|
El conflicto social
La comisión
técnica mixta Salto Grande, realiza una evaluación de impacto
ambiental, de acuerdo a la época (los ´70) sin hacer el trabajo de
consulta a las personas, directamente afectadas, solo consideró que
los beneficios vendrían del ahorro de combustibles para generar
energía, de una supuesta navegación sobre el río, de riego y
seguramente se consultó a algunos sectores y especialmente a
técnicos. Además informó tan equivocadamente a los ribereños que
muchos creían que el "lago" iba a funcionar como una especie de
pileta gigante de natación, con un nivel casi estable. Eso es lo que
relatan muchos de los que se acuerdan de lo que le decían cuando
venían con 'los papeles' para firmar la expropiación, las
discusiones pasaron casi exclusivamente por el precio de la tierra,
hubo algunos que no firmaron al primer ofrecimiento y llegaron a
acuerdo extrajudiciales por montos mucho mas altos que los
ofrecimientos iniciales oficiales otros (caso Dalzoto) se llegó a
Juicio de Expropiación y el monto se elevó mas de lo ofrecido.
La Comisión de Ribereños nace con la inquietud de correntinos y
entrerrianos, en 1975, para saber como iban a ser las expropiaciones
y pelear un poco los precios de las hectáreas a inundar. Así se
conformó una Comisión, que puede considerarse como la primitiva
Asociación ribereños río Uruguay que estaba integrada entre otros
por el Padre Avesia de la Villa del Rosario; por Juan Miguel Crocce,
intendente de Mocoretá; Adelino Tisoco y otros distinguidos vecinos
y campesinos ribereños. Hubo luego una segunda etapa de los 80 y
90 con ribereños entrerrianos y correntinos de Mocoretá, donde se
distinguieron Víctor Smitarello, Ángel Cometti; Elbio Berta y Hugo
Pezarinni y una tercera etapa, la actual, donde se adhirieron
ribereños desde Concordia a Monte Caseros. Esta última adhesión se
debió a que estaban cansados de las crecientes y a que (importante)
los participantes de las etapas anteriores habían cobrado los daños
(en esta etapa participa el autor como asesor de los
ribereños)
El conflicto
social nace inmediatamente al llenado del lago, pero no sale a luz
publica porque la represión de la Administración Militar tiene
aterrorizados o asociados a los actores sociales, que son en esta
caso particular los ribereños del lago y las autoridades de las
administraciones municipales que responden al gobierno central por
lo que deben hacer dos cosas callar para continuar o renunciar y
correr el riesgo de los demás ciudadanos. Para contextualizar hay
que recordar frases celebres como la de un Ministro de Argentina "el
que no esta con el proceso de reorganización nacional es un
subversivo". Así, en ese marco político, se llenó el lago. La
irrupción de la democracia y la creciente de 1983 hace que se
comience una nueva etapa de relaciones tanto en Argentina como en el
Uruguay. Se abren las puertas a exiliados, como don Ferreira
Aldunate y la libertad asoma tímidamente sobre ambas márgenes del
río Uruguay. La protesta, que comienza con la llegada a Bella Unión
del ribereño Argencio, en bicicleta, porque su auto no arrancó, al
ver que su chacra estaba bajo agua otra vez, a visitar a los amigos
para decirles que 'algo hay que hacer'. Este simple hecho se
trasforma pronto en serie de reuniones donde participan entre otros
los asociados a la Cooperativa Azucarera, Conte, Silvia Freitas
Piris, los Moraes y de la orilla occidental también la inquietud de
los arroceros Elbio Berta, Hugo Pezarinni, Ángel Cometti se hace
sentir. Ya han perdido la cosecha 79 y la del 82. Saben que van a
seguir perdiendo.
El encuentro se
realizó en Bella Unión con ribereños y políticos de ambos países,
donde estuvieron presentes entre otros el Senador Sumaran y
políticos de la talla de don Ferreira Aldunate. En esas reuniones se
definieron las acciones que cada grupo iba a intentar en su país
hacerse oír. Cuando se dice "la protesta" se está hablando de
gente pacífica, de trabajo, en general de gente de campo,
agricultores o pequeños ganaderos, no protestas ruidosas como las
que llegaron después. Esto fue así por dos razones, culturalmente
son personas respetuosas de la autoridad constituida y en segundo
lugar son pocos. Sus gritos apenas son atendidos. No se escuchan en
las asociaciones de Concordia, de Chajarí, de Monte Caseros, ni en
clubes de servicios, tomando en cuenta el lado argentino del río.
Cuando vuelve la democracia, llega el imperio del estado de
derecho y el poder peticionar a las autoridades. El señor Elbio
Berta, propietario de un campo sobre la ribera de la zona de Sáenz
Valiente, en Mocoretá Corrientes explicó, que las crecientes se
habían llevado las arroceras y el pasto de las praderas, suyos y de
sus vecinos. Trataron de hacer contacto con la comisión técnica
mixta en la ciudad de Buenos Aires. En esos momentos los
funcionarios del Directorio eran de la ciudad de Buenos Aires o de
Chancillería. La mayoría no había visto el dique, ni el lago, ni la
cara de un inundado. Nadie atendió los reclamos.
En esos días se
presentó un Proyecto de resolución que afirmaba "que la honorable
cámara de diputados de Corrientes vería con agrado que la comisión
técnica mixta Salto Grande atendiera los reclamos de los Ribereños".
Este proyecto fue aprobado y girado. Los ribereños afirman que
tuvieron suerte al recibir en Chajarí a Víctor Martínez, entonces
vicepresidente de la Nación. Lo interesaron en el tema y lograron
ser recibidos por el Congreso de la Nación. Coincidiendo con lo
hecho en Uruguay, los cuatro Senadores de Entre Ríos y Corrientes
(Luis Brasesco, C. Feris, Ricardo Laferrier y Ricardo Leconte)
firmaron un proyecto de ley semejante al de Uruguay. La ley uruguaya prosperó, la argentina,
lamentablemente, "murió" en
Diputados.
 |
 |
La ley Uruguaya
15.845 Establece que los inmuebles afectados por sus
crecidas en la zona del embalse de salto grande quedan sujetos
a servidumbre administrativa de ocupación temporaria de aguas
como se puede ver haciendo click en el botón. |
Los ribereños no
hicieron mucho para cambiar la situación, un poco porque el río no
creció y otro tanto porque estaban desilusionados. Pero las
crecientes llegaron y en 1993 se resolvió comenzar de nuevo la
lucha. Se volvió a tratar de interesar a las autoridades, se realizó
un viaje para entrevistarse con alguna persona "fuerte del
gobierno". Se eligió a la Señora Claudia Bello, Secretaria de la
Función Pública, porque había sido interventora en Corrientes quien
concedió la audiencia. En pocos minutos se explicó la situación.
Pidió número de expediente o copia del pedido, lo que no existía.
Realmente nunca se había hecho nada por escrito.
 |
 |
Nota al Presidente
Menem |
La nota se
entregó el 29 de junio 93, se caratuló con el número 11101405105 (16
folios). El Dr. Feliz Borgonovo, Secretario de acción de gobierno,
lo envió el día 27 de julio al secretario del Ministerio de Economía
y Obras y Servicios Públicos. Después de muchas idas y venidas
en las que se mezclaron discusiones fuertes y charlas amenas, se
llegó al ing. Sbarra quien estaba muy influenciado por el staff
permanente de la comisión técnica mixta delegación Argentina, que
permanentemente negaba toda posibilidad de resarcir daños. Debe
mencionarse que ya había pasado el ing. Juan Leguiza por la
presidencia de la comisión técnica mixta. De alguna manera la
comisión técnica mixta estaba comenzando a reconocer algunas cosas
como por ejemplo en el informe asunto da/065/95 del 15/nov/95 se
reconoce la no prescripción. El 5 de diciembre de 1997, en una
reunión en la sede social de la comisión técnica mixta, en
Concordia, los ribereños decidieron llevar un escribano para hacer
un acta de la reunión. La cúpula de la "resistencia" estaba en
pleno: el Agr. Julio Truco, el ing. Mendizábal y otros. Se
expresaron los ribereños y algunos asesores, sin interrupción de los
"grandes" que trataron de hacerlo varias veces durante el análisis
de los temas, pero fueron callados por el ing. Sbarra. El autor
explicó en nombre de los ribereños lo que había pasado hasta ese
momento haciendo notar que Uruguay había resarcido los daños. El
acta del escribano (protocolo notarial desde número 0708489 hasta
0708491) dice que Sbarra enumera los problemas que afectan la zona,
anegamientos, destrucción de cosechas y siembras, disminución de la
producción de arroz, entre otros. Luego continua diciendo que los
daños están claros, que hay tierra deteriorada y sugiere la
posibilidad de evaluar esto con algún organismo como el INTA. Dice
que las autoridades de Salto Grande conocen que ha disminuido la
producción de arroz en alguna zona por temor a inundaciones, propone
elevar informes cualitativos antes de fin de año, aclara que no
seria censo cerrado, pero que desea se presenten la mayor cantidad
de informes posibles de todas las zonas y ciudades. Indica que le
faltan informes de Federación y propone al Tribunal Nacional de
Tasaciones. También Mendizábal reconoce que hay daños y que tales
problemas se deben a criterios mezquinos al momento de la
expropiación o cuando se tenía en cuenta solo la producción de
energía y habla de la ley de servidumbre de aguas. También Truco
opina en esta reunión que han habido daños, que se deben hacer una
evaluación pero que hay actas y registros. Sbarra dice sobre el
final que Truco tendrá todo el apoyo necesario para evaluar el daño
de las ultimas inundaciones y agrega que la opinión de los técnicos
ha cambiado mucho en los últimos años, que se tienen en cuenta
diferentes costos para producir energía y que ya no existe el
criterio de generar energía a cualquier precio y que hoy se debe
tener en cuenta el impacto de una represa en la región. Manifiesta
que Salto Grande necesita operar la represa de cierta manera, lo que
a veces produce daños que deben tomase como costos de producción y
deben ser pagados. Así terminaba una parte del conflicto social
no resuelto por 20 años. Debe reconocerse que un hombre de Entre
Ríos tuvo mucho que ver en todo esto y fue el motor silencioso de la
reunión con Sbarra: el ing. Hernán Orduna. Había sido vicegobernador
de Entre Ríos, ministro de Obras publicas de la misma Provincia y
era en esa época el lazo entre la Provincia y la Nación por Salto
Grande, porque según los ribereños los directores argentinos habían
visto el dique en fotos y a veces ni siquiera eso. Este mismo
dirigente también fue el ideólogo de la conocida después como Ley
Maya. La lucha había sido desigual ya que los intendentes de
toda la costa no habían aportado ni siquiera lo mínimo a favor de
los ribereños, salvo el de Santa Ana, que era empujado por el agua y
por el actual presidente municipal, Toller Mario. Los gobernadores,
que quizás tendrían miedo de que los Ribereños les hagan juicios a
sus administraciones tampoco hicieron nada, salvo unas tímidas notas
de Antonio Romero Feris, recordando que el gobierno de Corrientes
había firmado el acuerdo de construcción de la represa y su lago con
restricciones por sugerencias del ing. Vasallo. La nota al
Presidente Menem, había salido rápidamente de la Rosada, pero
comenzó el estancamiento de los sueños de los ribereños por las idas
y vueltas, con el agregado de variadas opiniones. Los abogados de la
comisión técnica mixta y de Chancillería buscaban una fórmula de la
prescripción y adherirse a la ley que decía que el Estado nada les
debía a los acreedores que no había pleiteado a una fecha
determinada (ley 24447, Art. 25, 26,27). También se argumentó
que se debía ir al Tribunal Arbitral porque los tribunales
ordinarios de ambos países podían declararse incompetentes,
citándose varias veces el caso FIBRACA, que llego a la Corte de
Justicia.
 |
 |
Ver fallo del caso
Fibraca Constructora SCA |
Pero el sistema
republicano tiene sus mecanismos. A los funcionarios argentinos
parecía hacérseles difícil de aceptar que se habían cometido
equivocaciones, como lo hizo el sector político uruguayo. Prueba de
ello es lo ocurrido en la comisión de agricultura y pesca del senado
uruguayo, con la presencia de funcionarios de la comisión técnica
mixta, sus asesores y de senadores como Zumaran y Batlle, de
diferentes partidos políticos. Quien quiera entender mas sobre el
tema Salto Grande puede leer la versión taquigráfica de la reunión
de esta comisión del día 13 de junio de 1986, distribuido 142/86,
con invitados especiales de la comisión técnica mixta, Dr. Pedro
Solari, escribano Alberto Beriau, ing. Álvaro Cutinella y los
asesores ing. Plinio Spallanzani, Dr. Jorge Freyre, ing. Adolfo
Gastaldi y Dr. Carlos Queralto, quienes dieron explicaciones frente
a Zumaran, Batlle y otros Senadores del Congreso de Uruguay.
 |
 |
Ver versión
taquigráfica de la reunión. Hay en ese
diario datos interesantes con explicaciones muy detalladas sobre las
curvas de remanso, los cálculos de crecientes de igual magnitud que
las anteriores al dique, la inundación sobre línea de ribera, la
dificultad de definir una línea de ribera y la necesidad de hacer un
estudio para cada propiedad especialmente arriba de San Gregorio.
|
Es de hacer
saber que es muy difícil pleitear contra el Estado, sobre todo si se
es un pequeño agricultor de una región lejana a Corrientes, Paraná o
Buenos Aires o en el caso de los uruguayos, lejos de Montevideo.
Por las dificultades de hacer un juicio la solución era una ley
o un acto administrativo fundado en caso similar que es lo que se
logro, primero en Uruguay y luego en Argentina. El Dr. Pedro
Solari había explicado al Senador Zumaran que el artículo 4 del
Convenio aprobado el 30 de diciembre de 1946 entre ambos países,
aprobado en Uruguay el 13 de agosto de 1958 por Ley 12517 y aprobado
en Argentina por ley 13213 el 2 de julio de 1948 dice que "las obras
de instalaciones comunes, constituidas principalmente por acceso,
las complementarias,, líneas de transmisión, indemnizaciones y
expropiaciones a realizar en el territorio de cada país, serán por
cuenta de los respectivos gobiernos". Opina que si los argentinos
pueden pedir a la comisión técnica mixta que los indemnice por sus
tierras a el como uruguayo, no le parecería justo que pague la
comisión. El autor coincide pero se explica que además esta el
acuerdo de privilegios e inmunidades del 6 de marzo del 1979, que
establece que gozan de inmunidades de jurisdicción, salvo para casos
especiales donde la comisión técnica mixta renuncie. Por ello la
comisión técnica mixta no puede ser demandada, situación que hace
sentir desvalidos a quienes la comisión técnica mixta daña o
perjudica. Por otro lado ampliando lo anterior cuando se
reglamentó y aprobó en Uruguay por decreto 1035/73 y en Argentina
por decreto 789/73 el convenio del 46, se establece el régimen de
expropiaciones que dice "cada gobierno dictara las normas que
declaren de utilidad publica y sujetos a expropiación los inmuebles
necesarios para el embalse". También se dictaron normas autorizando
a los funcionarios a realizar los juicios de expropiación en caso de
que fuera necesario. Se aclaró también que en la Argentina hubo
pleitos de tipo Laboral y contractuales, por lo cual se interpuso
Inmunidad de jurisdicción; llegando los casos a la Corte Suprema,
que evitó que se accionara judicialmente contra la comisión técnica
mixta. Se cuestionó la inconstitucionalidad porque negaba al
ciudadano la posibilidad de ir a los tribunales. Se creó así el
Tribunal Arbitral de la comisión técnica mixta amparado en el
derecho internacional. La Corte de igual forma se reservó el derecho
de estudiar los casos particulares. El tribunal arbitral actúa
solo recursos de nulidad, de modo que la decisión es compulsiva
frente a la comisión técnica mixta. Alos efectos de ejecutar
sentencia se debe recurrir a la Justicia ordinaria de cada país. Se
deberá pedir el exequátur (acreditación de gobierno de la calidad de
cónsul de una persona de un país extranjero para que pueda cumplir
sus funciones). Era pues necesario evitarle esta situación a los
agricultores ribereños con leyes del Congreso o con los actos
administrativos. En ese sentido, ya había ejemplos en Uruguay. Conti
planteó una demanda contra el Estado Uruguayo. El Fiscal se excusó
diciendo que la comisión técnica mixta tenía que resolver. Conti
demandó entonces contra la comisión técnica mixta que presentó la
inmunidad de jurisdicción. Por lo tanto nadie les dio justicia salvo
el Congreso.
| |
Total |
Margen Argentina |
Margen Uruguaya |
| Territorio |
56. 000 hectáreas |
28. 000 hectáreas |
28. 000 hectáreas |
| Población |
19. 600 personas |
12. 000 personas |
7. 600 personas |
| Viviendas |
1. 780 |
1080 |
700 |
| Predios
rurales |
630 |
818 |
192 |
Los números eran
los siguientes:
Se adquirieron
70 predios en la provincia de Corrientes (unas 6.000 hectáreas) y
600 en Entre Ríos (unas 20.000 hectáreas); 126 fracciones para el
ferrocarril Urquiza (unas 600 hectáreas). Quedaron 13 propiedades
para adquirirse para el canal, que abarca unas 950 hectáreas y la
propiedad "El alambrado" de 2.460 hectáreas, donde se asienta el
obrador y la presa del lado argentino. Sumando 2.000 viviendas en
Federación se ve la importancia de la obra. Los 45 millones de
dólares que costaron estos terrenos son el 6 % del costo de la obra
de la represa. A fines de 2001 la Asociación ribereños río
Uruguay convocó en Santa Ana a funcionarios de la comisión técnica
mixta Salto Grande, a legisladores nacionales y les entregándoles un
petitorio con un modelo de ley de cota 36, con servidumbre aguas,
semejante a la del Uruguay. La servidumbre funciona como un
alquiler, pagado por adelantado, por el uso probable de un número de
hectáreas, que dependen de los niveles del agua.
Esto se puede
resumir de la siguiente manera: se compra compulsivamente el área
que el agua va a ocupar en forma permanente. También se alquila
compulsivamente lo que se podrá inundar unos cuantos días y lo que
lo se va a inundar menos días. El cálculo de alquiler se hizo con
los estudios de las crecientes de los últimos años.
Hay que aclarar
que si se inundó más de lo que se predijo (en área o en días) se
podrá hacer reclamos, en tanto el contrato así lo diga. Sin embargo
muchos contratos no contienen esa cláusula.
Se puede resumir
el proyecto de la siguientes manera: se ampliará el embalse 7.830
hectáreas, se aumentará la energía en un 4 % (321 gigawats por año).
Esto significa un aumento del 27 % de reserva energética, un aumento
de regalías y excedentes a las provincias de Entre Ríos, Misiones y
Corrientes del 4 %. Esta ultima ya perdió mas 100 millones de
dólares estadounidenses por no usar estos excedentes desde 1998. Las
hectáreas nuevas afectadas en Argentina serán de aproximadamente
3700, un 14 % del total expropiado en origen.
En esa reunión
se entregó un modelo de ley cota 36, que incluye la servidumbre
administrativa de aguas viéndose que de esta manera los ribereños
aceptan la cota 36. Se oponen (o se oponían) algunos municipios,
como Concordia con Jorge Busti intendente y Federación, con Carlos
Cecco intendente. Otros no tomaron partido o tal vez, hoy, han
cambiado de parecer. Hay todavía casos como el de Emilio Argento y
otros productores de Monte Caseros que no han sido convocados a
elevar sus reclamos. La comisión técnica mixta sigue negando la
posibilidad de resarcir daños a pesar de tener documentación
probatoria como los "certificados de emergencia agropecuaria"
emitidos por el Estado Nacional, fundados en normas legales (leyes y
decretos) y que sirven en Instituciones como los Bancos Nacionales
para solicitar prórroga en los pagos de préstamos o la DGI o DGR
para ser exceptuados de pagar algún impuesto. A pesar de esto la
comisión técnica mixta se niega a tomarlos con valor documental. Sin
embargo se han dado caso de pago de daños tras un reclamo verbal.
 |
 |
Trascribimos una
parte de un reportaje a José Luis Batlle, representante de
Uruguay en la comisión técnica mixta, que es o fue, al menos
temporalmente, el pensamiento de Uruguay con respecto a la
comisión técnica mixta Salto Grande. Este reportaje fue
realizado en un contexto de crisis energética
importante. | |
INFORMACION PERTENECIENTE
AL ARTICULO DEL DR LUIS MUJICA SOBRE "SALTO GRANDE" EN
SECCION SITUACION AMBIENTAL ARGENTINA CORRESPONDIENTE A www.dsostenible.com.ar
LA
OPINION DE DSOSTENIBLE NO NECESARIAMENTE
COINCIDE CON LA OPINION DE LOS COUMNISTAS. A RAIZ DE CUALQUIER
NOTA PUBLICADA EN ESTA PAGINA SE CONCEDERA DERECHO A REPLICA A QUIEN
LO SOLICITE CON LA FINALIDAD DE MOSTRAR OTRO ENFOQUE SOBRE EL MISMO
TEMA, ENRIQUECIENDO DE ESTA MANERA, LOS DEBATES QUE SE
GENEREN.
|