar los fondos de mitigaciòn para cualquier obra dentro de la provincia. Quedaron 13 millones de u$s, que luego se trasformaron en $ y luego en un BONO que no sirve ni para lo que fue emitido (cancelar deudas y pagar servicios). En alguna momento se cotiza en el mercado a menos del 50 % y luego es canjeado por pesos al momento del canje total de los bonos, quedando unos 9 millones de $.

Se pueden verificar varias denuncias de funcionarios contra otros funcionarios que finalmente van a quedar en el olvido.

Estas actitudes han sido totalmente desfavorables para la provincia de Corrientes, cuya obra puublica ha venido retrasada si se la compara con el resto de las provincias en varios años.

La ley Provincial 5930/99 que luego modificara la Intervención, no ha sido reglamentada nunca. La responsabilidad está en manos de dos personas, el Ministro de Economía de la Provincia y el Intendente de Monte Caseros. Han pasado varios años y el Gobernador no se ha preocupado sobre el tema (si lo ha hecho no se nota).

Cual es la solución

La solución es, en vez de hacer represas tratar a usar otras alternativas. Si se deben hacer, se debe pagar una indemnización a los propietarios de tierras que se van a afectar equivalente a los años de vida probable de usar la tierra como bien de renta. Por ejemplo si el propietario tiene 50 años (la vida media para Argentina, determinada por la OMS es de 75) se deben pagar 25 años de rentas probables, con base al Impuesto a las Ganancias, es decir deberá haber un justo pago relacionado con el impuesto que ha venido pagando en los últimos 10 años mas un equivalente al precio del mercado local de la hectárea, calculada a moneda constante promediando 10 años últimos o multiplicando por 10 el valor fiscal o tomando en cuenta el valor declarado en el pago de impuestos a Bienes de capital.

Puede tambien considerarse la titularidad de dominio de los últimos 10 años, porque si se considera vida probables puede ocurrir que haya transfencias de tierra a gente mas joven con el exclusivo propósito de cobrar indemnizaciones mas altas. Dar a cada uno lo suyo es hacer justicia. Si unos pocos van a cambiar su forma de vida para que se genere energía para muchos estos deben compensar apropiadamente a esos pocos.

Deben hacerse desde el Estado las obras ambientales adecuadas, como implante de montes, defensas costeras, caminos, etc porque si se valora la política como un instrumento para que el hombre viva mejor y sustentablemente se debe hacer lo que corresponde, sin claudicaciones, con inteligencia y con justicia hacia los perjudicados.

 

Ver bibliografía

 

 

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