| Los
políticas implementadas por las empresas de servicios públicos
evidencian un desconocimiento del impacto que sus accionestienen en
el medio ambiente. Parecería que muchas de ellas privilegian
el rendimiento económico a cualquier precio, incluso la integridad
física de los habitantes de la Ciudad
Los verdaderos
costos ambientales, ¿son considerados cuando se confeccionan
pliegos y se evalúan políticas públicas a implementar
respecto de los servicios privatizados? En realidad, en la mayor
parte de los casos no. Lo que debería ser la regla, cuando
existe, constituye la excepción. Las políticas implementadas
no evidencian un verdadero reconocimiento del valor científico
de variables fundamentales que, ignoradas, llegan incluso a poner
en riesgo la integridad física de los habitantes, porque
su salud es función del ambiente en el cual viven o se trasladan
haciendo uso permanente de los servicios públicos esenciales.
Si se analizan minuciosamente esas políticas, surge que predomina
un criterio de falta de identificación de costos ambientales.
O si son identificados, en el mejor de los casos, no son cuantificados
Esta unidimensionalidad en la valoración impide percibir
costos ambientales reales, que no fueron identificados desde un
principio, o en los que su consideración fue minimizada frente
a otras variables ¨más tangibles¨.
TARIFAS ¨INESPERADAS¨
Las medidas
de mitigación presentes en la regulación actual atienden
parcialmente a algunos impactos ambientales negativos reversibles.
Los irreversibles, por definición, no tienen posibilidades
de mitigación. Estos costos ambientales hoy están
muy bien identificados y si bien en una pequeña parte son
internalizados por el empresario, en su inmensa mayoría todavía
permanecen sumergidos en la sociedad. En la práctica, es
la comunidad la que debe asumir los costos de los perjuicios generados
por prestaciones inadecuadas de los servicios. También es
la que se ve obligada a sufrir a expensas del propio bolsillo de
los usuarios el traslado de costos ¨inesperados¨ a través
de las tarifas. Incluso otras veces, además, es la sociedad
en su conjunto la que ha llegado a hacer en forma involuntaria las
erogaciones necesarias para ejercer los controles que debía
realizar el Estado Nacional (por ejemplo, a través del trabajo
de la sociedad civil organizada en entidades no gubernamentales,
universidades y otros ámbitos académicos o comisiones
ambientales de consejos profesionales).
Así, en el presente y ante una situación de crisis
generalizada, convergen -entre otros factores- la involución
de algunas actividades productivas respecto de lo esperado en términos
de valores agregados y de generación de empleos, con la creciente
visualización de los perjuicios e impactos negativos ocasionados
por las mismas. A esto, afortunadamente para los ciudadanos, debemos
agregar un aumento en la conciencia ambiental de la población,
la revalorización del medio como en común y como recurso
esencial en una estrategia de desarrollo local sustentable. Como
contrapartida, el conflicto de las competencias en la toma de decisiones
que se produce entre los niveles de Ciudad Autónoma y de
Nación complica los procesos de fiscalización y control
de varios de los servicios públicos privatizados.
Intentaré explicar las falencias de este complejo sistema
de interacciones, según mi percepción, de la siguiente
manera: un proyecto de inversión implica la utilización
de insumos, una ¨succión¨ de recursos productivos
de la economía cuyo valor debe representar todos los costos.
Su implementación genera resultados con una valoración
que representa los beneficios del proyecto. La cuestión clave
en la evaluación radica en determinar si la corriente de
beneficios a generar es mayor que la corriente de costos que provoca.
Pero de este conjunto de costos y beneficios generados por un proyecto,
la evaluación privada sólo suele considerar los directos
y primarios, es decir aquellos que efectivamente deben ser pagados
o cobrados por el empresario. Por el contrario, la evaluación
económica-social-ecológica considera todos los costos
y beneficios, directos e indirectos, primarios y secundarios, que
puede identificar, cuantificar y valorar.
Perjuicios para el vecino
Ejemplos de
costos indirectos para el caso de la evaluación del control
de calidad de los servicios públicos son, entre otros, los
daños ambientales (por ejemplo la contaminación sonora
en subtes y autopistas y la sobreproducción de material particulado
proveniente de algunos combustibles), el deterioro de las casas
y edificios por fisuras (como en el caso del transporte de carga
a través de arterias inadecuadas) y la rotura de calles también
debido al pasado de transito pesado, con el consecuente daño
de redes subterráneas e infraestructura. Todo esto repercute
en perjuicio. ¿de quién? Obviamente, y una vez más,
del ciudadano común que paga sus impuestos y/o del usuario
de los servicios públicos.
Yo diría que los pasos consecutivos indispensables, que se
retroalimenten aceitando los mecanismos para mejorar la calidad
de nuestros servicios y elaborar una estrategia común con
la población serían cuatro. En primer lugar, identificar
los conflictos implicados en la problemática ambiental generada
por los servicios públicos. Luego, caracterizar las políticas
públicas respecto del problema estudiado, a partir del análisis
de los criterios explícitos o implícitos de evaluación,
tomando como referencia aspectos transdiciplinarios económicos,
sociales, naturales, etcétera. En tercer lugar, capacitar
al ciudadano para que cuente con elementos concretos para hacer
valer sus derechos. Y, por último, evaluar los grupos de
bajo, mediano o máximo conflicto en torno de los diferentes
ejes transversales o hilos conductores del conocimiento, en las
actividades que promuevan la extracción y uso de recursos
naturales en forma no sustentable, las contaminantes, aquellas de
consideración ¨simplista¨ o parcial o donde falte
consideración de alguna(s) variable(s).
Si bien la existencia misma de los conflictos expresa que socialmente
muchos de estos costos son identificados, el análisis de
la mayoría de las políticas públicas por acción
u omisión permite establecer si son considerados (en general,
no) y en qué medida son reconocidos como costos directos
de la concesión, o son transferidos como costos indirectos
internalizados en el conjunto de la sociedad. Para dejar planteado
el interrogante, podría reelaborar la pregunta del inicio:
¿pueden categorizarse como ¨públicas¨ las
políticas que internalizan los criterios de evaluación
privada y subordinan todo otro objetivo al de garantizar sólo
la rentabilidad de algunas empresas de servicios?
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