Agenda 21

LEYES AMBIENTALES ARGENTINAS 
INDICE DE ACUERDOS INTERNACIONALES
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SECCION IV: Medios para la puesta en práctica

Capítulo 33. Recursos y Mecanismos de Financiamiento

INTRODUCCION 

33.1. La Asamblea General, en su resolución 44/228, de 22 de diciembre de 1989, entre otras cosas, decidió que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo debía: 

(a) Determinar medios de proporcionar recursos financieros nuevos y adicionales, en particular a los países en desarrollo, para programas y proyectos ambientalmente racionales, de conformidad con los objetivos, las prioridades y los planes de desarrollo nacionales, y considerar formas de establecer una vigilancia eficaz del suministro de esos recursos financieros nuevos y adicionales, en particular a los países en desarrollo, a fin de que la comunidad internacional pueda adoptar nuevas medidas apropiadas sobre la base de datos exactos y fidedignos.

(b) Determinar medios de proporcionar recursos financieros adicionales destinados a adoptar medidas orientadas a resolver problemas ambientales importantes de interés mundial y en especial apoyar a los países, sobre todo a los países en desarrollo, para los que la aplicación de tales medidas representaría una carga especial o extraordinaria, particularmente por su falta de recursos financieros, experiencia o conocimientos técnicos.

(c) Examinar diversos mecanismos de financiación, incluidos los voluntarios, y considerar la posibilidad de establecer un fondo especial internacional y otros criterios innovadores con miras a conseguir, sobre una base favorable, la transmisión más eficaz y rápida posible a los países en desarrollo de tecnologías ambientalmente racionales.

(d) Determinar cuantitativamente las necesidades financieras para aplicar con éxito las decisiones y recomendaciones de la Conferencia y determinar posibles fuentes de recursos adicionales, incluidas las no convencionales.

33.2. El presente capítulo trata de la financiación que la ejecución de la Agenda 21, que representa un consenso mundial que integra las consideraciones ambientales en un proceso de desarrollo acelerado. Para cada uno de los demás capítulos, la Secretaría de la Conferencia ha suministrado estimaciones indicativas del costo total de la ejecución para los países en desarrollo y de las necesidades de fondos que sean otorgados a título de donación o en condiciones de favor por la comunidad internacional. Las estimaciones ponen de manifiesto la necesidad de un esfuerzo sustancialmente incrementado de los distintos países y de la comunidad internacional. 

Bases para la acción 

33.3. El crecimiento económico, el desarrollo social y la erradicación de la pobreza son las prioridades principales y absolutas de los países en desarrollo que son a su vez esenciales para lograr los objetivos nacionales y mundiales de sostenibilidad. Habida cuenta de los beneficios mundiales que se derivaran de la ejecución de la Agenda 21 considerado en su totalidad, el suministro a los países en desarrollo de medios eficaces, entre otras cosas, recursos financieros y tecnología, sin los cuales les será difícil cumplir plenamente sus compromisos, beneficiara a los intereses comunes de los países desarrollados y los países en desarrollo y de la humanidad en general y a las generaciones futuras. 

33.4. El costo de la inacción podría superar el costo financiero de la ejecución de la Agenda 21. La inacción limitara las opciones de las generaciones futuras. 

33.5. Para hacer frente a las cuestiones ambientales harán falta esfuerzos especiales. Las cuestiones ambientales mundiales y locales están interrelacionadas. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre la Diversidad Biológica hacen referencia a dos de las cuestiones mundiales más importantes. 

33.6. El establecimiento de condiciones económicas, tanto nacionales como internacionales, que estimulen el libre intercambio y el acceso a los mercados contribuirá a que el crecimiento económico y la protección del medio ambiente se apoyen mutuamente en beneficio de todos los países, particularmente los países en desarrollo y los países que experimentan el proceso de transición a una economía de mercado (en el capítulo 2 figura un examen más completo de estas cuestiones). 

33.7. También debería fortalecerse la cooperación internacional para el desarrollo sostenible a fin de apoyar y complementar los esfuerzos de los países en desarrollo, particularmente los países menos adelantados. 

33.8. Todos los países deberían considerar el modo de transformar la Agenda 21 en políticas y programas nacionales mediante un proceso que integra las consideraciones ambientales y de desarrollo. Deberían establecerse prioridades nacionales y locales por medios que incluyan la participación de la población y de la comunidad, promoviendo al mismo tiempo la igualdad de oportunidades para los hombres y las mujeres. 

33.9. Para que haya una asociación evolutiva entre todos los países del mundo, particularmente una asociación entre los países desarrollados y los países en desarrollo, se requieren estrategias de desarrollo sostenible y niveles de financiación incrementados y previsibles en apoyo de los objetivos a más largo plazo. Para ese fin, los países en desarrollo deberían dar expresión a sus propias acciones prioritarias y necesidades de apoyo y los países desarrollados deberían comprometerse a atender a esas prioridades. A este respecto, los grupos de consulta y reuniones de mesa redonda y otros mecanismos de base nacional pueden desempeñar un papel facilitador. 

33.10. La ejecución de los enormes programas de desarrollo sostenible de la Agenda 21 requerirá el suministro a los países en desarrollo de sustanciales recursos financieros nuevos y adicionales. Se deberían suministrar fondos a título de donación o en condiciones de favor con arreglo a criterios e indicadores racionales y equitativos. La ejecución gradual de la Agenda 21 debería ir acompañada del suministro de esos recursos financieros necesarios. La etapa inicial se acelerara con sustanciales compromisos tempranos de concesión de fondos en condiciones de favor. 

Objetivos 

33.11. Los objetivos son: 

(a) Adoptar medidas relativas a los recursos financieros y los mecanismos de financiación para la ejecución de la Agenda 21.

(b) Proporcionar recursos financieros nuevos y adicionales que al mismo tiempo sean suficientes y previsibles.

(c) Tratar de lograr la utilización plena y el mejoramiento cualitativo constante de los mecanismos de financiación que se han de utilizar para la ejecución de la Agenda 21.

Actividades 

33.12. Fundamentalmente, las actividades de este capítulo están relacionada con la ejecución de todos los demás capítulos de la Agenda 21. 

Medios de ejecución

33.13. En general, la financiación de la ejecución de la Agenda 21 procederá de los sectores públicos y privados de cada país. Para los países en desarrollo, particularmente los países menos adelantados, la asistencia oficial para el desarrollo es una fuente importante de financiación externa, y se requerirán sustanciales fondos nuevos y adicionales para el desarrollo sostenible y la ejecución de la Agenda 21. Los países desarrollados reafirman sus compromisos de alcanzar la meta aceptada de las Naciones Unidas del 0,7% del PNB para la asistencia oficial para el desarrollo, y, en la medida en que aun no hayan alcanzado esa meta, están de acuerdo en aumentar sus programas de asistencia a fin de alcanzar esa meta lo antes posible y velar por la ejecución rápida y eficaz de la Agenda 21. Algunos países han convenido en alcanzar la meta para el año 2000. Se decidió que la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible examinaría y vigilaría regularmente los progresos realizados para alcanzar esta meta. Este proceso de examen debería combinar de modo sistemático la vigilancia de la ejecución de la Agenda 21 con un examen de los recursos financieros disponibles. Se debe encomiar a los países que han alcanzado ya la meta y se les debe alentar a continuar contribuyendo al esfuerzo común para facilitar los sustanciales recursos adicionales que han de movilizarse. Otros países desarrollados, en armonía con su apoyo a los esfuerzos reformadores de los países en desarrollo, convienen en hacer todos los esfuerzos posibles por aumentar su nivel de asistencia oficial para el desarrollo. En este contexto, se reconoce la importancia de la distribución equitativa de la carga entre los países desarrollados. Otros países, entre ellos los que experimentan el proceso de transición a una economía de mercado, podran aumentar voluntariamente las contribuciones de los países desarrollados. 

33.14. Los fondos para la Agenda 21 y otros productos de la Conferencia deberían suministrarse en una forma que aumentara al máximo la disponibilidad de recursos nuevos y adicionales y que utilizara todos los mecanismos y fuentes de financiación disponibles. Estos incluyen, entre otros, los siguientes: 

(a) Los bancos y fondos multilateral de desarrollo:

i) La Asociación Internacional de Fomento (AIF). Entre las distintas cuestiones y opciones que los suplentes de la AIF examinaran en la próxima decima reposición de los recursos de la AIF, debería prestarse una atención especial a la declaración hecha por el Presidente del Banco Mundial en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, a fin de ayudar a los países más pobres a alcanzar sus objetivos de desarrollo sostenible contenidos en la Agenda 21. 

(ii) Bancos regionales y subregionales de desarrollo. Los bancos y fondos regionales y subregionales de desarrollo deberían desempeñar un papel más amplio y más eficaz en el suministro de recursos en condiciones de favor u otras condiciones favorables necesarias para ejecutar la Agenda 21.

(iii) El Fondo para el Medio Ambiente Mundial, administrado conjuntamente por el Banco Mundial, el PNUD y el PNUMA, cuyos fondos adicionales a título de donación y en condiciones de favor están destinados a lograr beneficios para el medio ambiente mundial, debería cubrir los costos adicionales acordados de las actividades pertinentes en el marco de la Agenda 21, particularmente para los países en desarrollo. Por consiguiente, el Fondo debería reestructurarse para, entre otras cosas.

(b) Fomentar una participación universal: 

(i) Tener la flexibilidad suficiente para hacer extensivo su alcance y cobertura a las áreas de programas pertinentes de la Agenda 21, con beneficios para el medio ambiente mundial, en la forma convenida. 

(ii) Asegurar una administración transparente y democrática incluso en la adopción de decisiones y en su funcionamiento, garantizando una representación equilibrada y equitativa de los intereses de los países en desarrollo, así como dando el debido peso a los esfuerzos de financiación de los países donantes. 

(iii) Asegurar recursos financieros nuevos y adicionales a título de donación y en condiciones de favor, en particular para los países en desarrollo. 

(iv) Velar por que la corriente de fondos consistentes en contribuciones de países desarrollados sea previsible, teniendo presente la importancia de una distribución equitativa de la carga. 

(v) Velar por el acceso a los fondos y su desembolso según criterios mutuamente convenidos sin introducir nuevas formas de condicionalidad.

(c) Los organismos especializados, demás órganos de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales que tengan papeles asignados para apoyar a los gobiernos en la ejecución de la Agenda 21.

(d) Instituciones multilateral de aumento de la capacidad y de cooperación técnica. Deberían proporcionarse los recursos financieros necesarios al PNUD para que use su red de oficinas exteriores y su amplio mandato y experiencia en la esfera de la cooperación técnica con el fin de facilitar el aumento de la capacidad en el plano nacional, aprovechando plenamente los conocimientos de los organismos especializados y demás órganos de las Naciones Unidas en sus respectivas esferas de competencia particularmente el PNUMA, así como de los bancos multilateral y regionales de desarrollo. 

(e) Programas de asistencia bilateral. Estos programas deberán fortalecerse para promover el desarrollo sostenible. 

(f) Alivio de la carga de la deuda. Es importante lograr soluciones duraderas a los problemas de la deuda de los países en desarrollo de bajos y medianos ingresos para brindarles los medios necesarios para un desarrollo sostenible. Deberían mantenerse en examen las medidas que atendieran a los persistentes problemas de deuda de los países de bajos y medianos ingresos. Todos los acreedores del Club de Paris deberían aplicar rápidamente el acuerdo de diciembre de 1991 para aliviar la carga de la deuda de los países fuertemente endeudados más pobres que están realizando un ajuste estructural; deberían mantenerse en examen las medidas de alivio de la carga de la deuda a fin de atender a las dificultades persistentes de esos países.

(g) Fondos privados. Podrían aumentarse las contribuciones voluntarias por conductos no gubernamentales, que han ascendido recientemente a alrededor de un 10% de la asistencia oficial para el desarrollo.

33.15. Inversiones. Debería fomentarse la movilización de mayores niveles de inversión extranjera directa y de transferencias de tecnologías mediante políticas nacionales que promovieran la inversión y mediante empresas conjuntas y otros mecanismos. 

33.16. Nuevos mecanismos de financiación. Deberían considerarse nuevas maneras de generar nuevos recursos financieros públicos y privados, a saber, en particular: 

(a) Diversas maneras de aliviar la carga de la deuda, aparte de la deuda oficial o del Club de Paris, incluido un mayor uso de canjes de deuda. 

(b) El uso de incentivos y mecanismos económicos y fiscales. 

(c) La viabilidad de permisos negociables. 

(d) Nuevos mecanismos para recaudar fondos y contribuciones voluntarias por vías privadas, entre ellas las organizaciones no gubernamentales. 

(e) La reasignación de recursos dedicados actualmente a fines militares.

33.17. A fin de lograr la sostenibilidad es importante, particularmente para los países en desarrollo, disponer de un clima económico internacional y nacional favorable que conduzca a un crecimiento y desarrollo económico sostenido. 

33.18. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo medio por año (1993-2000) de ejecución en los países en desarrollo de las actividades de la Agenda 21 ascenderá a más de 600 mil millones de dólares, incluidos alrededor de 125 mil millones que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar. 

33.19. Los países desarrollados y otros países que puedan hacerlo deberían contraer compromisos financieros iniciales para poner en práctica las decisiones de la Conferencia. Deberían informar sobre dichos planes y compromisos a la Asamblea General de las Naciones Unidas en su cuadragésimo séptimo período de sesiones, en 1992. 

33.20. Los países en desarrollo deberían comenzar también a elaborar planes nacionales de desarrollo sostenible para poner en práctica las decisiones de la Conferencia. 

33.21. Es fundamental examinar y vigilar la financiación de la Agenda 21. En el capítulo 38 (Arreglos institucionales internacionales) se consideran las cuestiones vinculadas con la ejecución eficaz de las actividades a que de lugar la Conferencia. Será importante verificar periódicamente si los fondos y los mecanismos son adecuados, así como los esfuerzos por alcanzar los objetivos acordados del presente capítulo, incluidas las metas cuando corresponda.

Capítulo 34. Transferencia de Tecnología

INTRODUCCION 

34.1. Las tecnologías ecológicamente racionales protegen al medio ambiente, son menos contaminantes, utilizan todos los recursos en forma más sostenible, reciclan una mayor porción de sus desechos y productos y tratan los desechos residuales en forma más aceptable que las tecnologías que han venido a sustituir. 

34.2. En el contexto de la contaminación, las tecnologías ecológicamente racionales son "tecnologías de procesos y productos" que no generan desechos o generan pocos, a fin de prevenir la contaminación. También comprenden tecnologías de "etapa final" para el tratamiento de la contaminación, luego de que esta se ha producido. 

34.3. Las tecnologías ecológicamente racionales no son meramente tecnologías aisladas, sino sistemas totales que incluyen conocimientos técnicos, procedimientos, bienes y servicios y equipo, al igual que procedimientos de organización y gestión. Esto implica que, al analizar la transferencia de tecnologías, también habría que ocuparse de los aspectos de las opciones tecnológicas relativos al desarrollo de los recursos humanos y el aumento de la capacidad local, así como de los aspectos que guardan relación con los intereses propios del hombre y la mujer. Las tecnologías ecológicamente racionales deberían ser compatibles con las prioridades socioeconómicas, culturales y ambientales que se determinasen en el plano nacional. 

34.4. Existe una necesidad de acceso a tecnologías ecológicamente racionales y de su transferencia en condiciones favorables, en particular a los países en desarrollo, mediante medidas de apoyo que fomenten la cooperación tecnológica y que permitan la transferencia de los conocimientos tecnológicos especializados necesarios, así como el fomento de la capacidad económica, técnica y administrativa para el empleo eficiente y el desarrollo ulterior de la tecnología que se transfiera. La cooperación tecnológica supone esfuerzos en común de las empresas y los gobiernos, tanto los proveedores de la tecnología como sus receptores. Por consiguiente, dicha cooperación entraña un proceso repetitivo en que deben participar el gobierno, el sector privado y las instituciones de investigación y desarrollo para obtener los mejores resultados posibles de la transferencia de tecnología. Para que se mantenga con éxito una asociación a largo plazo en cooperación tecnológica se necesitara forzosamente una capacitación sistemática continuada y el aumento de la capacidad a todos los niveles durante un lapso prolongado de tiempo. 

34.5. Las actividades que se proponen en el presente capítulo están destinadas a mejorar las condiciones y los procesos relativos a la información, el acceso a las tecnologías y su transferencia (incluidos la tecnología más moderna y los conocimientos especializados conexos), en particular para los países en desarrollo, así como en lo que se refiere al aumento de la capacidad y los mecanismos de cooperación y asociaciones cooperativas en la esfera de la tecnología, a fin de fomentar el desarrollo sostenible. Serán imprescindibles tecnologías nuevas y eficaces para aumentar la capacidad, especialmente de los países en desarrollo, de alcanzar el desarrollo sostenible, sustentar la economía mundial, proteger el medio ambiente y mitigar la pobreza y el sufrimiento humano. Implícita en estas actividades esta la necesidad de abordar el perfeccionamiento de la tecnología que se utiliza actualmente y su reemplazo, cuando proceda, por una tecnología más accesible y ecológicamente más racional. 

Bases para la acción 

34.6. El presente capítulo de la Agenda 21 es sin perjuicio de los compromisos y arreglos concretos sobre transferencia de tecnología que se adopten en los distintos instrumentos internacionales. 

34.7. La asequibilidad de la información científica y tecnológica y el acceso a la tecnología ecológicamente racional y su transferencia son requisitos indispensables para el desarrollo sostenible. El suministro de información apropiada sobre los aspectos ecológicos de las tecnologías actuales consta de dos componentes relacionados entre si: el perfeccionamiento de la información sobre las tecnologías actuales y sobre las más modernas, así como de la información sobre los riesgos que entrañan para el medio ambiente, y el aumento del acceso a las tecnologías ecológicamente racionales. 

34.8. El objetivo primordial de un mejor acceso a la información tecnológica es permitir que se hagan elecciones con conocimiento de causa que faciliten el acceso a dichas tecnologías y su transferencia, así como el fortalecimiento de la capacidad tecnológica endógena de los países. 

34.9. Una gran proporción de los conocimientos tecnológicos útiles es de dominio público. Es necesario el acceso de los países en desarrollo a las tecnologías que no ésten protegidas por patentes o sean de dominio público. Los países en desarrollo también deberían tener acceso a los conocimientos técnicos y especializados necesarios para utilizar dichas tecnologías en forma efectiva. 

34.10. Es preciso examinar la función de los derechos de patente y propiedad intelectual y sus efectos en el acceso a tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia, en particular para los países en desarrollo, y seguir estudiando el concepto del acceso seguro de los países en desarrollo a tecnologías ecológicamente racionales en su relación con los derechos protegidos por patentes con miras a atender eficazmente a las necesidades de los países en desarrollo en esta esfera. 

34.11. La tecnología patentada se puede conseguir comercialmente y las actividades empresariales internacionales constituyen un vehículo importante para la transferencia de tecnología. Debería tratarse de aprovechar este fondo común de conocimientos y combinarlo con las innovaciones locales con objeto de conseguir tecnologías sustituyeras. Al mismo tiempo que se siguen estudiando los conceptos y las modalidades que aseguren el acceso a las tecnologías ecológicamente racionales, así como a las tecnologías más modernas, en particular a los países en desarrollo, debería fomentarse, facilitarse y financiarse, según procediera, un mayor acceso a las tecnologías ecológicamente racionales, otorgándose al mismo tiempo incentivos justos a los innovadores que promoviesen la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías ecológicamente racionales. 

34.12. Los países receptores requieren tecnología y un mayor apoyo para ayudarlos a desarrollar aun más su capacidad científica, tecnológica, profesional y afin, teniendo en cuenta las tecnologías y la capacidad existentes. Ese apoyo permitiría a los países, especialmente los países en desarrollo, hacer elecciones tecnológicas más racionales. En tal caso esos países podrían evaluar en mejor forma las tecnologías ecológicamente racionales antes de su transferencia y aplicarlas y manejarlas en debida forma, así como perfeccionar las tecnologías ya existentes y adaptarlas a sus necesidades y prioridades de desarrollo particulares. 

34.13. Es indispensable contar con una masa critica de capacidad de investigación y desarrollo para la difusión y utilización efectivas de tecnologías ecológicamente racionales y su creación en el plano nacional. Los programas de educación y formación deberían reflejar las necesidades de actividades de investigación definidas orientadas hacia los objetivos y deberían esforzarse por producir especialistas familiarizados con la tecnología ecológicamente racional y dotados de una perspectiva interdisciplinaria. El logro de esta masa critica supone mejorar la capacidad de artesanos, técnicos y administradores de categoría intermedia, científicos, ingenieros y educadores, y fomentar sus correspondientes sistemas de apoyo social o administrativo. La transferencia de tecnologías ecológicamente racionales también supone adaptarlas e incorporarlas en forma innovadora en la cultura local o nacional. 

Objetivos 

34.14. Se proponen los siguientes objetivos: 

(a) Velar por el acceso, en particular de los países en desarrollo, a la información científica y tecnológica, incluida la información sobre las tecnologías más modernas.

(b) Promover, facilitar y financiar, según proceda, el acceso a las tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia, así como los conocimientos técnicos especializados correspondientes, en particular a los países en desarrollo, en condiciones favorables, inclusive en condiciones de favor y preferenciales según arreglos mutuamente convenidos, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad intelectual, así como las necesidades especiales de los países en desarrollo en lo relativo a la ejecución de la Agenda 21;

(c) Facilitar el mantenimiento y la promoción de tecnologías autóctonas ecológicamente racionales que puedan haber sido pasadas por alto o desplazadas, en especial en los países en desarrollo, prestando especial atención a las necesidades prioritarias de esos países y teniendo en cuenta las funciones complementarias del hombre y la mujer.

(d) Prestar apoyo al fomento de la capacidad endógena, en particular en los países en desarrollo, de modo que estos puedan evaluar, adoptar, gestionar y aplicar tecnologías ecológicamente racionales. Esto podría conseguirse, entre otras cosas, mediante: 

(i) El desarrollo de los recursos humanos.

(ii) El fortalecimiento de la capacidad institucional de investigación y desarrollo y de ejecución de programas.

(iii) La realización de evaluaciones sectoriales integradas de las necesidades tecnológicas, de conformidad con los planes, los objetivos y las prioridades de los países, según se preve en la ejecución de la Agenda 21 en el plano nacional.

(e) Fomentar asociaciones tecnológicas de larga duración entre los propietarios de tecnologías ecológicamente racionales y los posibles usuarios.

Actividades

(a) Establecimiento de redes de información internacionales que vinculen los sistemas nacionales, subrepciones, regionales e internacionales

34.15. Deberían desarrollarse y vincularse los sistemas de información nacionales, subrepciones, regionales e internacionales existentes mediante centros de intercambio de información regionales que abarcaran amplios sectores de la economía, tales como la agricultura, la industria y la energía. La red podría incluir, entre otras, oficinas de patentes nacionales, subrepciones y regionales que cuenten con lo necesario para redactar informes sobre la tecnología más moderna. Las redes de centros de intercambio de información divulgarían información sobre las tecnologías existentes, sus fuentes, los riesgos que entrañan para el medio ambiente y las condiciones generales de su adquisición. Funcionarían sobre la base de la demanda de información y se centrarían en las necesidades de información de los usuarios finales. Tendrían en cuenta las funciones positivas que podrían desempeñar las organizaciones internacionales, regionales y subrepciones, los círculos empresariales, las asociaciones comerciales, las organizaciones no gubernamentales, los gobiernos y las redes nacionales recién creadas o fortalecidas y los aportes que aquellas entidades podrían hacer. 

34.16. Los centros de intercambio de información internacionales y regionales, de ser necesario, tomarían la iniciativa de ayudar a los usuarios a determinar sus necesidades y difundir información que satisficiera esas necesidades, utilizando los sistemas de transmisión de noticias, información pública y comunicaciones existentes. En la información que se divulgara se pondrían de relieve y se expondrían en detalle casos concretos en que se hubieran desarrollado y aplicado con éxito tecnologías ecológicamente racionales. Para ser eficaces, los centros de intercambio de información no solo deberían facilitar información, sino también remitir a otros servicios, con inclusión de fuentes donde conseguir asesoramiento, capacitación, tecnologías y evaluación de tecnologías. De ese modo, los centros de intercambio de información facilitarían el establecimiento de empresas mixtas y asociaciones de diversos tipos. 

34.17. Los órganos competentes de las Naciones Unidas deberían levantar un inventario de los centros o sistemas de intercambio de información internacionales o regionales existentes. La estructura existente debería fortalecerse y perfeccionarse en los casos en que fuera necesario. Se deberían elaborar nuevos sistemas de información, de ser necesario, a fin de llenar las lagunas que se descubriesen en esa red internacional. 

(b) Apoyo y fomento del acceso a la transferencia de tecnología

34.18. Los gobiernos y las organizaciones internacionales deberían fomentar, y alentar al sector privado a hacer lo propio, modalidades efectivas para el acceso a tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia, en particular a los países en desarrollo, mediante, entre otras, las siguientes actividades: 

(a) Formulación de políticas y programas para la transferencia eficaz de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad pública o de dominio público.

(b) Creación de condiciones favorables para alentar al sector privado y al sector público a que innoven, comercialicen y utilicen tecnologías ecológicamente racionales.

(c) Examen por los gobiernos y, cuando proceda, por las organizaciones competentes de las políticas existentes, incluidos subsidios y políticas fiscales, y las reglamentaciones para determinar si fomentan u obstaculizan el acceso a tecnologías ecológicamente racionales, su transferencia y su introducción.

(d) Examinar, en un marco que integre en su totalidad el medio ambiente y el desarrollo, los obstáculos a la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales de propiedad privada y adoptar medidas generales apropiadas para reducir los obstáculos, creando al mismo tiempo incentivos concretos, fiscales o de otra índole, para la transferencia de dichas tecnologías.

(e) En el caso de las tecnologías de propiedad privada, se podrían tomar las siguientes medidas, especialmente en beneficio de los países en desarrollo: 

(i) Creación y perfeccionamiento por los países desarrollados, así como por otros países que pudieran estar en condición de hacerlo, de incentivos apropiados, fiscales o de otra índole, para estimular la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales por las empresas, en particular a los países en desarrollo, como elemento integrante del desarrollo sostenible.

(ii) Facilitación del acceso a las tecnologías ecológicamente racionales protegidas por patentes y su transferencia, en particular a los países en desarrollo;

(iii) Compra de patentes y licencias en condiciones comerciales para su transferencia a los países en desarrollo en condiciones no comerciales como parte de la cooperación para el desarrollo sostenible, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad intelectual.

(iv) En cumplimiento de las convenciones internacionales pertinentes a que se hayan adherido los Estados, y con arreglo a las circunstancias específicas reconocidas por ellas, tomar medidas para impedir el abuso de los derechos de propiedad intelectual, incluidas las normas relativas a su adquisición mediante un régimen vinculante de concepción de licencias, con sujeción al pago de una indemnización equitativa y suficiente.

(v) Suministro de recursos financieros para adquirir tecnologías ecológicamente racionales a fin de que los países en desarrollo en particular puedan aplicar medidas para promover el desarrollo sostenible que, en caso contrario, les impondrían una carga especial o desmesurada.

(f) Elaborar mecanismos para el acceso, en particular, de los países en desarrollo, a tecnologías ecológicamente racionales, y para su transferencia a esos países, teniendo en cuenta al mismo tiempo la evolución del proceso de negociación de un código internacional de conducta para la transferencia de tecnología, como decidió la UNCTAD en su octavo período de sesiones celebrado en Cartagena de Indias (Colombia), en febrero de 1992.

(c) Mejoramiento de la capacidad de desarrollo y gestión de tecnologías ecológicamente racionales

34.19. Se deberían establecer o fortalecer marcos en los planos subregional, regional e internacional para el desarrollo, la transferencia y la aplicación de tecnologías ecológicamente racionales y de los conocimientos técnicos especializados correspondientes, con especial atención a las necesidades de los países en desarrollo, incorporando dichas funciones en órganos ya existentes. Dichos marcos facilitarían iniciativas de los países desarrollados y los países en desarrollo para estimular la investigación, el desarrollo y la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales, en gran parte mediante mancomunación de esfuerzos dentro de los países y entre ellos, así como entre la comunidad científica y tecnológica, la industria y los gobiernos. 

34.20. Se debería fomentar la capacidad nacional de evaluación, desarrollo, gestión y aplicación de nuevas tecnologías. Esto obligará a fortalecer las instituciones existentes, capacitar al personal en todos los niveles y educar a los usuarios finales de la tecnología. 

(d) Establecimiento de una red de colaboración de centros de investigación

34.21. Debería establecerse una red de colaboración de centros de investigación nacionales, subrepciones, regionales e internacionales en la esfera de la tecnología ecológicamente racional para mejorar el acceso a las tecnologías ecológicamente racionales y su desarrollo, gestión y transferencia, incluidas la transferencia y la cooperación entre países en desarrollo y entre países desarrollados y países en desarrollo, principalmente sobre la base de los centros subrepciones o regionales de investigación, desarrollo y demostración ya existentes que están vinculados a las instituciones nacionales, en estrecha cooperación con el sector privado. 

(e) Apoyo a los programas de cooperación y asistencia

34.22. Se debería prestar apoyo a los programas de cooperación y asistencia, incluidos los que ofrecen los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras organizaciones públicas y privadas competentes, en particular a los países en desarrollo, en las esferas de la investigación y el desarrollo y la creación de capacidad tecnológica y de recursos humanos en las esferas de la capacitación, el mantenimiento, la evaluación de las necesidades tecnológicas nacionales, las evaluaciones del impacto ambiental y la planificación del desarrollo sostenible. 

34.23. También se debería prestar apoyo a los programas nacionales, subrepciones, regionales, multilaterales y bilaterales de investigación científica, difusión de información y desarrollo de la tecnología entre los países en desarrollo, incluso mediante la participación de empresas e instituciones de investigación públicas y privadas, así como la financiación de programas de cooperación técnica entre países en desarrollo en esta esfera. Ello debería llevar aparejada la creación de vínculos entre esos elementos para asegurar una máxima eficacia en lo referente al conocimiento, la divulgación y la aplicación de tecnologías para el desarrollo sostenible. 

34.24. La formulación de programas mundiales, subrepciones y regionales debería incluir la determinación y evaluación de las prioridades regionales, subrepciones y nacionales basadas en las necesidades. Los planes y estudios para fundamentar estos programas deberían servir de base para una posible financiación por parte de los bancos multilaterales de desarrollo, las organizaciones bilaterales, las entidades del sector privado y las organizaciones no gubernamentales. 

34.25. Se deberían patrocinar visitas de expertos idóneos de países en desarrollo en la esfera de las tecnologías ecológicamente racionales que actualmente ésten trabajando en instituciones de países desarrollados, y facilitar el regreso voluntario de dichos expertos a sus países. 

(f) Evaluación tecnológica en apoyo a la gestión de tecnologías ecológicamente racionales

34.26. La comunidad internacional, en particular los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones internacionales y otras organizaciones competentes, así como organizaciones privadas, deberían cooperar en el intercambio de experiencias y en el fomento de la capacidad para la evaluación de necesidades tecnológicas, sobre todo en los países en desarrollo, a fin de que estos puedan hacer elecciones basadas en tecnologías ecológicamente racionales. Para tal fin deberían: 

(a) Crear una capacidad de evaluación tecnológica para la gestión de tecnologías ecológicamente racionales, incluida la evaluación de los efectos sobre el medio ambiente y los riesgos que entrañan para este, teniendo debidamente en cuenta las salvaguardias adecuadas en materia de transferencia de tecnologías sujetas a prohibiciones por razones ecológicas o sanitarias.

(b) Fortalecer la red internacional de centros regionales, subrepciones o nacionales de evaluación de la tecnología ecológicamente racional, junto con centros de intercambio de información, con objeto de aprovechar las fuentes de evaluación tecnológica antes mencionadas en beneficio de todas las naciones. Estos centros, en principio, podrían brindar asesoramiento e impartir capacitación en situaciones nacionales definidas y fomentar la creación de capacidad nacional en materia de evaluación de la tecnología ecológicamente racional. Debería estudiarse, según procediera, la posibilidad de encomendar esa actividad a las organizaciones regionales ya existentes antes de crear instituciones totalmente nuevas, y también debería estudiarse, según procediera, la financiación de esta actividad mediante asociaciones entre el sector público y el privado.

(g) Mecanismos y asociaciones de colaboración

34.27. Se deberían promover acuerdos de colaboración a largo plazo entre empresas de países desarrollados y de países en desarrollo con objeto de desarrollar tecnologías ecológicamente racionales. Las empresas transnacionales, como depositarias de conocimientos técnicos poco difundidos necesarios para la protección y el mejoramiento del medio ambiente, tienen una función y un interés especiales en la promoción de la cooperación en materia de transferencia de tecnología, ya que constituyen importantes cauces para dicha transferencia, y para crear una reserva de recursos humanos capacitados y fortalecer la infraestructura necesaria. 

34.28. Se deberían promover empresas mixtas de proveedores y beneficiarios de tecnologías, teniendo en cuenta las prioridades de política y los objetivos de los países en desarrollo. Junto con la inversión extranjera directa, esas empresas mixtas podrían constituir importantes cauces para la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales. Mediante dichas empresas mixtas e inversiones directas, seria posible transferir y mantener prácticas racionales de ordenación del medio ambiente. 

Medios de ejecución

Financiación y evaluación de los costos

34.29. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este capítulo ascenderá a una cifra de 450 a 600 millones de dólares, que la comunidad internacional suministrara a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concecionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

Capítulo 35. Ciencia para el Desarrollo Sostenible

INTRODUCCION

35.1. El presente capítulo se concentra en el papel y la utilización de las ciencias en apoyo de la ordenación prudente del medio ambiente y el desarrollo en pro de la supervivencia diaria y el desarrollo futuro de la humanidad. Las áreas de programas que se proponen en este capítulo son muy amplias a fin de apoyar las necesidades científicas concretas individualizadas en los demás capítulos de la Agenda 21. Una de las funciones de las ciencias debe ser la de suministrar información para permitir una mejor formulación y selección de las políticas relativas al medio ambiente y al desarrollo en el proceso de adopción de decisiones. Para cumplir ese requisito, será indispensable acrecentar el conocimiento de las ciencias, mejorar las evaluaciones científicas a largo plazo, fortalecer la capacidad científica en todos los países y lograr que las ciencias tengan en cuenta las necesidades que vayan surgiendo. 

35.2. Los científicos comprenden mejor ahora las posibles tendencias en esferas como el cambio climático, el aumento de la tasa de consumo de recursos, las tendencias demográficas y la degradación del medio ambiente. Es preciso tener en cuenta los cambios que se producen en esas y otras esferas al elaborar estrategias de desarrollo a largo plazo. Como primera medida para mejorar la base científica de esas estrategias, es preciso comprender mejor la tierra, los océanos, la atmósfera y la acción interconectada de los ciclos de aguas, nutrimentos y biogeoquímicos y de las corrientes de energía que forman parte del sistema Tierra. Esto es indispensable para calcular en forma más exacta la capacidad de sustentación del planeta y sus posibilidades de recuperación frente a las numerosas tensiones a que lo someten las actividades humanas. Las ciencias pueden proporcionar ese conocimiento mediante una investigación más a fondo de los procesos ecológicos y mediante la aplicación de los instrumentos modernos y eficientes de que se dispone actualmente, como los dispositivos de tele-observación, los instrumentos electrónicos de vigilancia y la capacidad de cálculo con computadoras y de elaboración de modelos. Las ciencias desempeñar un importante papel en la tarea de vincular la importancia básica del planeta Tierra como sustentador de la vida con estrategias adecuadas de desarrollo basadas en que el planeta siga funcionando. Las ciencias deben seguir desempeñando un papel cada vez más importante en el aumento de la eficiencia del aprovechamiento de los recursos y en hallar nuevas prácticas, recursos y opciones de desarrollo. Es necesario que las ciencias re-evaluen y promuevan constantemente tendencias menos intensas de utilización de recursos, incluida la utilización de menos energía en la industria, la agricultura y el transporte. así pues, las ciencias están pasando a ser, cada vez en mayor medida, un componente indispensable de la búsqueda de posibles formas de lograr el desarrollo sostenible. 

35.3. Deberían aplicarse los conocimientos científicos para articular y apoyar las metas del desarrollo sostenible mediante la evaluación científica de la situación actual y de las perspectivas futuras del sistema Tierra. Dichas evaluaciones, basadas en innovaciones actuales y futuras de las ciencias, deberían utilizarse en el proceso de adopción de decisiones, así como en los procesos de interacción entre las ciencias y la formulación de políticas. Es necesaria una mayor aportación de las ciencias para aumentar los conocimientos y facilitar la integración de la ciencia y la sociedad. También será preciso aumentar la capacidad científica para lograr esos objetivos, especialmente en los países en desarrollo. Es importantísimo que los científicos de los países en desarrollo participen plenamente en los programas internacionales de investigación científica que se ocupan de los problemas del medio ambiente y el desarrollo a nivel mundial, de manera que todos los países participen en pie de igualdad en las negociaciones sobre cuestiones relativas al medio ambiente y el desarrollo en el mundo. Ante las amenazas de danos ambientales irreversibles, la falta de conocimientos científicos no debe ser excusa para postergar la adopción de medidas que se justifican de por si. El enfoque basado en el principio de la precaución podría suministrar una base científica solida para la formulación de políticas relativas a sistemas complejos que aun no se comprenden plenamente y cuyas consecuencias no se pueden predecir todavía. 

35.4. Las áreas de programas que se ajustan a las conclusiones y recomendaciones de la Conferencia Internacional sobre un Programa de Ciencia para el Medio Ambiente y el Desarrollo en el siglo XXI (ASCEND 21) son las siguientes: 

(a) Refuerzo de la base científica para la ordenación sostenible.

(b) Aumento de los conocimientos científicos.

(c) Mejoramiento de la evaluación científica a largo plazo.

(d) Aumento de la capacidad científica.

AREAS DE PROGRAMAS 

A. REFUERZO DE LA BASE CIENTIFICA PARA LA ORDENACION SOSTENIBLE

Bases para la acción 

35.5. El desarrollo sostenible exige tener perspectivas a plazo más largo, integrar los efectos locales y regionales de los cambios a nivel mundial en el proceso de desarrollo y utilizar los mejores conocimientos científicos y tradicionales disponibles. El proceso de desarrollo se debe evaluar constantemente, a la luz de los resultados de la investigación científica, con el fin de asegurar que la utilización de recursos tenga menores repercusiones en los sistemas ecológicos. Aun así, el futuro es incierto y se producirán sorpresas. 

En consecuencia, las políticas acertadas de ordenación del medio ambiente y el desarrollo deben ser solidas desde el punto de vista científico y contemplar diversas opciones para asegurar la flexibilidad de la respuesta. El enfoque basado en el principio de la precaución es importante. Con frecuencia hay falta de comunicación entre los científicos, los encargados de la formulación de políticas y el público en general, cuyos intereses son expresados por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales. Se requiere una mejor comunicación entre los científicos, los encargados de la adopción de decisiones y el público en general. 

Objetivos 

35.6. El objetivo principal consiste en que cada país determine, con el apoyo de las organizaciones internacionales a las que se solicite, la situación de sus conocimientos científicos y de sus necesidades y prioridades de investigación a fin de lograr, lo antes posible, mejoras considerables en las esferas siguientes: 

(a) Ampliación en gran escala de la base científica y fortalecimiento de la capacidad científica y de investigación de los países en desarrollo, especialmente en esferas pertinentes al medio ambiente y el desarrollo. 

(b) Formulación de políticas sobre el medio ambiente y el desarrollo, sobre la base de las mejores evaluaciones y conocimientos científicos y teniendo en cuenta la necesidad de acrecentar la cooperación internacional y la relativa incertidumbre respecto de los diversos procesos y opciones de que se trata. 

(c) Interacción entre las ciencias y el proceso de adopción de decisiones, utilizando el enfoque basado en el principio de la precaución, cuando proceda, para modificar las pautas actuales de producción y consumo a fin de ganar tiempo para disminuir la incertidumbre respecto de la selección entre las diversas opciones. 

(d) Elaboración de conocimientos, especialmente de conocimientos autóctonos y locales, y su incorporación a la capacidad de diversos ambientes y culturas para lograr niveles sostenidos de desarrollo, teniendo en cuenta la relación que existe entre las condiciones en los planos nacional, regional e internacional. 

(e) Aumento de la cooperación entre científicos mediante la promoción de actividades y programas interdisciplinarios de investigación; 

(f) Participación popular en la fijación de prioridades y en la adopción de decisiones relativas al desarrollo sostenible.

Actividades 

35.7. Los países, con la asistencia de las organizaciones internacionales a las que se solicite, deberían emprender las actividades siguientes: 

(a) Preparar un inventario de datos de ciencias naturales y sociales pertinentes para la promoción del desarrollo sostenible. 

(b) Determinar sus necesidades y prioridades de investigación en el contexto de las actividades internacionales de investigación. 

(c) Fortalecer y crear los mecanismos institucionales pertinentes, al más alto nivel local, nacional, subregional y regional y dentro del sistema de las Naciones Unidas, a fin de elaborar una base científica más solida para mejorar la formulación de políticas relativas al medio ambiente y el desarrollo que sean compatibles con los objetivos del desarrollo sostenible a largo plazo. Se deberían ampliar las investigaciones que se llevan a cabo actualmente en esta esfera a fin de lograr una mayor participación del público para fijar metas sociales a largo plazo en la formulación de modelos hipotéticos de desarrollo sostenible. 

(d) Elaborar, aplicar e instituir los instrumentos necesarios para el desarrollo sostenible con respecto a lo siguiente: 

(i) Indicadores de la calidad de la vida que abarquen, por ejemplo, la salud, la educación, el bienestar social, el estado del medio ambiente y la economía. 

(ii) Criterios económicos respecto del desarrollo ecológicamente racional y estructuras nuevas y perfeccionadas de incentivos para mejorar la ordenación de los recursos. 

(iii)Formulación de políticas ambientales a largo plazo, gestión de riesgos y evaluación de las tecnologías ecológicamente racionales.

(e) Reunir, analizar e integrar los datos sobre los vínculos entre el estado de los ecosistemas y la salud de las comunidades humanas a fin de mejorar el conocimiento de los costos y beneficios de las diferentes políticas y estrategias de desarrollo en relación con la salud y el medio ambiente, especialmente en los países en desarrollo.

(f) Hacer estudios científicos de las formas de lograr, en los planos nacional y regional, el desarrollo sostenible, utilizando metodologías comparables y complementarias. Dichos estudios, coordinados con una labor científica a nivel internacional, deberían hacerse en gran medida con la participación de expertos locales y encomendarse a equipos multidisciplinarios procedentes de redes o centros regionales de investigación, según proceda y teniendo en cuenta la capacidad nacional y la disponibilidad de recursos.

(g) Mejorar la capacidad para determinar el orden de prioridad de las investigaciones científicas en los planos, regional y mundial a fin de atender a las necesidades del desarrollo sostenible. Es este un proceso de investigación que supone emitir juicios científicos sobre los beneficios a corto y a largo plazo y sobre posibles costos y riesgos a largo plazo. Debería ser adaptable y tener en cuenta las necesidades observadas y llevarse a cabo mediante una metodología de evaluación de los riesgos que sea transparente y de uso fácil;

(h) Elaborar métodos para vincular los resultados de las ciencias formales con los conocimientos tradicionales de las diferentes culturas. Los métodos deberían ser sometidos a prueba utilizando estudios experimentales. Se deberían elaborar en el plano local y concentrar en los vínculos que existen entre los conocimientos tradicionales de los grupos indígenas y la correspondiente "ciencia avanzada" actual, con especial hincapié en la divulgación y aplicación de los resultados en pro de la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible.

Medios de ejecución

(a) Financiación y evaluación de los costos 

35.8. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa ascenderá a unos 150 millones de dólares, incluidos alrededor de 30 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar. b) Medios científicos y tecnológicos 

35.9. Los medios científicos y tecnológicos comprenden lo siguiente: 

(a) Prestar apoyo a nuevos programas de investigación científica, incluidos sus aspectos socioeconómicos y humanos, en los planos nacional, subregional, regional y mundial, con el fin de complementar y alentar la sinergia entre prácticas y conocimientos científicos tradicionales y convencionales y de fortalecer la investigación interdisciplinaria relativa a la degradación y rehabilitación del medio ambiente. 

(b) Establecer modelos de demostración de diferentes tipos (por ejemplo, condiciones socioeconómicas y ambientales) para estudiar la metodología y formular directrices. 

(c) Prestar apoyo a la elaboración de métodos de evaluación de los riesgos relativos para ayudar a los encargados de formular políticas a determinar el orden de prioridad de las investigaciones científicas.

B. AUMENTO DE LOS CONOCIMIENTOS CIENTIFICOS

Bases para la acción 

35.10. Para fomentar el desarrollo sostenible se requiere un conocimiento cabal de la capacidad de sustentación de la Tierra y de los procesos que podrían menoscabar o acrecentar su capacidad para sustentar la vida. El medio ambiente mundial esta cambiando con más rapidez que en cualquier otra época en los siglos recientes; como consecuencia de ello, cabe esperar sorpresas, y en el próximo siglo tal vez se produzcan importantes cambios ecológicos. Al mismo tiempo, el consumo humano de energía, agua y otros recursos no renovables esta aumentando, tanto per cápita como en total, y se pueden producir grandes déficit en muchas partes del mundo, aun cuando las condiciones ambientales no experimentaran cambios. Los procesos sociales están sujetos a múltiples variaciones en el tiempo y el espacio, las regiones y las culturas. Estos procesos influyen en la evolución de las condiciones ecológicas y, a su vez, reciben la influencia de estas. Los factores humanos son las fuerzas propulsoras clave entre estos intrincados conjuntos de relaciones y ejercen influencia directa en los cambios a nivel mundial. En consecuencia, es indispensable el estudio de las dimensiones humanas de las causas y consecuencias de los cambios ecológicos y de las formas de desarrollo más sostenibles. 

Objetivos 

35.11. Un objetivo clave es mejorar y aumentar los conocimientos básicos acerca de los vínculos entre los sistemas ecológicos humanos y naturales y mejorar los instrumentos de análisis y pronostico para comprender mejor los efectos en el medio ambiente de las opciones de desarrollo mediante las siguientes actividades: 

(a) Ejecución de programas de investigación a fin de comprender mejor la capacidad de sustentación de la Tierra condicionada por sus sistemas naturales, a saber, los ciclos biogeoquímicos, el sistema integrado por la atmósfera, el océano, la biosfera y la criósfera, la biosfera y la diversidad biológica, el ecosistema agrícola y otros ecosistemas terrestres y acuáticos. 

(b) Elaboración y aplicación de nuevos instrumentos de análisis y pronostico para evaluar en forma más exacta las formas en que los sistemas naturales de la Tierra son influidos, cada vez en mayor medida, por las actividades humanas, tanto deliberadas como involuntarias, y los efectos y las consecuencias de esas acciones y tendencias. 

(c) Integración de las ciencias físicas, económicas y sociales a fin de comprender mejor los efectos del comportamiento económico y social en el medio ambiente y de la degradación ambiental en las economías locales y mundiales.

Actividades 

35.12. Se deberían llevar a cabo las actividades siguientes: 

(a) Organizar una red amplia de vigilancia para describir los ciclos (por ejemplo, los ciclos mundiales, biogeoquímicos e hidrológicos), someter a prueba las hipótesis relativas a su comportamiento, y mejorar las investigaciones sobre la interacción entre los diversos ciclos mundiales y sus consecuencias en los planos nacional, subregional, regional y mundial como guías de la tolerancia y la vulnerabilidad. 

(b) Prestar apoyo a los programas de observación e investigación en los planos nacional, subregional, regional e internacional de la química atmosférica mundial y las fuentes y los sumideros de gases terminativos y lograr que los resultados se presenten en forma inteligible y accesible al público. 

(c) Prestar apoyo a los programas de investigación en los planos nacional, subregional, regional e internacional sobre los sistemas marinos y terrestres, fortalecer las bases mundiales de datos terrestres de sus respectivos componentes, ampliar los sistemas correspondientes para seguir de cerca su evolución y mejorar la elaboración de modelos de pronostico del sistema Tierra y de sus substitutas, incluida la elaboración de modelos del funcionamiento de dichos sistemas en relación con los efectos de las actividades de diferente intensidad del ser humano. Los programas de investigación deberían incluir los programas mencionados en otros capítulos de la Agenda 21 que prestan apoyo a mecanismos de cooperación y armonización de los programas de desarrollo sobre los cambios mundiales. 

(d) Alentar la coordinación de misiones de satélites, redes, sistemas y procedimientos para elaborar y divulgar sus datos, y establecer vínculos con los usuarios de los datos de observación de la Tierra y con el Sistema de Vigilancia Mundial de las Naciones Unidas. 

(e) Desarrollar la capacidad de pronosticar la reacción de los ecosistemas terrestres, costeros, marinos, de agua dulce y de la diversidad biológica a las perturbaciones a corto y a largo plazo del medio ambiente, y desarrollar aun más las actividades ecológicas de restauración. 

(f) Estudiar la función de la diversidad biológica y la perdida de especies en el funcionamiento de los ecosistemas y el sistema mundial de sustentación de la vida. 

(g) Iniciar un sistema mundial de observación de los parámetros necesarios para la ordenación racional de los recursos de las zonas costeras y ampliar en forma considerable los sistemas de vigilancia de la cantidad y calidad del agua dulce, especialmente en los países en desarrollo; 

(h) Elaborar sistemas de observación de la Tierra desde el espacio a fin de lograr una comprensión de la Tierra como sistema, lo que permitirá la medición integrada, constante y a largo plazo de la interacción entre la atmósfera, la hidrosfera y la litosfera, y elaborar un sistema de distribución de datos que facilite la utilización de los datos obtenidos mediante la observación. 

(i) Elaborar y aplicar sistemas y tecnologías que permitan reunir, registrar y transmitir automáticamente datos e información a las bases de datos para supervisar los procesos marinos, terrestres y atmosféricos y proporcionar alerta anticipada de los desastres naturales. 

(j) Mejorar la contribución de las ciencias de la ingeniería a programas multidisciplinarios de investigación sobre el sistema Tierra, en especial en lo relativo a aumentar la preparación para hacer frente a los desastres naturales y disminuir sus efectos negativos. 

(k) Intensificar las investigaciones para integrar las ciencias físicas, económicas y sociales a fin de comprender mejor los efectos del comportamiento económico y social en el medio ambiente y de la degradación del medio ambiente en las economías locales en la economía mundial y, en particular: 

(i) Hacer investigaciones sobre las actitudes y el comportamiento humano como fuerzas impulsoras para comprender las causas y consecuencias del cambio ambiental y la utilización de los recursos. 

(ii) Promover las investigaciones sobre las respuestas humanas, económicas y sociales al cambio del clima mundial.

(l) Prestar apoyo al desarrollo de tecnologías y sistemas nuevos y de fácil uso que faciliten la integración de procesos físicos, químicos, biológicos, sociales y humanos multidisciplinarios que, a su vez, suministren información y conocimientos a los encargados de formular decisiones y al público en general.

Medios de ejecución

(a) Financiación y evaluación de los costos 

35.13. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa ascenderá a unos 2.000 millones de dólares, incluidos aproximadamente 1.500 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar. 

(b) Medios científicos y tecnológicos 

35.14. Los medios científicos y tecnológicos comprenden lo siguiente: 

(a) Prestar apoyo a las actividades pertinentes de investigación nacionales que se desarrollan en círculos universitarios, institutos de investigación y organizaciones no gubernamentales, y lograr la participación activa de estos en programas regionales y mundiales, especialmente en los países en desarrollo. 

(b) Fomentar el uso de tecnologías y sistemas optimizadores, como supercomputadoras, tecnologías de observación basadas en el espacio, la tierra y el océano, gestión de datos y tecnologías sobre base de datos y, en particular, elaborar y ampliar el sistema mundial de observación del clima.

C. MEJORAMIENTO DE LA EVALUACION CIENTIFICA A LARGO PLAZO

Bases para la acción 

35.15. La satisfacción de las necesidades de investigación científica en la esfera del medio ambiente y el desarrollo es solo la primera etapa en el apoyo que la ciencia puede proporcionar al proceso de desarrollo sostenible. Los conocimientos adquiridos pueden ser utilizados posteriormente para proporcionar evaluaciones científicas (auditorías) de la situación actual y de diversas situaciones posibles en el futuro. Ello supone que la biosfera debe mantenerse en un estado saludable y que es preciso disminuir las perdidas de diversidad biológica. Aunque muchos de los cambios ambientales a largo plazo que posiblemente afecten a la población y la biosfera son de escala mundial, los cambios que se consideran más importantes son de nivel nacional y local. Al mismo tiempo, las actividades humanas en los planos local y regional a menudo contribuyen a las amenazas en el plano mundial, por ejemplo, el agotamiento de la capa de ozono estratosférico. así pues, es necesario hacer evaluaciones y proyecciones científicas en los planos mundial, regional y local. Muchos países y organizaciones ya han preparado informes sobre el medio ambiente y el desarrollo en los que se pasa revista a las actuales condiciones y se indican las tendencias del futuro. Las evaluaciones en los planos regional y mundial, que podrían aprovechar plenamente dichos informes, deberían ser de alcance más amplio e incluir los resultados de estudios detallados de las condiciones futuras respecto de diversas hipótesis acerca de las posibles reacciones del ser humano en el futuro, utilizando los mejores modelos disponibles. Todas las evaluaciones deberían apuntar a determinar formas practicables de desarrollo dentro de la capacidad de carga ecológica y socioeconómica de cada región. Deberían aprovecharse a fondo los conocimientos tradicionales del medio ambiente local. 

Objetivos 

35.16. El objetivo principal es proporcionar evaluaciones del estado actual y de las tendencias de las cuestiones ambientales de desarrollo en los planos nacional, subregional, regional y mundial sobre la base de los mejores conocimientos científicos disponibles a fin de elaborar distintas estrategias, teniendo en cuenta los conocimientos autóctonos, para las diferentes escalas de tiempo y espacio que son necesarias en la formulación de políticas a largo plazo. 

Actividades 

35.17. Se deberían llevar a cabo las siguientes actividades: 

(a) Coordinar los sistemas actuales de reunión de datos y estadísticas pertinentes a las cuestiones relativas al desarrollo y al medio ambiente de manera de apoyar, en forma óptima, la elaboración de evaluaciones científicas a largo plazo, por ejemplo, datos sobre el agotamiento de recursos, corrientes de importación y exportación, utilización de la energía, efectos sobre la salud y tendencias demográficas; aplicar los datos obtenidos mediante las actividades determinadas en el área de programas B a las evaluaciones del medio ambiente a escala mundial, regional y local; y promover la distribución amplia de las evaluaciones de manera que sean comprensibles y abiertas a las necesidades del público; 

(b) Elaborar una metodología para llevar a cabo auditorías en los planos nacional y regional, así como una auditoría en los planos mundial cada cinco años, en forma integrada. Las auditorías normalizadas deberían contribuir a perfeccionar las modalidades y el carácter del proceso de desarrollo, examinando especialmente la capacidad de los sistemas de sustentación de la vida en los planos mundial y regional para atender a las necesidades de las formas de vida humanas y no humanas y para determinar los sectores y recursos que son vulnerables a una mayor degradación. Esta tarea comprendería todas las ciencias pertinentes en los planos nacional, regional y mundial y seria organizada por entidades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales, universidades e instituciones de investigación, con la asistencia de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales internacionales y órganos de las Naciones Unidas, según proceda y sea necesario. Se deberían poner a disposición del público en general los resultados de esas auditorías. 

Medios de ejecución

Financiación y evaluación de los costos 

35.18. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de la realización de las actividades de este programa ascenderá a unos 35 millones de dólares, incluidos alrededor de 18 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

35.19. Con respecto a las actuales necesidades de datos en el marco del área de programas A, se suministrará apoyo para la reunión de datos y los sistemas de alerta en el plano nacional. Ello comprendería el establecimiento de bases de datos, sistemas de información y de presentación de informes, evaluación de los datos y difusión del material en cada región. 

D. AUMENTO DE LA CAPACIDAD CIENTIFICA

Bases para la acción 

35.20. Habida cuenta de la creciente importancia que tienen las ciencias en relación con las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo, es necesario aumentar y fortalecer la capacidad científica de todos los países, especialmente de los países en desarrollo, a fin de que participen plenamente en la iniciación de las actividades de investigación y desarrollo científicos en pro del desarrollo sostenible. Hay muchas maneras de aumentar la capacidad científica y tecnológica. Algunas de las más importantes son las siguientes: enseñanza y capacitación en materia de ciencia y tecnología, prestación de asistencia a los países en desarrollo para mejorar las infraestructuras de investigación y desarrollo que permitirían a los científicos trabajar en forma más productiva; concesión de incentivos para alentar las actividades de investigación y desarrollo y mayor utilización de los resultados de estas actividades en los sectores productivos de la economía. El aumento de la capacidad constituiría también la base para crear mayor conciencia en el público y alentar una mejor comprensión de las ciencias. Es necesario hacer especial hincapié en que los países en desarrollo fortalezcan su propia capacidad para estudiar su base de recursos y sus sistemas ecológicos respectivos y para ordenarlos mejor con objeto de hacer frente a los problemas en los planos nacional, regional y mundial. Además, habida cuenta de la envergadura y complejidad de los problemas ambientales en el plano mundial, es evidente en todo el mundo que es necesario contar con más especialistas en diversas disciplinas. 

Objetivos 

35.21. El objetivo fundamental es mejorar la capacidad científica de todos los países, en especial los países en desarrollo, con respecto a lo siguiente: 

(a) Actividades de enseñanza y capacitación y servicios e instalaciones para las actividades de investigación y desarrollo en el plano local, y desarrollo de recursos humanos en disciplinas científicas básicas y ciencias relacionadas con el medio ambiente, utilizando, cuando proceda, los conocimientos tradicionales y locales adecuados de la sostenibilidad.

(b) Aumento considerable, para el año 2000, del numero de científicos, en especial de mujeres científicas, en los países en desarrollo en que actualmente son insuficientes. 

(c) Disminución considerable del éxodo de científicos procedentes de países en desarrollo y estímulos para que regresen los que se han ido; 

(d) Mejoramiento del acceso de científicos y encargados de adoptar decisiones a la información pertinente, con el objeto de mantener mejor informado al público y lograr su participación en la adopción de decisiones. 

(e) Participación de científicos en programas de investigación sobre el medio ambiente y el desarrollo en los planos nacional, regional y mundial, incluidas investigaciones multidisciplinarias. 

(f) Actualización académica periódica de científicos de países en desarrollo en sus respectivas esferas de competencia.

Actividades 

35.22. Deberían llevarse a cabo las actividades siguientes: 

(a) Fomentar la enseñanza y la formación de los científicos, no solo en sus respectivas disciplinas, sino también en la capacidad para determinar, racionalizar e incorporar valores ambientales en los proyectos de investigación y desarrollo; lograr que se establezca una base solida en los sistemas naturales, la ecología y la ordenación de los recursos, y formar especialistas que puedan trabajar en programas interdisciplinarios relacionados con el medio ambiente y el desarrollo, incluso en la esfera de las ciencias sociales aplicadas. 

(b) Fortalecer la infraestructura científica en escuelas, universidades e instituciones de investigación, especialmente en los países en desarrollo, proporcionando el equipo científico apropiado y facilitando el acceso a las actuales publicaciones científicas, a fin de que esos países puedan formar y mantener unnumero suficiente de científicos idóneos.

(c) Elaborar y ampliar bases de datos científicos y tecnológicos en el plano nacional, procesar los datos en formatos y sistemas unificados y permitir el fácil acceso a las bibliotecas depositarias de las redes regionales de información científica y tecnológica. Promover el suministro de información científica y tecnológica y de bases de datos a centros de datos mundiales o regionales y sistemas de redes. 

(d) Organizar y ampliar las redes de información científica y tecnológica en los planos regional y mundial, vinculadas a las bases nacionales de datos científicos y tecnológicos; reunir, elaborar y difundir información procedente de programas científicos en los planos regional y mundial; ampliar las actividades para reducir los obstáculos que se oponen a la información debido a diferencias lingüísticas; aumentar las aplicaciones, especialmente en los países en desarrollo, de sistemas de recuperación de información por computadora a fin de poder hacer frente al aumento de la literatura científica. 

(e) Organizar, reforzar y forjar nuevos vínculos entre el personal especializado en los planos nacional, regional y mundial para fomentar el intercambio pleno y abierto de información y de datos científicos y tecnológicos, así como para facilitar la asistencia técnica relativa al desarrollo ecológicamente racional y sostenible. Ello se hará mediante la organización de mecanismos para compartir investigaciones básicas y el mejoramiento y organización de redes y centros internacionales, incluida la vinculación regional con bases de datos científicos nacionales para fines de investigación, capacitación y vigilancia. Dichos mecanismos deberían apuntar a mejorar la cooperación técnica entre los científicos especializados en el medio ambiente de diferentes países en desarrollo y a crear vínculos sólidos en los planos nacional y regional entre la industria y las instituciones de investigación. 

(f) Mejorar y crear nuevos vínculos entre las redes actuales de especialistas en ciencias naturales y sociales y universidades en el plano internacional a fin de fortalecer la capacidad nacional en la formulación de opciones de política en la esfera del medio ambiente y el desarrollo. 

(g) Reunir, analizar y publicar información acerca de los conocimientos autóctonos sobre el medio ambiente y el desarrollo y prestar asistencia a las comunidades que posean dichos conocimientos para poder aprovecharlos.

Medios de ejecución

(a) Financiación y evaluación de los costos 

35.23. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa ascenderá a unos 750 millones de dólares, incluidos aproximadamente 470 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

(b) Medios científicos y tecnológicos 

35.24. Los medios científicos y tecnológicos comprenden lo siguiente: aumentar y reforzar las redes y centros regionales multidisciplinarios de investigación y capacitación aprovechando al máximo las instalaciones existentes y los sistemas de apoyo conexos sobre desarrollo sostenible y tecnología en las regiones en desarrollo, y promover y aprovechar el potencial de las iniciativas independientes y las innovaciones y la capacidad empresarial autóctonas. La función de estas redes y centros podría abarcar, por ejemplo, lo siguiente: 

(a) Apoyar y coordinar la cooperación científica entre todos los países de la región. 

(b) Establecer vínculos con centros de vigilancia y hacer evaluaciones de las condiciones ambientales y del desarrollo. 

(c) Apoyar y coordinar estudios nacionales sobre actividades en pro del desarrollo sostenible. 

(d) Organizar la educación y capacitación en ciencias. 

(e) Establecer y mantener sistemas y bases de datos de información, vigilancia y evaluación. 

(c) Aumento de la capacidad 

35.25. El aumento de la capacidad comprende lo siguiente: 

(a) Crear condiciones (por ejemplo, en lo relativo a sueldos, equipo y bibliotecas) para que los científicos puedan trabajar en forma eficiente en sus países de origen.

(b) Mejorar la capacidad en los planos nacional, regional y mundial para llevar a cabo investigaciones científicas y aplicar la información científica y tecnológica al desarrollo ecológicamente racional y sostenible. Esto comprende la necesidad de aumentar los recursos financieros que sean necesarios para las redes de información científica y tecnológica en los planos mundial y regional, de manera que puedan funcionar en forma eficaz y eficiente para satisfacer las necesidades científicas de los países en desarrollo; asegurar el aumento de la capacidad de la mujer mediante la participación de más mujeres en las actividades de investigación y de capacitación en materia de investigaciones.

Capítulo 36. Educación, capacitación y toma de conciencia

INTRODUCCION

36.1. La educación, el aumento de la conciencia del público y la capacitación están vinculados prácticamente con todas las áreas del Programa 21, y aún más de cerca con las que se refieren a la satisfacción de las necesidades básicas, la creación de las estructuras necesarias, los datos y la información, la ciencia y la función que corresponde a los grupos principales. En el presente capítulo se formulan propuestas generales, en tanto que las sugerencias particulares relacionadas con las cuestiones sectoriales aparecen en otros capítulos. De la Declaración y las recomendaciones de la Conferencia Intergubernamental de Tbilisi sobre la Educación Ambiental(), organizada por la UNESCO y el PNUMA y celebrada en 1977, se han tomado los principios fundamentales de las propuestas que figuran en el presente documento. 

36.2. Las áreas de programas descritas en el presente capítulo son: 

(a) Reorientación de la educación hacia el desarrollo sostenible. 

(b) Aumento de la conciencia del público. 

(c) Fomento de la capacitación. 

AREAS DE PROGRAMAS

A. REORIENTACION DE LA EDUCACION HACIA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

Base para la acción

36.3. Debe reconocerse que la educación - incluida la enseñanza académica - la toma de conciencia del público y la capacitación, configuran un proceso que permite que los seres humanos y las sociedades desarrollen plenamente su capacidad latente. La educación es de importancia crítica para promover el desarrollo sostenible y aumentar la capacidad de las poblaciones para abordar cuestiones ambientales y de desarrollo. Si bien la educación básica sirve de fundamento para la educación en materia de medio ambiente y desarrollo, esta última debe incorporarse como parte fundamental del aprendizaje. Tanto la educación académica como la no académica son indispensables para modificar las actitudes de las personas de manera que éstas tengan la capacidad de evaluar los problemas del desarrollo sostenible y abordarlos. La educación es igualmente fundamental para adquirir conciencia, valores y actitudes, técnicas y comportamiento ecológicos y éticos en consonancia con el desarrollo sostenible y que favorezcan la participación pública efectiva en el proceso de adopción de decisiones. Para ser eficaz, la educación en materia de medio ambiente y desarrollo debe ocuparse de la dinámica del medio físico/biológico y del medio socioeconómico y el desarrollo humano (que podría comprender el desarrollo espiritual), integrarse en todas las disciplinas y utilizar métodos académicos y no académicos y medios efectivos de comunicación. 

Objetivos

36.4. Reconociendo que los países y las organizaciones regionales e internacionales determinarán sus propias prioridades y plazos de aplicación de conformidad con sus necesidades, políticas y programas, se proponen los objetivos siguientes: 

(a) Apoyar las recomendaciones de la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos: Satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje (Jomtien (Tailandia), 5 a 9 de marzo de 1990), tratar de alcanzar el acceso universal a la educación básica, lograr, por medio de la enseñanza académica y no académica, que por lo menos el 80% de las niñas y el 80% de los niños en edad escolar terminen la educación primaria, y reducir la tasa de analfabetismo entre los adultos por lo menos a la mitad de su valor de 1990. Las actividades deberían centrarse en reducir los niveles altos de analfabetismo y en compensar la falta de oportunidades de recibir educación básica de las mujeres con miras a lograr que sus niveles de alfabetización sean compatibles con los de los hombres. 

(b) Crear conciencia del medio ambiente y el desarrollo en todos los sectores de la sociedad a escala mundial y a la mayor brevedad posible. 

(c) Procurar facilitar el acceso a la educación sobre el medio ambiente y el desarrollo, vinculada con la educación social, desde la edad escolar hasta la edad adulta en todos los grupos de población. 

(d) Promover la integración de conceptos ecológicos y de desarrollo, incluida la demografía, en todos los programas de enseñanza, en particular el análisis de las causas de los principales problemas ambientales y de desarrollo en un contexto local, recurriendo para ello a las pruebas científicas de mejor calidad que se disponga y a otras fuentes apropiadas de conocimientos, haciendo especial hincapié en el perfeccionamiento de la capacitación de los encargados de adoptar decisiones a todos los niveles.

Actividades

36.5. Reconociendo que los países y las organizaciones regionales e internacionales determinarán sus propias prioridades y plazos de aplicación de conformidad con sus necesidades, políticas y programas, se proponen las actividades siguientes: 

(a) Se exhorta a todos los países a que hagan suyas las recomendaciones de la Conferencia de Jomtien y que traten de aplicar su marco de acción. Quedarían comprendidas en esa actividad la preparación de estrategias y actividades nacionales para satisfacer las necesidades de enseñanza básica, universalizar el acceso y fomentar la equidad, ampliar los medios y el alcance de la educación, preparar un contexto de política de apoyo, movilizar recursos y fortalecer la cooperación internacional para compensar las actuales disparidades económicas, sociales y por sexo que obstaculizan el logro de estos objetivos. Las Organizaciones No Gubernamentales pueden aportar una contribución importante a la formulación y aplicación de programas educacionales, y esa capacidad debería reconocerse. 

(b) Los gobiernos deberían procurar actualizar o preparar estrategias destinadas a la integración en los próximos tres años del medio ambiente y el desarrollo como tema interdisciplinario en la enseñanza a todos los niveles. Esa actividad debería realizarse en cooperación con todos los sectores de la sociedad. En las estrategias se deberían formular políticas y actividades y determinar necesidades, costos, medios y programas de ejecución, evaluación y examen. Se debería iniciar un examen exhaustivo de los programas de estudios a fin de establecer un enfoque multidisciplinario, que abarque las cuestiones ambientales y de desarrollo y sus aspectos y vinculaciones socioculturales y demográficos. Se deberían respetar debidamente las necesidades definidas por la comunidad y los diversos sistemas de conocimientos, incluidas la ciencia y la sensibilidad cultural y social. 

(c) Se exhorta a los países a que establezcan organismos consultivos nacionales para la coordinación de la educación ecológica o mesas redondas representativas de diversos intereses, tales como el medio ambiente, el desarrollo, la educación, la mujer y otros, y de las Organizaciones No Gubernamentales, con el fin de estimular la colaboración, ayudar a movilizar recursos y crear una fuente de información y de coordinación para la participación internacional. Esos órganos contribuirían a movilizar a los distintos grupos de población y comunidades y facilitar sus actividades para que evalúen sus propias necesidades y adquieran las técnicas necesarias para elaborar y poner en práctica sus propias iniciativas en materia de medio ambiente y desarrollo. 

(d) Se recomienda que las autoridades educacionales, con la asistencia apropiada de grupos comunitarios o de las Organizaciones No Gubernamentales, presten su colaboración o establezcan programas de formación previa al servicio y en el servicio para todos los maestros, administradores y planificadores de la enseñanza, así como para instructores no académicos de todos los sectores, teniendo en cuenta el carácter y los métodos de la educación sobre el medio ambiente y el desarrollo y utilizando la experiencia pertinente de la Organizaciones No Gubernamentales. 

(e) Las autoridades competentes deberían velar por que todas las escuelas recibieran ayuda en la elaboración de los planes de trabajo sobre actividades ambientales, con la participación de los estudiantes y del personal. Las escuelas deberían estimular la participación de los escolares en estudios locales y regionales sobre salud ambiental, incluso el agua potable, el saneamiento y la alimentación y los ecosistemas, y en las actividades pertinentes, vinculando ese tipo de estudios con los servicios e investigaciones realizados en parques nacionales, reservas de fauna y flora, sitios de valor ecológico protegidos, etc. 

(f) Las autoridades educacionales deberían promover los métodos pedagógicos de valor demostrado y la preparación de métodos pedagógicos innovadores para su aplicación práctica. Deberían reconocer asimismo el valor de los sistemas de enseñanza tradicional apropiados en las comunidades locales. 

(g) Dentro de los próximos dos años, el sistema de las Naciones Unidas debería iniciar un examen amplio de sus programas de educación, con inclusión de la capacitación y la toma de conciencia del público, con miras a evaluar prioridades y reasignar recursos. El Programa Internacional de Educación Ambiental de UNESCO y PNUMA, en colaboración con los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas, los gobiernos, las Organizaciones No Gubernamentales y otras entidades, debería establecer un programa, en un plazo de dos años, para integrar las decisiones de la Conferencia en la estructura existente de las Naciones Unidas, adaptado a las necesidades de educadores de diferentes niveles y circunstancias. Se debería alentar a las organizaciones regionales y las autoridades nacionales a que elaborasen programas y oportunidades paralelos análogos analizando la forma de movilizar a los distintos sectores de la población a fin de evaluar y encarar sus necesidades en materia de educación sobre el medio ambiente y el desarrollo. 

(h) Es necesario fortalecer, en un plazo de cinco años, el intercambio de información mediante el mejoramiento de la tecnología y los medios necesarios para promover la educación sobre el medio ambiente y el desarrollo y la conciencia del público. Los países deberían cooperar entre sí y con los diversos sectores sociales y grupos de población para preparar instrumentos educacionales que abarquen cuestiones e iniciativas regionales en materia de medio ambiente y desarrollo, utilizando materiales y recursos de aprendizaje adaptados a sus propias necesidades. 

(i) Los países podrían apoyar a las universidades y otras entidades y redes terciarias en sus actividades de educación sobre el medio ambiente y el desarrollo. Se deberían ofrecer a todos los estudiantes cursos interdisciplinarios. Las redes de actividades regionales existentes y las actividades de las universidades nacionales que promuevan la investigación y los criterios comunes de enseñanza respecto del desarrollo sostenible deberían fortalecerse, y se deberían establecer nuevas asociaciones y vínculos con los sectores empresariales y otros sectores independientes, así como con todos los países, con miras al intercambio de tecnología, experiencia práctica y conocimientos. 

(j) Los países, con la asistencia de organizaciones internacionales, Organizaciones No Gubernamentales y otros sectores, podrían reforzar o crear centros nacionales o regionales para la investigación y la educación interdisciplinarias en las ciencias del medio ambiente y el desarrollo, derecho y gestión de determinados problemas ambientales. Dichos centros podrían ser universidades o redes existentes en cada país o región, que promuevan la cooperación en la investigación y en la difusión de información. En el plano mundial, el desempeño de esas funciones debería encomendarse a las instituciones apropiadas. 

(k) Los países deberían facilitar y promover las actividades de enseñanza no académica en los planos local, regional y nacional mediante la cooperación y el apoyo de los esfuerzos de los instructores no académicos y otras organizaciones con base en la comunidad. Los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas, en colaboración con las Organizaciones No Gubernamentales, deberían fomentar el desarrolo de una red internacional para el logro de los objetivos mundiales en materia de educación. En los foros públicos y académicos de los planos nacional y local se deberían examinar las cuestiones ambientales y de desarrollo y sugerir opciones sostenibles a los encargados de formular políticas. 

(l) Las autoridades educacionales, con la colaboración apropiada de las Organizaciones No Gubernamentales, incluidas las organizaciones de mujeres y de poblaciones indígenas, deberían promover todo tipo de programas de educación de adultos para fomentar la educación permanente en materia de medio ambiente y desarrollo, utilizando como base de operaciones las escuelas primarias y secundarias y centrándose en los problemas locales. Dichas autoridades y la industria deberían estimular a las escuelas de comercio, industria y agricultura para que incluyeran temas de esa naturaleza en sus programas de estudios. El sector empresarial podría incluir el desarrollo sostenible en sus programas de enseñanza y capacitación. En los programas de posgrado se deberían incluir cursos especialmente concebidos para capacitar a los encargados de adoptar decisiones. 

(m) Los gobiernos y las autoridades educacionales deberían promover las oportunidades para la mujer en esferas no tradicionales y eliminar de los programas de estudios los prejuicios en cuanto a las diferencias entre los sexos. Esto podría lograrse mejorando las oportunidades de inscripción, la incorporación de la mujer, como estudiante o instructora, en programas avanzados, la reforma de las disposiciones de ingreso y las normas de dotación de personal docente y la creación de incentivos para establecer servicios de guarderías infantiles, según proceda. Se debería dar prioridad a la educación de las adolescentes y a programas de alfabetización de la mujer. 

(n) Los gobiernos deberían garantizar, mediante legislación si fuera necesario, el derecho de las poblaciones indígenas a que su experiencia y comprensión acerca del desarrollo sostenible desempeñaran una función en la educación y capacitación. 

(o) Las Naciones Unidas podrían mantener una función de vigilancia y evaluación respecto de las decisiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en materia de educación y difusión por conducto de los organismos pertinentes de las Naciones Unidas. En coordinación con los gobiernos y las Organizaciones No Gubernamentales, según proceda, las Naciones Unidas deberían presentar y difundir las decisiones de distintas maneras y velar por la aplicación y el examen constantes de las consecuencias educacionales de las decisiones de la Conferencia, en particular mediante la celebración de actos y conferencias pertinentes.

Medios de ejecución

Financiación y evaluación de los costos 

36.6. La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa será de unos 8.000 a 9.000 millones de dólares aproximadamente, incluidos alrededor de 3.500 millones a 4.500 millones que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar. 

36.7. Teniendo en cuenta la situación de cada país, se podría prestar más apoyo a las actividades de educación, capacitación y toma de conciencia relacionadas con el medio ambiente y el desarrollo, en los casos en que procediera, mediante la adopción de medidas como las siguientes: 

(a) Asignación de mayor prioridad a esos sectores en las asignaciones presupuestarias, protegiéndolos de las exigencias de las reducciones con fines estructurales. 

(b) Traspaso de asignaciones dentro de los presupuestos de enseñanza vigentes para favorecer la enseñanza primaria, con especial hincapié en el medio ambiente y el desarrollo.

(c) Fomento de condiciones en que las comunidades locales participen en mayor medida en los gastos y las comunidades más prósperas ayuden a las menos favorecidas. 

(d) Obtención de fondos adicionales de donantes particulares para concentrarlos en los países más pobres y en los que las tasas de alfabetización sean de menos del 40%. 

(e) Fomento del canje de deuda por actividades de enseñanza. 

(f) Anulación de las restricciones sobre la enseñanza privada y aumento de la corriente de fondos de las Organizaciones No Gubernamentales y hacia ellas, incluidas las organizaciones populares en pequeña escala. 

(g) Fomento de la utilización eficaz de las instalaciones existentes, por ejemplo, con varios turnos en una escuela, y aprovechamiento pleno de las universidades por televisión y de otros tipos de enseñanza a la distancia. 

(h) Utilización de los medios de difusión para fines de enseñanza en forma gratuita o semigratuita. 

(i) Fomento de las relaciones de reciprocidad entre las universidades de los países desarrollados y de los países en desarrollo.

B. AUMENTO DE LA CONCIENCIA DEL PUBLICO

Bases para la acción

36.8. Aún hay muy poca conciencia de la interrelación existente entre todas las actividades humanas y el medio ambiente, debido a la insuficiencia o la inexactitud de la información. Los países en desarrollo en particular carecen de la tecnología y los especialistas pertinentes. Es necesario sensibilizar al público sobre los problemas del medio ambiente y el desarrollo, hacerlo participar en su solución y fomentar un sentido de responsabilidad personal respecto del medio ambiente y una mayor motivación y dedicación respecto del desarrollo sostenible. 

Objetivo

36.9. El objetivo consiste en aumentar la conciencia general del público como parte indispensable de una campaña mundial de educación para reforzar las actitudes, los valores y las medidas compatibles con el desarrollo sostenible. Es importante hacer hincapié en el principio de hacer recaer la autoridad, la responsabilidad y los recursos al nivel más apropiado, dando preferencia a la responsabilidad y el control locales para las actividades tendientes a aumentar la conciencia del público. 

Actividades

36.10. Reconociendo que los países y las organizaciones regionales e internacionales determinarán sus propias prioridades y plazos de aplicación de conformidad con sus necesidades, políticas y programas, se proponen las siguientes actividades: 

(a) Los países deberían fortalecer los organismos consultivos existentes o establecer otros nuevos de información pública en materia de medio ambiente y desarrollo y coordinar las actividades con las Naciones Unidas, las Organizaciones No Gubernamentales y los medios de difusión más importantes. Deberían fomentar la participación del público en los debates sobre políticas y evaluaciones ambientales. Los gobiernos deberían facilitar y apoyar también la formación de redes nacionales y locales de información mediante los sistemas ya existentes. 

(b) El sistema de las Naciones Unidas debería mejorar sus medios de divulgación mediante un examen de sus actividades de educación y sensibilización del público para promover una mayor participación y coordinación de todas las partes del sistema, especialmente de sus organismos de información y sus operaciones nacionales y regionales. Deberían hacerse estudios sistemáticos de los resultados de las campañas de difusión, teniendo presentes las necesidades y las contribuciones de grupos determinados de la comunidad. 

(c) Debería alentarse a los países y a las organizaciones regionales, según proceda, a que proporcionaran servicios de información pública sobre el medio ambiente y el desarrollo para aumentar la conciencia de todos los grupos, del sector privado y en particular de los encargados de adoptar decisiones. 

(d) Los países deberían estimular a los establecimientos educacionales en todos los sectores, especialmente en el sector terciario, para que aportaran una mayor contribución a la toma de conciencia del público. Los materiales didácticos de todo tipo y para todo público deberían basarse en la mejor información científica disponible, que incluyera tanto las ciencias naturales como las ciencias sociales y del comportamiento, y que tuviera en cuenta consideraciones estéticas y éticas. 

(e) Los países y el sistema de las Naciones Unidas deberían promover una relación de cooperación con los medios de información, los grupos de teatro popular y las industrias del espectáculo y de la publicidad, iniciando debates para movilizar su experiencia en la empresa de influir en el comprtamiento y en las pautas de consumo del público, y haciendo uso abundante de sus métodos. Esa colaboración también aumentaría la participación activa del público en el debate sobre el medio ambiente. El UNICEF debería elaborar material orientado hacia los niños para los medios de información, a manera de instrumento didáctico, a fin de establecer una estrecha colaboración entre el sector de la información pública extraescolar y el programa de estudios de la enseñanza primaria. La UNESCO, el PNUMA y las universidades deberían enriquecer los programas de estudios anteriores al servicio para periodistas con temas relacionados con el medio ambiente y el desarrollo. 

(f) Los países, en colaboración con la comunidad científica, deberían establecer medios de emplear la tecnología moderna de las comunicaciones para llegar al público de manera eficaz. Las autoridades nacionales y locales de educación y los organismos pertinentes de las Naciones Unidas deberían incrementar, según proceda la utilización de medios audiovisuales, especialmente en las zonas rurales, mediante el empleo de unidades de servicios móviles y la producción de programas de radio y televisión para los países en desarrollo que fomenten la participación local, empleen métodos interactivos e integren los métodos más modernos y los medios de difusión populares. 

(g) Los países deberían apoyar, según proceda, actividades de recreación y turismo ecológicamente racionales, basándose en la Declaración de La Haya sobre el Turismo (1989) y los programas actuales de la Organización Mundial del Turismo y el PNUMA, y utilizando racionalmente museos, lugares históricos, jardines zoológicos, jardines botánicos, parques nacionales y otras zonas protegidas. 

(h) Los países deberían alentar a las Organizaciones No Gubernamentales a que aumenten sus actividades respecto de los problemas del medio ambiente y el desarrollo mediante iniciativas conjuntas de difusión y un mayor intercambio con otros sectores de la sociedad. 

(i) Los países y el sistema de las Naciones Unidas deberían aumentar su interacción e incluir, según proceda, a las poblaciones indígenas en la ordenación, la planificación y el desarrollo de su medio ambiente local, y deberían fomentar la difusión de conocimientos tradicionales y de adquisición social mediante medios basados en las costumbres locales, especialmente en las zonas rurales, integrando esos esfuerzos con los medios de difusión electrónicos, en los casos en que ello sea posible. 

(j) UNICEF, UNESCO, PNUD y las Organizaciones No Gubernamentales deberían elaborar programas de apoyo para hacer participar a los jóvenes y los niños en los asuntos relacionados con el medio ambiente y el desarrollo, tales como reuniones informativas para niños y jóvenes, tomando como base las decisiones de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia (A/45/625, anexo). 

(k) Los países, las Naciones Unidas y las Organizaciones No Gubernamentales deberían estimular la movilización de hombres y mujeres en campañas de divulgación, haciendo hincapié en la función de la familia en las actividades del medio ambiente, la contribución de la mujer en la transmisión de los conocimientos y los valores sociales y el desarrollo de los recursos humanos. 

(l) Se debería aumentar la conciencia del público acerca de las consecuencias de la violencia en la sociedad.

Medios de ejecución

Financiación y evaluación de los costos 

36.11. La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa ascenderá a unos 1.200 millones de dólares, incluidos alrededor de 110 millones que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

C. FOMENTO DE LA CAPACITACION

Bases para la acción

36.12. La capacitación es uno de los instrumentos más importantes para desarrollar los recursos humanos y facilitar la transición hacia un mundo más sostenible. La capacitación debería apuntar a impartir conocimientos que ayuden a conseguir empleo y a participar en actividades relativas al medio ambiente y el desarrollo. Al mismo tiempo, los programas de capacitación deberían fomentar una mayor conciencia de los asuntos relativos al medio ambiente y el desarrollo como proceso de aprendizaje dual. 

Objetivos

36.13. Se proponen los siguientes objetivos: 

(a) Establecer o reforzar programas de formación profesional que atiendan a las necesidades del medio ambiente y el desarrollo con acceso garantizado a las oportunidades de capacitación, independientemente de la condición social, la edad, el sexo, la raza o la religión. 

(b) Promover una fuerza de trabajo flexible y adaptable, de distintas edades, que pueda hacer frente a los crecientes problemas del medio ambiente y el desarrollo y a los cambios ocasionados por la transición a una sociedad sostenible. 

(c) Aumentar la capacidad nacional, particularmente en materia de enseñanza y capacitación científicas, para permitir a los gobiernos, empleadores y trabajadores alcanzar sus objetivos en materia de medio ambiente y desarrollo y facilitar la transferencia y asimilación de nuevas tecnologías y conocimientos técnicos ecológicamente racionales y socialmente aceptables. 

(d) Lograr que las consideraciones de ecología ambiental y humana se integren en todos los niveles administrativos y todas las esferas de gestión funcional, tales como la comercialización, la producción y las finanzas.

Actividades

36.14. Los países, con el apoyo del sistema de las Naciones Unidas, deberían determinar las necesidades nacionales de capacitación de trabajadores y evaluar las medidas que se deban adoptar para satisfacer esas necesidades. El sistema de las Naciones Unidas podría emprender en 1995 un examen de los progresos alcanzados en esta área. 

36.15. Se alienta a las asociaciones profesionales nacionales a que elaboren y examinen sus códigos deontológicos y de conducta para fortalecer las vinculaciones y la dedicación a la causa del medio ambiente. Los elementos de capacitación y desarrollo personal de los programas patrocinados por los órganos profesionales deberían permitir la incorporación de conocimientos e información sobre la aplicación del desarrollo sostenible en todas las etapas de la adopción de decisiones y políticas. 

36.16. Los países y las instituciones de enseñanza deberían integrar las cuestiones relativas al medio ambiente y el desarrollo en los programas ya existentes de capacitación y promover el intercambio de sus metodologías y evaluaciones. 

36.17. Los países deberían alentar a todos los sectores de la sociedad, tales como la industria, las universidades, los funcionarios y empleados gubernamentales, las Organizaciones No Gubernamentales y las organizaciones comunitarias a que incluyan un componente de ordenación del medio ambiente en todas las actividades de capacitación pertinentes, haciendo hincapié en la satisfacción de las necesidades inmediatas de personal mediante la capacitación de corta duración en establecimientos de enseñanza o en el empleo. Se deberían incrementar las posibilidades de capacitación del personal de gestión en la esfera del medio ambiente, e iniciar programas especializados de "formación de instructores" para apoyar la capacitación a nivel del país y de la empresa. Se deberían elaborar nuevos criterios de capacitación en prácticas ecológicamente racionales que creen oportunidades de empleo y aprovechen al máximo los métodos basados en la utilización de los recursos locales. 

36.18. Los países deberían establecer o reforzar programas prácticos de capacitación para graduados de escuelas de artes y oficios, escuelas secundarias y universidades, en todos los países, con el fin de prepararlos para satisfacer las necesidades del mercado laboral y para ganarse la vida. Se deberían instituir programas de capacitación y recapacitación para enfrentar los ajustes estructurales que tienen consecuencias en el empleo y las calificaciones profesionales. 

36.19. Se alienta a los gobiernos a que se pongan en contacto con personas en situaciones aisladas desde el punto de vista geográfico, cultural o social, para determinar sus necesidades de capacitación con miras a permitirles hacer una mayor contribución al desarrollo de prácticas laborales y modos de vida sostenibles. 

36.20. Los gobiernos, la industria, los sindicatos y los consumidores deberían promover la comprensión de la relación existente entre un medio ambiente sano y prácticas empresariales sanas. 

36.21. Los países deberían desarrollar un servicio de técnicos de la ecología capacitados y contratados localmente, capaces de proporcionar a las comunidades y poblaciones locales, en particular en las zonas urbanas y rurales marginadas, los servicios que necesitan, comenzando con la atención primaria del medio ambiente. 

36.22. Los países deberían incrementar las posibilidades de acceso, análisis y utilización eficaz de la información y los conocimiento disponibles sobre el medio ambiente y el desarrollo. Se deberían reforzar los programas de capacitación especiales existentes con el fin de apoyar las necesidades de información de grupos especiales. Se deberían evaluar los efectos de esos programas en la productividad, la salud, la seguridad y el empleo. Se deberían crear sistemas nacionales y regionales de información sobre el mercado de trabajo relacionado con el medio ambiente, sistemas que proporcionarían en forma constante datos sobre las oportunidades de capacitación y de trabajo en la materia. Se deberían preparar y actualizar guías sobre los recursos de capacitación en medio ambiente y desarrollo que contengan información sobre programas de capacitación, programas de estudios, métodos y resultados de las evaluaciones en los planos nacional, regional e internacional. 

36.23. Los organismos de ayuda deberían reforzar el componente de capacitación de todos los proyectos de desarrollo, haciendo hincapié en el enfoque multidisciplinario, el fomento de la divulgación y el suministro del personal especializado necesario para la transición hacia una sociedad sostenible. Las directrices de ordenación del medio ambiente del PNUD para las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas podrían contribuir a la consecución de este objetivo. 

36.24. Las redes existentes de organizaciones de empleadores y de trabajadores, las asociaciones industriales y las Organizaciones No Gubernamentales deberían facilitar el intercambio de experiencias en programas de capacitación y divulgación. 

36.25. Los gobiernos, en colaboración con las organizaciones internacionales pertinentes, deberían elaborar y aplicar estrategias para hacer frente a amenazas y situaciones de emergencia ecológicas en los planos nacional, regional y local, haciendo hincapié en programas prácticos de capacitación y divulgación con carácter de urgencia para incrementar la preparación del público. 

36.26. El sistema de las Naciones Unidas debería ampliar, según proceda, sus programas de capacitación, especialmente en capacitación ecológica y actividades de apoyo para organizaciones de empleadores y de trabajadores. 

Medios de ejecución

Financiación y evaluación de los costos 

36.27. La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa ascenderá a unos 5.000 millones de dólares, incluidos alrededor de 2.000 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

Capítulo 37 

MECANISMOS NACIONALES Y COOPERACION INTERNACIONAL PARA AUMENTAR LA CAPACIDAD NACIONAL EN LOS PAISES EN DESARROLLO 

AREA DE PROGRAMAS 

Bases para la acción 

37.1. La capacidad de un país de lograr un desarrollo sostenible depende en gran medida de la capacidad de su población y sus instituciones, así como de sus condiciones ecológicas y geográficas. En concreto, el aumento de la capacidad abarca el potencial humano, científico, tecnológico, organizativo, institucional y de recursos del país. Uno de los objetivos fundamentales del aumento de la capacidad es fortalecer la capacidad de evaluar y abordar cuestiones de capital importancia relacionadas con las opciones de política y las modalidades de ejecución de las opciones de desarrollo, lo que entraña comprender las posibilidades y limitaciones del medio ambiente y las necesidades que la población del país de que se trate considere como propias. En consecuencia, todos los países tienen necesidad de fortalecer su capacidad nacional. 

37.2. El aumento de la capacidad endógena de ejecutar la Agenda 21 exigirá un esfuerzo por parte de los propios países en cooperación con las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y con los países desarrollados. La comunidad internacional, en los planos nacional, subregional y regional, así como de las municipalidades, las organizaciones no gubernamentales, las universidades y centros de investigación y las empresas y otras instituciones y organizaciones privadas, también podría prestar asistencia en este empeño. Es esencial que cada país determine sus prioridades, así como los medios para aumentar su capacidad de ejecutar la Agenda 21, teniendo en cuenta sus necesidades ambientales y económicas. Los conocimientos prácticos, especializados y técnicos a nivel individual e institucional son necesarios para el desarrollo de las instituciones, el análisis de políticas y la ordenación del desarrollo, incluida la evaluación de modalidades de acción alternativas con miras a mejorar el acceso a la tecnología y la transferencia de esta y a fomentar el desarrollo económicos. La cooperación técnica, incluida la que se refiere a la transferencia de tecnología y a los conocimientos técnicos, abarca toda una serie de actividades encaminadas a desarrollar o fortalecer las capacidades individuales y de grupo. Debería utilizarse para aumentar la capacidad a largo plazo y debería ser administrada y coordinada por los propios países. La cooperación técnica, incluida la que se relaciona con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, es efectiva únicamente cuando se vincula desde su origen a las estrategias y prioridades en materia de medio ambiente y desarrollo que tiene cada país y cuando los organismos de desarrollo y los gobiernos definen políticas y procedimientos mejores y más coherentes para prestar apoyo a ese proceso. 

Objetivos 

37.3. Los objetivos generales del aumento de la capacidad endógena en esta área de programas son desarrollar y mejorar las capacidades nacionales y las capacidades subregionales y regionales conexas de desarrollo sostenible, con la participación de los sectores no gubernamentales. El programa podría prestar asistencia mediante las actividades siguientes: 

(a) La puesta en marcha de un proceso constante de participación para determinar las necesidades y prioridades de los países en relación con el fomento de la Agenda 21 y para asignar importancia al desarrollo de los recursos humanos técnicos y profesionales y al desarrollo de las capacidades e infraestructuras institucionales que figuren en el programa de los países, habida cuenta del potencial para el uso óptimo de los recursos humanos existentes, así como el mejoramiento de la eficacia de las instituciones existentes y de las organizaciones no gubernamentales, incluidas las instituciones científicas y tecnológicas. 

(b) La reorientación, con una nueva determinación de prioridades, de la cooperación técnica, incluida la relacionada con el proceso de transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, prestando atención a las condiciones concretas y a las necesidades específicas de los receptores, al mismo tiempo que se mejora la coordinación entre quienes prestan apoyo a los programas de acción de los propios países. Esta coordinación debería extenderse también a las organizaciones no gubernamentales y a las instituciones científicas y tecnológicas y, en su caso, al comercio y a la industria. 

(c) La modificación de la perspectiva cronológica de la planificación y la ejecución de los programas, con miras al desarrollo y el fortalecimiento de las estructuras institucionales para mejorar su capacidad de responder a las nuevas cuestiones que se planteen a largo plazo y no solo a los problemas de carácter inmediato. 

(d) El mejoramiento y la reorientación de las instituciones internacionales multilaterales existentes que se ocupan de cuestiones relacionadas con el medio ambiente o el desarrollo para asegurar que esas instituciones dispongan del potencial y la capacidad necesarias para integrar el medio ambiente y el desarrollo. 

(e) El mejoramiento de la capacidad y el potencial institucionales, tanto públicos como privados, para evaluar el impacto ambiental de todos los proyectos de desarrollo. 

37.4. Entre los objetivos concretos cabe mencionar los siguientes: 

(a) Cada país debería procurar tener ultimado, tan pronto como fuera posible y preferiblemente antes de 1994, un examen de sus necesidades relativas al aumento de la capacidad y el potencial para elaborar estrategias nacionales de desarrollo sostenible, incluidas las relacionadas con la preparación y ejecución de su propio programa de acción en relación con la Agenda 21. 

(b) Para 1997, el Secretario General debería presentar a la Asamblea General un informe sobre el mejoramiento de las políticas, los sistemas de coordinación y los procedimientos para fortalecer la ejecución de los programas de cooperación técnica para el desarrollo sostenible y las medidas adicionales necesarias para reforzar esa cooperación. Ese informe debería elaborarse sobre la base de la información proporcionada por los países, las organizaciones internacionales, las instituciones que se ocupan del medio ambiente y del desarrollo, las instituciones donantes y los asociados no gubernamentales. 

Actividades 

(a) Desarrollo de un consenso nacional y formulación de estrategias de aumento de la capacidad para ejecutar la Agenda 21 

37.5. En el marco de la planificación general, es importante que todos los países propicien un consenso nacional a todos los niveles de la sociedad en relación con las políticas y los programas necesarios para aumentar a corto y a largo plazo su capacidad de ejecutar la parte que les corresponda de la Agenda 21. Ese consenso debe ser fruto de un dialogo entre los grupos de intereses pertinentes y debe permitir que se determinen las carencias de conocimientos especializados, las capacidades y los potenciales institucionales y las necesidades tecnológicas, científicas y de recursos a las que es preciso atender para mejorar los conocimientos y la ordenación ambientales a fin de integrar las actividades relativas al medio ambiente y al desarrollo. El PNUD, en colaboración con los organismos especializados pertinentes y otras organizaciones internacionales, tanto intergubernamentales como no gubernamentales, podría prestar asistencia, a petición de los gobiernos, para determinar las necesidades de cooperación técnica, incluidas las relacionadas con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, y de asistencia para el desarrollo con miras a la ejecución de la Agenda 21. El proceso de planificación nacional, combinado en su caso con las estrategias o planes de acción nacionales para el desarrollo sostenible, debería proporcionar el marco de esa cooperación y asistencia. El PNUD, debería utilizar y mejorar su red de oficinas exteriores y su amplio mandato para prestar asistencia, basándose en su experiencia en la esfera de la cooperación técnica, para facilitar el aumento de la capacidad en los planos nacional y regional y recurriendo plenamente a la experiencia de otros órganos, en particular el PNUMA, el Banco Mundial y las comisiones y bancos de desarrollo regionales, así como las organizaciones internacionales pertinentes, tanto intergubernamentales como no gubernamentales. 

(b) Determinación de las fuentes nacionales y formulación de solicitudes de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, en el marco de estrategias sectoriales 

37.6. Los países que deseen concertar acuerdos de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, con organizaciones internacionales e instituciones donantes deberían formular solicitudes al respecto en el marco de estrategias a largo plazo encaminadas a aumentar la capacidad de determinados sectores o subsectores. En las estrategias se deberían tener en cuenta, según proceda, los ajustes en las políticas que se habrán de realizar, las cuestiones presupuestarias, la cooperación y coordinación entre las instituciones y las necesidades de recursos humanos, tecnología y equipo científico. Deberían tenerse presentes las necesidades de los sectores público y privado y debería considerarse la posibilidad de fortalecer los programas de capacitación y educación científica y de investigación, incluida la capacitación en los países desarrollados y el fortalecimiento de centros de estudios superiores en los países en desarrollo. Los países podrían designar y fortalecer un órgano central que se encargara de organizar y coordinar la cooperación técnica, que se enmarcaría dentro del proceso de fijación de prioridades y asignación de recursos. 

(c) Establecimiento de un mecanismo de examen de la cooperación técnica en relación con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos 

37.7. Los donantes y receptores, las organizaciones e instituciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones públicas y privadas internacionales deberían examinar el desarrollo del proceso de cooperación en lo tocante a las actividades de cooperación técnica, incluida la relativa a la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, vinculadas al desarrollo sostenible. Para facilitar ese proceso, y teniendo en cuenta la labor realizada por el PNUD y otras organizaciones en preparación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el Secretario General podría celebrar consultas con los países en desarrollo, las organizaciones regionales, las organizaciones e instituciones del sistema de las Naciones Unidas, incluidas las comisiones regionales, y los organismos multilaterales y bilaterales que se ocupan de la ayuda y del medio ambiente, con miras a seguir fortaleciendo la capacidad endógena de los países y mejorar el proceso de la cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos. El examen debería incluir los siguientes aspectos: 

(a) La evaluación de la capacidad y el potencial existentes para la ordenación integrada del medio ambiente y el desarrollo, incluidos el potencial y la capacidad técnicos, tecnológicos e institucionales, así como los servicios para evaluar el impacto ambiental de los proyectos de desarrollo; y la evaluación de la capacidad de atender a las necesidades de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, de la Agenda 21 y de las convenciones mundiales relativas al cambio climático y a la diversidad biológica y de actuar en consonancia con esas necesidades. 

(b) La evaluación del modo en que las actividades en curso de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, contribuyen al fortalecimiento y al mejoramiento de la capacidad y el potencial nacionales para la ordenación integrada del medio ambiente y el desarrollo y la evaluación de los medios de mejorar la calidad de la cooperación técnica internacional, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos. 

(c) Una estrategia para emprender una actuación encaminada al mejoramiento de la capacidad y el potencial en que se reconozca la necesidad de una integración operacional del medio ambiente y el desarrollo con compromisos a más largo plazo y que se base en el conjunto de los programas nacionales establecidos por cada país mediante un proceso de participación. 

(d) La posibilidad de recurrir con más frecuencia a acuerdos de cooperación a largo plazo entre municipalidades, organizaciones no gubernamentales, universidades, centros de capacitación e investigación, empresas e instituciones públicas y privadas con asociados de otros países o de los mismos países o regiones. A este respecto, se deberían evaluar programas como las redes para un desarrollo sostenible del PNUD. 

(e) El fortalecimiento de la sostenibilidad de los proyectos, de manera que en el diseño original del proyecto se tengan en cuenta el impacto ambiental, los costos para atender al desarrollo de las instituciones y de los recursos humanos y a las necesidades tanto tecnológicas como financieras y de organización por concepto de ejecución y mantenimiento. 

(f) El mejoramiento de la cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos y los procesos de gestión, prestando una mayor atención al aumento de la capacidad y el potencial como parte integrante de las estrategias de desarrollo sostenible para programas de medio ambiente y desarrollo, tanto en los procesos de coordinación de los países, como las reuniones de grupos consultivos y las mesas redondas, como en los mecanismos de coordinación sectorial, a los efectos de que los países en desarrollo puedan intervenir activamente en la obtención de asistencia procedente de diversas fuentes. 

(d) Intensificación de la contribución técnica y colectiva del sistema de las Naciones Unidas a las iniciativas de aumento de la capacidad y del potencial 

37.8. Las organizaciones, órganos e instituciones del sistema de las Naciones Unidas, en colaboración con otras organizaciones internacionales y regionales y los sectores público y privado podrían, según proceda, fortalecer sus actividades conjuntas de cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, para abordar cuestiones relacionadas con el tema del medio ambiente y el desarrollo y para fomentar la coherencia y la compatibilidad de las medidas que tomen. Las organizaciones podrían prestar asistencia y apoyo a los países que lo soliciten, particularmente a los países menos adelantados, sobre cuestiones relacionadas con sus políticas nacionales de medio ambiente y desarrollo, el desarrollo de los recursos humanos y el envío de expertos, la legislación, los recursos naturales y los datos sobre el medio ambiente. 

37.9. El PNUD, el Banco Mundial y los bancos regionales multilaterales de desarrollo, en el contexto de su participación en los mecanismos nacionales y regionales de coordinación, deberían prestar asistencia para facilitar las actividades de aumento de la capacidad y el potencial en el plano nacional, basándose en la experiencia concreta y en la capacidad operacional del PNUMA en la esfera del medio ambiente, así como de los organismos especializados y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales en sus respectivas esferas de competencia. Para este fin, el PNUD debería movilizar fondos para actividades de aumento de la capacidad y el potencial, valiéndose para ello de su red de oficinas exteriores y de su amplio mandato y experiencia en el ámbito de la cooperación técnica, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos. El PNUD, junto con esas organizaciones internacionales, debería al mismo tiempo continuar desarrollando procesos consultivos para mejorar la movilización y coordinación de fondos de la comunidad internacional para el aumento de la capacidad y el potencial, incluido el establecimiento de una base de datos adecuada. Puede ser necesario que esas funciones adicionales vayan acompañadas de un fortalecimiento de la capacidad del PNUD. 

37.10. Con la asistencia de los representantes residentes del PNUD y de los representantes del PNUMA, la entidad nacional encargada de la cooperación técnica debería constituir un pequeño grupo de personas que se encargaran de encauzar el proceso, teniendo especialmente en cuenta las estrategias y prioridades del país. La experiencia obtenida gracias a las actividades de planificación existentes, como los informes nacionales para la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, las estrategias nacionales de conservación y los planes de acción para el medio ambiente, deberían utilizarse plenamente e incorporarse en una estrategia de desarrollo sostenible, impulsada por el propio país y basada en la participación. Ello se complementaria con redes de información y consultas con las organizaciones donantes con objeto de mejorar la coordinación y el acceso al conjunto de conocimientos científicos y técnicos existentes y a la información de que dispongan otras instituciones. 

(e) Armonización de la prestación de asistencia en el plano regional 

37.11. En el plano regional, las organizaciones existentes deberían considerar la conveniencia de mejorar los procesos consultivos y las mesas redondas regionales y subregionales para facilitar el intercambio de datos, información y experiencia con miras a la ejecución de la Agenda 21. Sobre la base de los resultados de los estudios regionales acerca del aumento de la capacidad que esas organizaciones regionales hayan realizado por iniciativa de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, y en colaboración con las organizaciones regionales, subregionales o nacionales existentes que tengan posibilidades de llevar a cabo actividades de coordinación regional, el PNUD debería efectuar una aportación importante con este propósito. El organismo nacional pertinente debería establecer un mecanismo directivo. Con asistencia de las organizaciones regionales pertinentes y la participación de los bancos de desarrollo, los organismos de ayuda bilateral y las organizaciones no gubernamentales, habría que establecer un mecanismo de revisión periódica entre los países de la región. Otra posibilidad es el establecimiento de mecanismos nacionales y regionales de investigación y capacitación, sobre la base de las instituciones regionales y subregionales existentes. 

Medios de ejecución

Financiación y evaluación de los costos 

37.12. Los costos de la cooperación técnica bilateral que se presta a los países en desarrollo, incluida la relacionada con la transferencia de tecnología y los conocimientos técnicos, ascienden a unos 15 mil millones de dólares, lo que equivale a aproximadamente el 25% del total de la asistencia oficial para el desarrollo. La ejecución de la Agenda 21 exigirá una utilización más eficaz de esos fondos y financiación adicional para áreas clave. 

37.13. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este capítulo será de unos 300 a 1.000 millones de dólares que la comunidad internacional suministrara a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

Capítulo 38 

ARREGLOS INSTITUCIONALES INTERNACIONALES 

Bases para la acción 

38.1. El mandato de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo dimana de la resolución 44/228 de la Asamblea General, en la que esta, entre otras cosas, afirmó que la Conferencia debía elaborar estrategias y medidas para detener e invertir los efectos de la degradación del medio ambiente en el contexto de la intensificación de esfuerzos nacionales e internacionales para promover un desarrollo sostenible y ecológicamente racional en todos los países y que la promoción del crecimiento económico en los países en desarrollo era fundamental para abordar los problemas de la degradación ambiental. El proceso de seguimiento a nivel intergubernamental de las actividades a que de lugar la Conferencia se desarrollara en el marco del sistema de las Naciones Unidas y la Asamblea General será el foro normativo supremo encargado de proporcionar una orientación general a los gobiernos, al sistema de las Naciones Unidas y a los órganos pertinentes creados en virtud de tratados. Al mismo tiempo, los gobiernos, así como las organizaciones regionales de cooperación económica y técnica, deberán desempeñar un papel importante en el seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia. Sus compromisos y acciones deberán ser debidamente apoyados por el sistema de las Naciones Unidas y por las organizaciones financieras internacionales. De esta forma, habrá una relación de beneficio mutuo entre los esfuerzos nacionales y los internacionales. 

38.2. En el cumplimiento del mandato de la Conferencia se necesitan arreglos institucionales dentro del sistema de las Naciones Unidas que se ajusten y contribuyan a la reestructuración y revitalización de las Naciones Unidas en las esferas económica, social y otras esferas conexas y a la reforma general de las Naciones Unidas, incluidos los cambios que se están introduciendo en la Secretaría. Para atenerse al espíritu de reforma y revitalización del sistema de las Naciones Unidas, la ejecución de la Agenda 21 y la aplicación de otras conclusiones de la Conferencia deberán hacerse con un criterio orientado hacia la acción y hacia los resultados prácticos, y ser consecuentes con los principios de universalidad, democracia, transparencia, eficacia en función de los costos y responsabilidad. 

38.3. El sistema de las Naciones Unidas, con su capacidad multisectorial y la amplia experiencia de una serie de organismos especializados en diversas esferas de la cooperación internacional en el ámbito del medio ambiente y el desarrollo, esta en una posición inigualable para ayudar a los gobiernos a establecer pautas más eficaces de desarrollo económico y social a fin de alcanzar los objetivos de la Agenda 21 y el desarrollo sostenible. 

38.4. Todos los organismos del sistema de las Naciones Unidas tienen un cometido clave que desempeñar en la ejecución de la Agenda 21 dentro de sus respectivas esferas de competencia. Para lograr la debida coordinación y evitar la duplicación de esfuerzos en la ejecución de la Agenda 21, debera existir una división de trabajo eficaz entre los diversos componentes del sistema de las Naciones Unidas, basada en sus mandatos y en sus ventajas comparativas. Los Estados Miembros, por conducto de los órganos rectores pertinentes, están en condiciones de garantizar que esas tareas se realicen debidamente. Para facilitar la evaluación de la actuación de los organismos y promover el conocimiento de sus actividades, debería exigirse a todos los órganos del sistema de las Naciones Unidas que elaborasen y publicasen períodicamente informes de sus actividades relacionadas con la ejecución de la Agenda 21. También será necesario hacer exámenes concienzudos y continuos de sus políticas, programas, presupuestos y actividades. 

38.5. En la ejecución de la Agenda 21 es importante la participación ininterrumpida, activa y eficaz de las organizaciones no gubernamentales, la comunidad científica y el sector privado, así como de los grupos y comunidades locales. 

38.6. La estructura institucional que se propone más adelante exigirá llegar a un acuerdo sobre los recursos y mecanismos financieros, la transferencia de tecnología, la Declaración de Río y la Agenda 21. Por otra parte, debera existir un vínculo efectivo entre las medidas sustantivas y el apoyo financiero, lo que exigirá una cooperación estrecha y eficaz y el intercambio de información entre el sistema de las Naciones Unidas y las instituciones financieras multilaterales para el seguimiento de la ejecución de la Agenda 21 dentro del mecanismo institucional. 

Objetivos 

38.7. El objetivo general es la integración de las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo en los planos nacional, subregional, regional e internacional, incluidos los arreglos institucionales en el sistema de las Naciones Unidas. 

38.8. Los objetivos específicos serán: 

(a) Examinar y garantizar la ejecución de la Agenda 21 de modo de alcanzar un desarrollo sostenible en todos los países. 

(b) Realzar el cometido y funcionamiento del sistema de las Naciones Unidas en la esfera del medio ambiente y el desarrollo. Todos los organismos, organizaciones y programas pertinentes del sistema de las Naciones Unidas deberían adoptar programas concretos para la ejecución de la Agenda 21 y, en sus respectivas esferas de competencia, proporcionar orientación en materia de política para las actividades de las Naciones Unidas o asesoramiento a los gobiernos, a su solicitud. 

(c) Fortalecer, en el sistema de las Naciones Unidas, la cooperación y la coordinación en materia de medio ambiente y desarrollo. 

(d) Fomentar la interacción y la cooperación entre el sistema de las Naciones Unidas y otras instituciones intergubernamentales y no gubernamentales de ámbito subregional, regional y mundial en la esfera del medio ambiente y el desarrollo. 

(e) Fortalecer la capacidad y los arreglos institucionales necesarios para la ejecución, el seguimiento y el examen eficaces de la Agenda 21. 

(f) Asistir al fortalecimiento y la coordinación de la capacidad y la acción a nivel nacional, subregional y regional en las esferas del medio ambiente y el desarrollo. 

(g) Establecer una cooperación y un intercambio de información eficaces entre los órganos, organizaciones y programas de las Naciones Unidas y los organismos financieros multilaterales, dentro de los arreglos institucionales necesarios para el seguimiento de la ejecución de la Agenda 21. 

(h) Atender a los problemas, existentes o incipientes, relativos al medio ambiente y el desarrollo. 

(i) Velar por que los nuevos arreglos institucionales sean conducentes a la revitalización, la clara división de responsabilidades y la evitación de la duplicación de esfuerzos en el sistema de las Naciones Unidas y dependan, en la mayor medida posible, de recursos ya existentes. 

ESTRUCTURA INSTITUCIONAL 

A. ASAMBLEA GENERAL

38.9. La Asamblea General, por ser el mecanismo intergubernamental de más alto nivel, es el principal órgano normativo y de evaluación de las cuestiones relativas a las actividades a que de lugar la Conferencia. La Asamblea organizaría exámenes periódicos de la ejecución de la Agenda 21. En el cumplimiento de esa tarea, la Asamblea podría considerar la cuestión de las fechas, la estructura y los aspectos de organización de tales exámenes. En particular, la Asamblea podría estudiar la posibilidad de convocar un período extraordinario de sesiones, a más tardar en 1997, para hacer un examen y una evaluación generales de la Agenda 21, con los correspondientes preparativos a alto nivel. 

B. CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL 

38.10. El Consejo Económico y Social, en el contexto de la función que le encomienda la Carta en relación con la Asamblea General y de la actual reestructuración y revitalización de las Naciones Unidas en las esferas económica y social y esferas conexas, ayudaría a la Asamblea General mediante la supervisión de la coordinación, a nivel de todo el sistema, de la ejecución de la Agenda 21 y la formulación de recomendaciones en tal sentido. Además, el Consejo dirigiría la coordinación e integración, a nivel de todo el sistema, de los aspectos de las políticas y los programas de las Naciones Unidas relacionados con el medio ambiente y el desarrollo y formularía recomendaciones apropiadas a la Asamblea General, a los organismos especializados interesados y a los Estados Miembros. Deberían tomarse las medidas necesarias para recibir informes periódicos de los organismos especializados acerca de sus planes y programas relativos a la ejecución de la Agenda 21, conforme a lo dispuesto en el Articulo 64 de la Carta de las Naciones Unidas. El Consejo Económico y Social debería organizar exámenes periódicos de la labor de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible a que se hace referencia en el párrafo 38.11, así como de las actividades realizadas a nivel de todo el sistema para integrar el medio ambiente y el desarrollo, haciendo pleno uso de sus series de sesiones de alto nivel y de coordinación. 

C. COMISION SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE 

38.11. Para velar por el seguimiento eficaz de las actividades a que de lugar la Conferencia, así como para intensificar la cooperación internacional y racionalizar la capacidad intergubernamental de adopción de decisiones encaminadas a la integración de las cuestiones relacionadas con el medio ambiente y el desarrollo, y para examinar los avances realizados en la ejecución de la Agenda 21 en los planos nacional, regional e internacional, debería establecerse una comisión de alto nivel sobre el desarrollo sostenible de conformidad con el Articulo 68 de la Carta de las Naciones Unidas. La Comisión sobre el Desarrollo Sostenible rendiría cuentas al Consejo Económico y Social en el contexto de la función que corresponde al Consejo, en virtud de la Carta, en relación con la Asamblea General. La Comisión estaría integrada por representantes de los Estados elegidos miembros teniendo debidamente en cuenta la distribución geográfica equitativa. Los representantes de los Estados no miembros de la Comisión tendrían calidad de observadores. La Comisión permitiría la participación activa de los órganos, programas y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales y otras organizaciones intergubernamentales pertinentes, y fomentaría la participación de las organizaciones no gubernamentales, incluidas la industria y los círculos empresariales científicos. La primera reunión de la Comisión debería convocarse a más tardar en 1993. La Comisión debería recibir el apoyo de Secretaría previsto en el párrafo 38.19. Entretanto, se pide al Secretario General de las Naciones Unidas que establezca, con carácter provisional, los arreglos administrativos de Secretaría que corresponda. 

38.12. La Asamblea General, en su cuadragésimo séptimo período de sesiones, debería determinar las modalidades concretas de organización de la labor de la Comisión, como su composición, su relación con los demás órganos intergubernamentales de las Naciones Unidas que se ocupan de cuestiones relacionadas con el medio ambiente y el desarrollo, y la frecuencia, la duración y el lugar de celebración de sus reuniones. Esas modalidades deberían tener en cuenta el proceso actual de revitalización y reestructuración de la labor de las Naciones Unidas en las esferas económica y social y esferas conexas, particularmente las medidas recomendadas en las resoluciones 45/264, de 13 de mayo de 1991, y 46/235, de 13 de abril de 1992, de la Asamblea General y en otras resoluciones pertinentes de la Asamblea. A este respecto, se pide al Secretario General de las Naciones Unidas que, con la asistencia del Secretario General de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, prepare un informe con recomendaciones y propuestas apropiadas para su presentación a la Asamblea. 

38.13. La Comisión sobre el Desarrollo Sostenible debería desempeñar las funciones siguientes: 

(a) Vigilar los progresos que se realicen en la ejecución de la Agenda y de las actividades relacionadas con la integración de los objetivos del medio ambiente y el desarrollo en todo el sistema de las Naciones Unidas mediante el análisis y la evaluación de informes de todos los órganos, organizaciones, programas e instituciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas que se ocupan de diversas cuestiones del medio ambiente y el desarrollo, incluidas las relacionadas con la financiación. 

(b) Examinar la información que presenten los gobiernos, incluida, por ejemplo, la información proporcionada en forma de comunicaciones periódicas o informes nacionales sobre las actividades que lleven a cabo para ejecutar la Agenda 21, los problemas con que se enfrenten, como los problemas relacionados con los recursos financieros y la transferencia de tecnología, y otras cuestiones relativas al medio ambiente y al desarrollo que estimen pertinentes. 

(c) Examinar los progresos que se realicen en el cumplimiento de los compromisos enunciados en la Agenda 21, incluidos los relacionados con el suministro de recursos financieros y la transferencia de tecnología. 

(d) Recibir y analizar la información pertinente y las respuestas de organizaciones no gubernamentales competentes, incluidos los sectores científico y privado, en el contexto de la ejecución general de la Agenda 21. 

(e) Fomentar el dialogo, en el marco de las Naciones Unidas, con las organizaciones no gubernamentales y el sector independiente, así como con otras entidades ajenas al sistema de las Naciones Unidas. 

(f) Examinar, cuando proceda, la información relativa a los progresos realizados en la aplicación de las convenciones sobre el medio ambiente que puedan facilitar las correspondientes conferencias de las partes. 

(g) Presentar recomendaciones apropiadas a la Asamblea General, por conducto del Consejo Económico y Social, sobre la base de un examen integrado de los informes y las cuestiones relacionados con la ejecución de la Agenda 21. 

(h) Estudiar, en un momento apropiado, los resultados del examen que habrá de hacer sin demora el Secretario General de todas las recomendaciones de la Conferencia respecto de los programas de aumento de la capacidad, redes de información, grupos de tareas y otros mecanismos destinados a apoyar la integración del medio ambiente y el desarrollo en los planos regional y subregional. 

38.14. En el marco intergubernamental, debería estudiarse la posibilidad de permitir que las organizaciones no gubernamentales - incluidas las ligadas a grupos importantes, sobre todo grupos de mujeres - comprometidas a contribuir a la ejecución de la Agenda 21 tengan acceso a la información pertinente, incluidos los informes, la información y otros datos que se preparen en el sistema de las Naciones Unidas.

D. EL SECRETARIO GENERAL 

38.15. Es imprescindible que el Secretario General ejerza una dirección firme y eficaz, ya que seria el coordinador de los arreglos institucionales del sistema de las Naciones Unidas para llevar adelante en forma satisfactoria las actividades a que de lugar la Conferencia y para ejecutar la Agenda 21. 

E. MECANISMO INTERINSTITUCIONAL DE COORDINACION DE ALTO NIVEL 

38.16. Al servir de base para los esfuerzos de la comunidad internacional encaminados a integrar el medio ambiente y el desarrollo, la Agenda 21 debería constituir el marco principal para la coordinación de las actividades pertinentes en el sistema de las Naciones Unidas. A fin de velar por la vigilancia, coordinación y supervisión eficaces de la participación del sistema de las Naciones Unidas en el proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia, es necesario un mecanismo de coordinación cuyo liderazgo sea ejercido directamente por el Secretario General. 

38.17. Esta tarea debería encomendarse al Comité Administrativo de Coordinación (CAC), presidido por el Secretario General. De este modo, el CAC constituiría un enlace y medio de comunicación fundamental entre las instituciones financieras multilaterales y otros órganos de las Naciones Unidas al más alto nivel administrativo. El Secretario General debería continuar revitalizando el funcionamiento del Comité. Se preve que todos los jefes de los organismos y las instituciones del sistema de las Naciones Unidas cooperen plenamente con el Secretario General a fin de que el CAC pueda cumplir eficazmente su cometido fundamental y lograr la ejecución satisfactoria de la Agenda 21. El CAC debería considerar la posibilidad de establecer un grupo de tareas, subcomité o junta de desarrollo sostenible especial, teniendo en cuenta la experiencia de los oficiales designados para cuestiones ambientales y del Comité sobre el Medio Ambiente de las Instituciones Internacionales para el Desarrollo, así como las funciones respectivas del PNUMA y el PNUD. Su informe debería presentarse a los órganos intergubernamentales pertinentes. 

F. ORGANO CONSULTIVO DE ALTO NIVEL 

38.18. Los órganos intergubernamentales, el Secretario General y el sistema de las Naciones Unidas en su totalidad podrían beneficiarse también de los conocimientos de una junta consultiva de alto nivel integrada por personas eminentes que conocieran los temas del medio ambiente y el desarrollo, con inclusión de las ciencias correspondientes, y que fueran designadas por el Secretario General a título personal. A este respecto, el Secretario General debería hacer las recomendaciones pertinentes a la Asamblea General en su cuadragésimo séptimo período de sesiones. 

G. ESTRUCTURA DE APOYO DE SECRETARIA 

38.19. Para el seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia y la ejecución de la Agenda 21 es indispensable contar, en la Secretaría de las Naciones Unidas, con una estructura de apoyo de Secretaría integrada por personal altamente calificado y competente que, entre otras cosas, aproveche la experiencia obtenida en el proceso preparatorio de la Conferencia. Esa estructura debería apoyar la labor de los mecanismos intergubernamentales y los mecanismos interinstitucionales de coordinación. Las decisiones sobre las medidas concretas para organizar tal estructura corresponden al Secretario General en su calidad de más alto funcionario administrativo de la Organización, a quien se pide que presente lo antes posible un informe sobre las disposiciones que habrá que adoptar, incluidas las referentes a la dotación de personal, teniendo en cuenta la importancia de mantener un equilibrio apropiado en la contratación de hombres y mujeres, en la forma definida en el Articulo 8 de la Carta de las Naciones Unidas, y la necesidad de aprovechar de manera óptima los recursos en el contexto de la reestructuración actual de la Secretaría de las Naciones Unidas. 

H. ORGANOS, PROGRAMAS Y ORGANIZACIONES DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS 

38.20. En el proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia, en particular en la ejecución de la Agenda 21, todos los órganos, programas y organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas tendrán una importante función que desempeñar, con arreglo a sus respectivos mandatos y en sus respectivas esferas de competencia, para apoyar y complementar las actividades nacionales. La coordinación y el carácter complementario de sus actividades para fomentar la integración del medio ambiente y el desarrollo se podran acrecentar si se alienta a los países a mantener posiciones coherentes en los diversos órganos rectores. 

1. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente 

38.21. En el proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia será necesario que el PNUMA y su Consejo de Administración amplíen y fortalezcan sus funciones. El Consejo de Administración, de conformidad con su mandato, debería seguir desempeñando la función que le corresponde respecto de la orientación normativa y la coordinación en la esfera del medio ambiente, teniendo en cuenta la perspectiva del desarrollo. 

38.22. Las esferas prioritarias en que el PNUMA debería concentrarse incluyen las siguientes: 

(a) Fortalecimiento de su función catalítica para el fomento y la promoción, en todo el sistema de las Naciones Unidas, de actividades y estudios en la esfera del medio ambiente.

(b) Promoción de la cooperación internacional en la esfera del medio ambiente y recomendación, según proceda, de políticas con ese fin. 

(c) Desarrollo de técnicas tales como la contabilidad de los recursos naturales y de disciplina tales como la económica ambiental, y fomento de su utilización. 

(d) Vigilancia y evaluación del medio ambiente, tanto mediante una mayor participación de los organismos del sistema de las Naciones Unidas en el programa de Vigilancia Mundial como mediante la ampliación de relaciones con institutos de investigación privados, científicos y no gubernamentales; fortalecimiento y puesta en funcionamiento de su sistema de alerta temprano. 

(e) Coordinación y fomento de las investigaciones científicas pertinentes a fin de establecer una base consolidada para la adopción de decisiones. 

(f) Difusión de información y datos sobre el medio ambiente a los gobiernos y a los órganos, programas y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas. 

(g) Logro de una mayor sensibilización y acción general en la esfera de la protección ambiental mediante la cooperación con el público en general, las entidades no gubernamentales y las instituciones intergubernamentales. 

(h) Mayor desarrollo del derecho internacional del medio ambiente, en particular de convenciones y directrices, promoción de su aplicación y desempeño de las funciones de coordinación derivadas del numero cada vez mayor de instrumentos jurídicos internacionales, lo que comprende el funcionamiento de las Secretarías de las convenciones, habida cuenta de la necesidad del uso más eficiente posible de los recursos, incluida la posibilidad de agrupar en el mismo lugar las Secretarías que se establezcan en el futuro. 

(i) Mayor desarrollo y promoción del uso más amplio posible de las evaluaciones del impacto ambiental, incluidas actividades con los auspicios de los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, y en relación con todo proyecto o actividad importante de desarrollo económico. 

(j) Facilitación del intercambio de información sobre tecnologías ecológicamente racionales, incluidos los aspectos jurídicos, y suministro de capacitación. 

(k) Promoción de la cooperación subregional y regional y la prestación de apoyo relativas a las medidas y los programas pertinentes de protección del medio ambiente, mediante, entre otras cosas, la aportación de una contribución sustancial a los mecanismos regionales que se designen en la esfera del medio ambiente para el seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia y el desempeño de una función importante de coordinación en dichos mecanismos. 

(l) Suministro de asesoramiento técnico, jurídico e nstitucional a los gobiernos, a su solicitud, para el establecimiento y el fortalecimiento de sus marcos jurídicos e institucionales nacionales, en particular conjuntamente con las actividades del PNUD encaminadas a aumentar la capacidad. 

(m) Prestación de apoyo a los gobiernos, a su solicitud, y a los organismos y órganos de desarrollo para la incorporación de los aspectos ambientales en sus políticas y programas de desarrollo, en particular mediante el suministro de asesoramiento sobre cuestiones ambientales, técnicas y de política durante la formulación y la ejecución de programas. 

(n) Aumento de las actividades de evaluación y de la asistencia en situaciones de emergencia relativas al medio ambiente. 

38.23. Para que pueda desempeñar todas estas funciones y mantener al mismo tiempo su función como principal órgano del sistema de las Naciones Unidas en la esfera del medio ambiente, y teniendo en cuenta los aspectos de desarrollo de las cuestiones ambientales, el PNUMA debería tener acceso a más conocimientos especializados y disponer de recursos financieros suficientes, y debería mantener una colaboración y una cooperación más estrechas con los órganos dedicados a actividades de desarrollo y con otros órganos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas. Además, habría que reforzar las oficinas regionales del PNUMA sin que se debilitara la sede de Nairobi y el PNUMA también debería tomar medidas para fortalecer su enlace e intensificar su interacción con el PNUD y el Banco Mundial. 

2. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo 

38.24. El PNUD, como el PNUMA, también debe desempeñar una función decisiva en el seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia. Mediante su red de oficinas exteriores, promovería la acción colectiva del sistema de las Naciones Unidas en apoyo de la ejecución de la Agenda 21 en los planos nacional, regional, interregional y mundial, para lo cual aprovecharía los conocimientos de los organismos especializados y de otras organizaciones y órganos de las Naciones Unidas dedicados a actividades operacionales. Es preciso fortalecer el papel del representante residente/coordinador residente del PNUD para coordinar las actividades operacionales sobre el terreno de las Naciones Unidas. 

38.25. La función del PNUD debería incluir lo siguiente: 

(a) Ser el organismo principal en lo tocante a la organización de las actividades del sistema de las Naciones Unidas encaminadas a mejorar la capacidad en los planos local, nacional y regional. 

(b) Movilizar, en nombre de los gobiernos, los recursos de donantes para el aumento de la capacidad de los países receptores y, cuando proceda, mediante las mesas redondas de donantes que organiza el PNUD. 

(c) Fortalecer sus propios programas en apoyo del proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia sin perjuicio del quinto ciclo de programación. 

(d) Ayudar a los países receptores, a su solicitud, a establecer o fortalecer mecanismos y redes nacionales de coordinación del proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia. 

(e) Ayudar a los países receptores, a su solicitud, a coordinar la movilización de recursos financieros internos. 

(f) Promover y fortalecer el papel y la participación de las mujeres, los jóvenes y otros grupos importantes de los países receptores en la ejecución de la Agenda 21. 

3. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo 

38.26. La UNCTAD debería desempeñar un papel importante en la ejecución de la Agenda 21, tal como fue ampliado en su octavo período de sesiones, teniendo en cuenta la importancia de la interrelación entre el desarrollo, el comercio internacional y el medio ambiente y de conformidad con su mandato en la esfera del desarrollo sostenible. 

4. Oficina de las Naciones Unidas para la Región Sudanosaheliana 

38.27. La función que desempeñe la Oficina de las Naciones Unidas para la Región Sudanosaheliana (ONURS) con los recursos adicionales que puedan ponerse a su disposición, bajo la egida del PNUD y con el apoyo del PNUMA, debería ampliarse para que la Oficina pueda desempeñar una función consultiva importante y apropiada y participar eficazmente en la ejecución de las disposiciones de la Agenda 21 relativas a la lucha contra la sequía y la desertificación y a la ordenación de los recursos de tierras. En este contexto, podrían aprovechar la experiencia adquirida todos los países afectados por la sequía y la desertificación, en particular los de Africa, y sobre todo los países más afectados o los clasificados como países menos adelantados. 

5. Organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y organizaciones afines y otras organizaciones intergubernamentales pertinentes 

38.28. Todos los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones afines y otras organizaciones intergubernamentales pertinentes en sus esferas respectivas de competencia tienen una importante función que desempeñar en la ejecución de las partes pertinentes de la Agenda 21 y otras decisiones de la Conferencia. Sus órganos rectores podran considerar el modo de fortalecer y ajustar las actividades y programas en armonía con la Agenda 21, particularmente con respecto a los proyectos de promoción del desarrollo sostenible. Además, podran considerar el establecimiento de arreglos especiales con los donantes y las instituciones financieras para la ejecución de proyectos que requieran recursos adicionales. 

I. Cooperación y ejecución en los planos regional y subregional 

38.29. La cooperación regional y subregional formara parte importante de los resultados de la Conferencia. Las comisiones regionales, los bancos regionales de desarrollo y las organizaciones regionales de cooperación económica y técnica, con sus mandatos convenidos respectivos, podran contribuir a ese proceso mediante: 

(a) La promoción del aumento de la capacidad regional y subregional. 

(b) El fomento de la integración de los aspectos ambientales en las políticas regionales y subregionales de desarrollo. 

(c) El fomento de la cooperación regional y subregional, cuando proceda, con respecto a cuestiones transfronterizas relacionadas con el desarrollo sostenible. 

38.30. Las comisiones regionales, según proceda, deberían asumir el liderazgo en la coordinación de las actividades regionales y subregionales de los órganos sectoriales y de otra índole de las Naciones Unidas y prestar a los países asistencia para el logro del desarrollo sostenible. Dichas comisiones y los programas regionales del sistema de las Naciones Unidas, juntamente con otras organizaciones regionales, deberían examinar la necesidad de modificar las actividades en curso, según proceda, a la luz de la Agenda 21. 

38.31. Debe haber una cooperación y colaboración estrecha entre las comisiones regionales y otras organizaciones pertinentes, los bancos regionales de desarrollo, las organizaciones no gubernamentales y otras instituciones en el plano regional. El PNUMA y el PNUD, juntamente con las comisiones regionales, tendrían una función esencial que desempeñar, particularmente en el suministro de la asistencia necesaria, haciendo hincapié en la creación o el aumento de la capacidad nacional de los Estados Miembros. 

38.32. Hay necesidad de una cooperación más estrecha entre el PNUMA y el PNUD, juntamente con otras instituciones pertinentes, en la ejecución de proyectos para contener la degradación del medio ambiente o sus efectos y para apoyar programas de capacitación en planificación y ordenación del medio ambiente con miras al desarrollo sostenible en el plano regional. 

38.33. Las organizaciones intergubernamentales regionales con fines técnicos y económicos tienen una importante función que desempeñar en la prestación de asistencia a los gobiernos para que tomen medidas coordinadas con el fin de resolver las cuestiones ambientales de importancia regional. 

38.34. Las organizaciones regionales y subregionales deberían desempeñar una importante función en la aplicación de las disposiciones de la Agenda 21 relacionadas con la lucha contra la sequía y la desertificación. El PNUMA, el PNUD y la ONURS deberían prestar asistencia a esas organizaciones y cooperar con ellas. 

38.35. Debería estimularse, cuando proceda, la cooperación entre las organizaciones regionales y subregionales y las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en otras esferas sectoriales. 

J. EJECUCION EN EL PLANO NACIONAL 

38.36. Corresponde a los Estados un cometido importante en el proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia y en la ejecución de la Agenda 21. Las actividades en el plano nacional deberían ser realizadas de manera integrada por todos los países para que las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo pudieran tratarse de manera coherente. 

38.37. El sistema de las Naciones Unidas debería apoyar, previa solicitud, las actividades y decisiones de carácter normativo en el plano nacional que estuvieran orientadas a sostener y ejecutar la Agenda 21. 

38.38. Además, los Estados podrían estudiar la posibilidad de preparar informes nacionales. En este contexto, los órganos del sistema de las Naciones Unidas deberían prestar asistencia, previa solicitud, a los países, particularmente a los países en desarrollo. Los países podrían también examinar la posibilidad de preparar planes nacionales de acción para la ejecución de la Agenda 21. 

38.39. Los consorcios, los grupos consultivos y las mesas redondas que se ocupen de las cuestiones relacionadas con la prestación de asistencia deberían hacer mayores esfuerzos para integrar las consideraciones ambientales y los objetivos de desarrollo conexos en sus estrategias de asistencia para el desarrollo y examinar la posibilidad de reorientar y ajustar de modo adecuado sus operaciones, así como su composición, a fin de facilitar ese proceso y apoyar más a fondo los esfuerzos nacionales para integrar el medio ambiente y el desarrollo. 

38.40. Los Estados podrían considerar la posibilidad de crear una estructura nacional encargada de coordinar el seguimiento de la ejecución de la Agenda 21. Esa estructura, que se beneficiaria de los conocimientos especializados de las organizaciones no gubernamentales, podría presentar a las Naciones Unidas información y otros materiales pertinentes. 

K. COOPERACION ENTRE LOS ORGANOS DE LAS NACIONES UNIDAS Y LAS ORGANIZACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES 

38.41. El éxito del seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia depende de la existencia de un vínculo efectivo entre las actividades sustantivas y el apoyo financiero, lo que a su vez requiere una cooperación estrecha y eficaz entre los órganos de las Naciones Unidas y las organizaciones financieras multilaterales. El Secretario General y los jefes de los programas y organizaciones de las Naciones Unidas y las organizaciones financieras multilaterales tienen una responsabilidad especial en el establecimiento de esa cooperación, no solo por conducto del mecanismo de coordinación de alto nivel de las Naciones Unidas (el Comité Administrativo de Coordinación), sino también en los planos regional y nacional. En particular, los representantes de los mecanismos e instituciones financieros multilaterales y del FIDA deberían participar activamente en las deliberaciones de la estructura intergubernamental encargada del seguimiento de la ejecución de la Agenda 21. 

L. ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES 

38.42. Las organizaciones y grupos importantes no gubernamentales son importantes copartícipes en la ejecución de la Agenda 21. Debería ofrecerse a las organizaciones no gubernamentales pertinentes, así como a la comunidad científica, el sector privado y los grupos de mujeres, la oportunidad de colaborar y establecer relaciones apropiadas con el sistema de las Naciones Unidas. Debería prestarse apoyo a las organizaciones no gubernamentales de los países en desarrollo y a sus redes autónomas. 

38.43. El sistema de las Naciones Unidas, incluidos los organismos internacionales de financiación y desarrollo, y todas las organizaciones y foros intergubernamentales, en consulta con las organizaciones no gubernamentales, deberían tomar medidas para: 

(a) Establecer medios accesibles y eficaces para lograr la participación de las organizaciones no gubernamentales, incluidas las relacionadas con agrupaciones importantes, en el proceso establecido para examinar y evaluar la ejecución de la Agenda 21 en todos los planos, y promover su contribución a ese proceso. 

(b) Tener en cuenta los resultados de los sistemas de examen y de los procesos de evaluación de las organizaciones no gubernamentales en los informes pertinentes del Secretario General a la Asamblea General y de todos los organismos de las Naciones Unidas y las organizaciones y foros intergubernamentales pertinentes relativos a la ejecución de la Agenda 21 de conformidad con el proceso de examen. 

38.44. Deberían establecerse procedimientos para que las organizaciones no gubernamentales, incluidas las relacionadas con agrupaciones importantes, pudieran desempeñar un papel más amplio, mediante un sistema de acreditación basado en los procedimientos utilizados en la Conferencia. Tales organizaciones deberían tener acceso a los informes y demás información elaborados por el sistema de las Naciones Unidas. La Asamblea General debería examinar en una fase temprana los medios de fomentar la participación de las organizaciones no gubernamentales en el marco del sistema de las Naciones Unidas, en relación con el proceso de seguimiento de las actividades a que de lugar la Conferencia. 

38.45. La Conferencia toma nota de otras iniciativas institucionales para la ejecución de la Agenda 21, como la propuesta de establecer un Consejo del Planeta Tierra de carácter no gubernamental y la propuesta de designar un tutor de las generaciones futuras, juntamente con otras iniciativas de los gobiernos locales y los sectores empresariales.

ACUERDOS AMBIENTALES INTERNACIONALES

Capítulo 39 

INSTRUMENTOS Y MECANISMOS JURIDICOS INTERNACIONALES 

Bases para la acción 

39.1. El reconocimiento de que deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos fundamentales de la elaboración de tratados de carácter universal, multilateral y bilateral: 

(a) El desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible, con especial atención al delicado equilibrio entre las preocupaciones ambientales y las relativas al desarrollo. 

(b) La necesidad de aclarar y reforzar la relación entre instrumentos o acuerdos internacionales existentes en la esfera del medio ambiente y los pertinentes acuerdos o instrumentos sociales y económicos, teniéndose en cuenta las necesidades especiales de los países en desarrollo. 

(c) En el plano mundial, la importancia fundamental de la participación y la contribución de todos los países, entre ellos los países en desarrollo, para la elaboración de tratados en la esfera del derecho internacional relativo al desarrollo sostenible. Muchos de los instrumentos y acuerdos jurídicos internacionales existentes en la esfera del medio ambiente se han elaborado sin una adecuada participación y contribución de los países en desarrollo, por lo que tal vez deban ser examinados para que reflejen plenamente las preocupaciones e intereses de los países en desarrollo y para garantizar el equilibrio del régimen de administración de esos instrumentos y acuerdos. 

(d) Se debería proporcionar asistencia técnica a los países en desarrollo en apoyo de sus esfuerzos por mejorar su capacidad legislativa nacional en la esfera del derecho ambiental. 

(e) En los futuros proyectos para el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional para el desarrollo sostenible se debería tener en cuenta la labor en curso de la Comisión de Derecho Internacional. 

(f) Toda negociación relativa al desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible debería efectuarse, por lo general, en forma universal, habida cuenta de las circunstancias especiales de las diversas regiones. 

Objetivos 

39.2. El objetivo general del examen y el desarrollo del derecho ambiental internacional debería ser evaluar y promover la eficacia de ese derecho y promover la integración de las políticas sobre el medio ambiente y el desarrollo mediante acuerdos o instrumentos internacionales eficaces en que se tuvieran en cuenta tanto los principios universales como las necesidades e intereses particulares y diferenciados de todos los países. 

39.3. Los objetivos concretos son: 

(a) Determinar y abordar las dificultades que impiden a algunos Estados, en particular a los países en desarrollo, ser partes en los acuerdos o instrumentos jurídicos internacionales o aplicarlos y, cuando sea del caso, examinarlos y revisarlos con el fin de integrar las cuestiones del medio ambiente y el desarrollo y de sentar bases solidas para la aplicación de dichos acuerdos o instrumentos. 

(b) Establecer prioridades para la futura elaboración de instrumentos legislativos sobre el desarrollo sostenible en los planos mundial, regional o subregional, con miras al aumento de la eficacia del derecho internacional en esa esfera mediante, en particular, la integración de consideraciones sobre el medio ambiente y el desarrollo. 

(c) Promover y apoyar la participación efectiva de todos los países interesados, en particular los países en desarrollo, en la negociación, la aplicación, el examen y el régimen de administración de los acuerdos o instrumentos internacionales, incluida la adecuada prestación de asistencia técnica y financiera y el recurso a otros mecanismos de que se disponga para esos fines, así como la utilización de obligaciones diferentes cuando proceda. 

(d) Promover, mediante el desarrollo progresivo de acuerdos o instrumentos negociados universal o multilateralmente, normas internacionales para la protección del medio ambiente que tengan en cuenta las diferentes situaciones y capacidades de los países. Los Estados reconocen que las políticas ambientales deberían hacer frente a las causas fundamentales de la degradación del medio ambiente, para prevenir de ese modo que las medidas redunden en restricciones innecesarias del comercio. Las medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción encubierta del comercio internacional. Se deberían evitar las medidas unilaterales para hacer frente a los problemas ambientales fuera de la jurisdicción de los países importadores. Las medidas que se adopten para resolver problemas ambientales internacionales deberían basarse, en lo posible, en un consenso internacional. Las medidas internas orientadas a lograr ciertos objetivos ambientales pueden requerir la adopción de medidas comerciales para que resulten eficaces. En caso de que fuera necesario adoptar medidas de política comercial para aplicar las políticas ambientales, se deberían aplicar ciertos principios y normas. Entre ellos podrían figurar el principio de no discriminación; el principio de que la medida comercial elegida debería ser la que aplicara el mínimo necesario de restricciones para lograr los objetivos; la obligación de velar por el uso transparente de las medidas comerciales relacionadas con el medio ambiente y de notificar debidamente sobre las normas nacionales; y la necesidad de tener en cuenta las condiciones especiales y las necesidades de desarrollo de los países en desarrollo a medida que avanzan hacia los objetivos ambientales convenidos a nivel internacional. 

(e) Velar por la aplicación plena y expedita de los instrumentos con fuerza legal y facilitar el examen y el ajuste oportunos de los acuerdos o instrumentos por las partes interesadas, teniendo en cuenta las necesidades e intereses especiales de todos los países, en particular de los países en desarrollo. 

(f) Mejorar la eficacia de las instituciones, los mecanismos y los procedimientos para la administración de acuerdos e instrumentos. 

(g) Determinar y evitar conflictos reales o en potencia, particularmente entre acuerdos o instrumentos en la esfera del medio ambiente y acuerdos o instrumentos en las esferas social y económica, con miras a velar por que esos acuerdos o instrumentos se refuercen mutuamente. Cuando surjan conflictos, se deberían resolver de manera apropiada. 

(h) Estudiar y examinar la posibilidad de ampliar y fortalecer la capacidad de los mecanismos, entre ellos los del sistema de las Naciones Unidas, para facilitar, cuando corresponda y cuando lo hayan convenido las partes interesadas, la determinación, la prevención y el arreglo de las controversias internacionales en la esfera del desarrollo sostenible, teniendo debidamente en cuenta los acuerdos bilaterales y multilaterales existentes para el arreglo de tales controversias. 

Actividades 

39.4. Las actividades y los medios de aplicación deberían considerarse a la luz de las bases para la acción y los objetivos expuestos, sin menoscabo del derecho de todos los Estados a presentar sugerencias al respecto en la Asamblea General. Esas sugerencias deberían reproducirse en una recopilación aparte sobre el desarrollo sostenible. 

A. EXAMEN, EVALUACION Y ESFERAS DE ACCION EN MATERIA DE DERECHO INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE 

39.5. Al tiempo que asegurasen la participación efectiva de todos los países interesados, las partes deberían examinar y evaluar periódicamente los resultados obtenidos y la eficacia de los acuerdos o instrumentos internacionales existentes, así como las prioridades para la elaboración de instrumentos jurídicos futuros sobre el desarrollo sostenible. Esto puede incluir un examen de la posibilidad de determinar los derechos y obligaciones de los Estados, según proceda, en la esfera del desarrollo sostenible, como se dispone en la resolución 44/228 de la Asamblea General. En ciertos casos se debería prestar atención a la posibilidad de tener en cuenta circunstancias diversas mediante la adopción de obligaciones diferentes o la aplicación gradual. Una posibilidad para el cumplimiento de esta tarea podría ser la práctica anterior del PNUMA, en virtud de la cual podrían reunirse expertos jurídicos designados por los gobiernos, a intervalos periódicos que se decidirían ulteriormente, con una perspectiva más amplia orientada hacia el medio ambiente y el desarrollo. 

39.6. Se debería considerar la posibilidad de tomar medidas acordes con el derecho internacional para hacer frente, en épocas de conflicto armado, a la destrucción en gran escala del medio ambiente que no pueda justificarse con arreglo al derecho internacional. La Asamblea General y su Sexta Comisión son los foros apropiados para tratar esta materia. Se deberían tener en cuenta la competencia y el papel concretos del Comité Internacional de la Cruz Roja. 

39.7. Habida cuenta de la necesidad fundamental de velar por la utilización sin riesgos y ecológicamente racional de la energía nuclear, y a fin de fortalecer la cooperación internacional en esta esfera, se deberían hacer esfuerzos por concluir las negociaciones en curso en relación con una convención sobre seguridad nuclear en el marco del Organismo Internacional de Energía Atómica. 

B. MECANISMOS DE APLICACION 

39.8. Las partes en acuerdos internacionales examinaran procedimientos y mecanismos adecuados para promover y verificar su aplicación eficaz, plena y expedita. A esos efectos, los Estados, entre otras cosas, podran: 

(a) Establecer sistemas eficaces y prácticos de presentación de informes sobre la aplicación eficaz, plena y expedita de los instrumentos jurídicos internacionales. 

(b) Examinar los medios apropiados en que los organismos internacionales pertinentes, como el PNUMA, podrían contribuir al perfeccionamiento ulterior de esos mecanismos. 

C. PARTICIPACION EFECTIVA EN LA ELABORACI0N DEL DERECHO INTERNACIONAL 

39.9. En todas estas actividades y en otras que se puedan emprender en el futuro, fundamentadas en las bases para la acción y los objetivos antes expuestos, se debería velar por la participación efectiva de todos los países, y en particular de los países en desarrollo, mediante la prestación de asistencia técnica y/o asistencia financieras adecuadas. Debería darse a los países en desarrollo un apoyo inicial, no solo en sus esfuerzos nacionales por aplicar los acuerdos o instrumentos internacionales, sino también para que participasen efectivamente en la negociación de acuerdos o instrumentos nuevos o revisados y en la aplicación internacional efectiva de dichos acuerdos o instrumentos. El apoyo debería incluir la asistencia para aumentar los conocimientos especializados en derecho internacional, particularmente en relación con el desarrollo sostenible, y el suministro de acceso a la información de referencia y a los conocimientos científicos y técnicos necesarios. 

D. CONTROVERSIAS EN LA ESFERA DEL DESARROLLO SOSTENIBLE 

39.10. En la esfera de la prevención y el arreglo de controversias, los Estados deberían estudiar y examinar en mayor profundidad métodos encaminados a ampliar y hacer más eficaz la gama de técnicas de que actualmente se dispone, teniendo en cuenta, entre otras cosas, la experiencia pertinente adquirida con los acuerdos, instrumentos o instituciones internacionales existentes y, cuando proceda, sus mecanismos de aplicación, tales como las modalidades para la prevención y el arreglo de controversias. Esto podra incluir mecanismos y procedimientos para el intercambio de datos de información, la notificación y la celebración de consultas con respecto a situaciones que pudieran dar origen a controversias con otros Estados en la esfera del desarrollo sostenible, y medios pacíficos y eficaces de solución de controversias de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, entre ellos, según proceda, el recursos a la Corte Internacional de Justicia y la inclusión de esos mecanismos y procedimientos en los tratados relativos al desarrollo sostenible.

Capítulo 40 

INFORMACION PARA LA ADOPCION DE DECISIONES 

INTRODUCCION 

40.1. En el desarrollo sostenible, cada persona es a la vez usuario y portador de información, considerada en un sentido amplio, que incluye datos, información y el conjunto adecuado de experiencias y conocimientos. La necesidad de información se plantea en todos los niveles, desde el de dirección superior, en los planos nacional e internacional, al comunitario y el individual. Hay dos esferas de programas que deben aplicarse a fin de velar por que las decisiones se basen cada vez más en información fidedigna, a saber: 

(a) Reducción de las diferencias en materia de datos. 

(b) Mejoramiento del acceso a la información. 

AREAS DE PROGRAMA 

A. REDUCCION DE LAS DIFERENCIAS EN MATERIA DE DATOS 

Bases para la acción 

40.2. Aunque ya hay una cantidad considerable de datos, como se señala en diversos capítulos de la Agenda 21, es preciso reunir no solamente más tipos de datos sino diversos tipos de datos en los planos local, regional y mundial, que indiquen los estados y tendencias de las variables socioeconómicas, de contaminación, de recursos naturales y ecosistemas pertinentes. Han aumentado las diferencias que existen entre el mundo desarrollado y el mundo en desarrollo en cuanto a la disponibilidad de datos y el acceso a ellos, hecho que menoscaba gravemente la capacidad de los países de adoptar decisiones fundamentadas en lo concerniente al medio ambiente y el desarrollo. 

40.3. Hay una deficiencia generalizada en la capacidad de los países en desarrollo, y en muchas esferas en el plano internacional, para la reunión y la evaluación de datos, su transformación en información útil y su divulgación. Además, es preciso mejorar la coordinación entre las actividades de información y los datos ecológicos y de desarrollo. 

40.4. Los indicadores comunmente utilizados, como el producto nacional bruto (PNB) o las mediciones de las corrientes individuales de contaminación o de recursos, no dan indicaciones precisas de sostenibilidad. Los métodos de evaluación de la interacción entre diversos parámetros sectoriales del medio ambiente y el desarrollo son imperfectos o se aplican deficientemente. Es preciso elaborar indicadores del desarrollo sostenible que sirvan de base solida para adoptar decisiones en todos los niveles y que contribuyan a una sostenibilidad autorregulada de los sistemas integrados del medio ambiente y el desarrollo. 

Objetivos 

40.5. Cabe destacar los siguientes objetivos: 

(a) Lograr una reunión y evaluación de datos más económica y pertinente mediante una mejor determinación de los usuarios y de sus necesidades de información en los planos local, nacional, regional y mundial. 

(b) Fortalecer la capacidad local, provincial, nacional e internacional de reunión y utilización de información multisectorial en los procesos de adopción de decisiones y reforzar la capacidad de reunión y análisis de datos e información para la adopción de decisiones, en particular en los países en desarrollo. 

(c) Crear o fortalecer los mecanismos locales, provinciales, nacionales e internacionales que garanticen que la planificación del desarrollo sostenible en todos los sectores se base en información fidedigna, oportuna y utilizable. 

(d) Dar acceso a la información pertinente en la forma y en el momento en que se precise para facilitar su uso. 

Actividades 

(a) Elaboración de indicadores del desarrollo sostenible 

40.6. Los países en el plano nacional y las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en el plano internacional deberían desarrollar el concepto de indicadores del desarrollo sostenible a fin de establecer esos identificadores. Con el fin de promover el uso cada vez mayor de algunos de esos indicadores en las cuentas secundarias y, en ultima instancia, en las cuentas nacionales, es preciso que la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas se ocupe de la elaboración de los indicadores, aprovechando la experiencia creciente a este respecto. 

(b) Promoción del uso mundial de indicadores del desarrollo sostenible 

40.7. Los órganos y las organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas, en cooperación con otras organizaciones internacionales gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales, deberían utilizar un conjunto apropiado de indicadores del desarrollo sostenible e indicadores relacionados con los medios que se encuentran fuera de la jurisdicción nacional, como los océanos, la atmósfera superior y el espacio ultraterrestre. Los órganos y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, en coordinación con las demás organizaciones interesadas, podrían hacer recomendaciones para el desarrollo armónico de indicadores en los planos nacional, regional y mundial y para la incorporación de un conjunto apropiado de estos indicadores en informes y bases de datos comunes de acceso generalizado para su utilización en el plano internacional, con sujeción a consideraciones relacionadas con la soberanía nacional. 

(c) Mejoramiento de la reunión y utilización de datos 

40.8. Los países y, cuando se les solicite, las organizaciones internacionales deberían hacer inventarios de los datos ambientales, de recursos y de desarrollo, sobre la base de las prioridades nacionales y mundiales, para la gestión del desarrollo sostenible. Deberían asimismo determinar las deficiencias y organizar actividades para subsanarlas. Dentro de los órganos y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y de las organizaciones internacionales pertinentes, es preciso reforzar las actividades de obtención de datos, entre ellas las de Vigilancia Mundial y Vigilancia Meteorológica Mundial, especialmente en lo que concierne al aire de las ciudades, el agua dulce, los recursos de tierras (entre ellos los bosques y las tierras de pastoreo), la desertificación, otros hábitat, la degradación de los suelos, la diversidad biológica, los océanos y la atmósfera superior. Los países y las organizaciones internacionales deberían utilizar las nuevas técnicas de reunión de datos, incluida la tele-observación mediante satélites. Además del fortalecimiento de las actividades de reunión de datos sobre el desarrollo, es preciso prestar especial atención a factores tales como la demografía, la urbanización, la pobreza, la salud y el derecho de acceso a los recursos, así como a los grupos especiales, entre ellos las mujeres, las poblaciones indígenas, los jóvenes, los niños y los discapacitados, y sus relaciones con cuestiones ambientales. 

(d) Mejoramiento de los métodos de evaluación y análisis de los datos 

40.9. Las organizaciones internacionales competentes deberían elaborar recomendaciones prácticas para la reunión y evaluación coordinada y armonizada de datos en los planos nacional e internacional. Los centros nacionales e internacionales de datos e información deberían establecer sistemas permanentes y precisos de reunión de datos y utilizar los sistemas de información geográfica, los sistemas de expertos, los modelos y una variedad de otras técnicas para la evaluación y el análisis de los datos. Estas medidas serán especialmente pertinentes debido a que será preciso procesar en el futuro una gran cantidad de datos obtenidos mediante satélites. Los países desarrollados y las organizaciones internacionales, así como el sector privado, deberían cooperar, en particular con los países en desarrollo, a solicitud de estos, para facilitar su acceso a esas tecnologías y conocimientos. 

(e) Establecimiento de un marco amplio de información 

40.10. Los gobiernos deberían considerar la posibilidad de introducir los cambios institucionales necesarios en el plano nacional para lograr la integración de la información sobre el medio ambiente y sobre el desarrollo. En el plano internacional, será preciso fortalecer las actividades de evaluación del medio ambiente y coordinarlas con los esfuerzos por determinar las tendencias del desarrollo. 

(f) Fortalecimiento de la capacidad de difundir información tradicional 

40.11. Con la asistencia de las organizaciones internacionales, los países deberían establecer mecanismos de apoyo para suministrar a las comunidades locales y a los usuarios de recursos la información y los métodos que necesitan para que, en la ordenación del medio ambiente y de los recursos sostenibles, apliquen los conocimientos y los enfoques tradicionales y autóctonos, cuando proceda. Esto reviste particular importancia en el caso de las poblaciones rurales y urbanas y los grupos indígenas, de mujeres y de jóvenes. 

Medios de ejecución

(a) Financiación y evaluación de los costos 

40.12. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa ascenderá a unos 1.900 millones de dólares, que la comunidad internacional suministrara a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar. 

(b) Medios institucionales 

40.13. En los planos nacional e internacional, se carece de la capacidad institucional para integrar el medio ambiente y el desarrollo y elaborar los indicadores pertinentes. Habrá que reforzar de manera considerable las instituciones existentes, como el Sistema Mundial de Vigilancia del Medio Ambiente (SIMUVIMA) y la Base de Datos sobre Recursos Mundiales (GRID) dentro del PNUMA y otras entidades dentro del sistema general de Vigilancia Mundial. La Vigilancia Mundial ha sido un elemento esencial para los datos relacionados con el medio ambiente. Aunque hay programas relacionados con datos sobre el desarrollo en diversos organismos, la coordinación entre ellos es insuficiente. Las actividades relacionadas con los datos sobre el desarrollo de los organismos e instituciones del sistema de las Naciones Unidas deberían coordinarse de manera más eficaz, tal vez mediante un mecanismo equivalente y complementario de "Vigilancia del Desarrollo". Este mecanismo y el de Vigilancia Mundial deberían coordinarse a través de una oficina apropiada de las Naciones Unidas para velar por la plena integración de los problemas del medio ambiente y el desarrollo. 

(c) Medios científicos y tecnológicos 

40.14. Con respecto a la transferencia de tecnología, con la rápida evolución de las tecnologías de información y de reunión de datos, es necesario elaborar directrices y mecanismos para la transferencia rápida y continua de esas tecnologías, en particular a los países en desarrollo, de conformidad con el capítulo 34 (Transferencia de tecnología ecológicamente racional, cooperación y aumento de la capacidad), y para la capacitación de personal en su utilización. 

(d) Desarrollo de los recursos humanos 

40.15. Se necesitara proporcionar capacitación en todas las esferas y en todos los niveles, especialmente en los países en desarrollo. Esa capacitación tendrá que incluir la capacitación técnica de las personas que participen en la reunión, evaluación y elaboración de datos y la asistencia a los encargados de adoptar decisiones para utilizar esa información. 

(e) Aumento de la capacidad 

40.16. Todos los países, en particular los países en desarrollo, deberían, con el apoyo de la cooperación internacional, fortalecer su capacidad de reunir, almacenar, organizar, evaluar y utilizar datos en los procesos de adopción de decisiones de manera más efectiva. 

B. MEJORAMIENTO DEL ACCESO A LA INFORMACION 

Bases para la acción 

40.17. Existe una riqueza de datos y de información que se podría utilizar para la gestión del desarrollo sostenible. Encontrar la información adecuada en el momento preciso y en la escala pertinente de agregación es una tarea que se torna cada vez más difícil. 

40.18. En muchos países, la información no se ordena como corresponde debido a la falta de recursos financieros y personal capacitado, a un desconocimiento de su valor y de su disponibilidad y a otros problemas inmediatos apremiantes, en particular en los países en desarrollo. Incluso en aquellos lugares en que existe la información es posible que no sea fácil acceder a ella ya sea debido a la falta de tecnología para un acceso efectivo o al costo que entraña, sobre todo en el caso de la información que se encuentra fuera del país y que esta disponible en el mercado comercial. 

Objetivos 

40.19. Habría que reforzar los mecanismos nacionales e internacionales de procesamiento e intercambio de información y la asistencia técnica conexa a fin de que haya un acceso efectivo y equitativo a la información generada en los planos nacional, regional e internacional con sujeción a la soberanía nacional y a los derechos aplicables de propiedad intelectual. 

40.20. Habría que fortalecer la capacidad nacional, en el gobierno, en las organizaciones no gubernamentales y en el sector privado, a los efectos del manejo y la comunicación de la información, especialmente dentro de los países en desarrollo. 

40.21. Habría que asegurar la plena participación, en especial de los países en desarrollo, en cualquier plano internacional en el marco de los órganos y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas para la reunión, el análisis y la utilización de los datos y la información. 

Actividades 

(a) Producción de información que se pueda utilizar en el proceso de adopción de decisiones 

40.22. Los países y las organizaciones internacionales deberían examinar y reforzar los sistemas y servicios de información en los sectores relacionados con el desarrollo sostenible en los planos local, provincial, nacional e internacional. Se debería insistir en que se transforme la información existente en formas que sean más útiles para la adopción de decisiones y en orientarla hacia diversos grupos de usuarios. Se deberían establecer o reforzar los mecanismos para convertir las evaluaciones científicas y socioeconómicas en información adecuada para la planificación y la información pública. A ese respecto, se deberían utilizar medios electrónicos y no electrónicos. 

(b) Establecimiento de normas y métodos para el manejo de la información 

40.23. Los gobiernos deberían considerar la posibilidad de apoyar a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en sus esfuerzos por elaborar mecanismos para el intercambio eficiente y armónico de información en los planos local, provincial, nacional e internacional, incluidos la revisión y el establecimiento de las clases de datos, de acceso y de difusión y la interconexión de las comunicaciones. 

(c) Elaboración de datos sobre fuentes de información 

40.24. Los órganos y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones gubernamentales y no gubernamentales deberían elaborar y compartir información sobre las fuentes disponibles en ellas. Los programas existentes, tales como el Comité Consultivo para la Coordinación de los Sistemas de Información (CCCSI) y el Sistema Internacional de Información Ambiental (INFOTERRA), deberían ser examinados y reforzados según fuera necesario. Entre la amplia gama de otras actividades, habría que fomentar los mecanismos de formación de redes y de coordinación, entre ellos los acuerdos con las organizaciones no gubernamentales para el intercambio de información y las actividades de donantes para el intercambio de información sobre proyectos de desarrollo sostenible. Se debería alentar al sector privado a que fortaleciera los mecanismos de intercambio de experiencias y de información. 

(d) Establecimiento y fortalecimiento de la capacidad de formación de redes electrónicas 

40.25. Los países, las organizaciones internacionales, entre ellos los órganos y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y las organizaciones no gubernamentales deberían aprovechar las iniciativas de establecimiento de enlaces electrónicos para apoyar el intercambio de información, proporcionar acceso a las bases de datos y a otras fuentes de información, facilitar la comunicación para satisfacer objetivos más amplios, como la ejecución de la Agenda 21, facilitar las negociaciones intergubernamentales, supervisar las convenciones y medidas de desarrollo sostenible, transmitir alertas ecológicas y transferir datos técnicos. Asimismo, esas organizaciones deberían facilitar la interconexión de diversas redes electrónicas y la utilización de normas adecuadas y protocolos de comunicación para el intercambio transparente de comunicaciones electrónicas. En los casos en que fuera necesario, se debería crear tecnología nueva y fomentar su utilización para permitir la participación de aquellos que en la actualidad no tienen acceso a la infraestructura y a los métodos existentes. Además, se deberían establecer mecanismos para llevar a cabo la transferencia de la información hacia y desde sistemas no electrónicos con el fin de que puedan participar quienes de otra manera quedarían excluidos. 

(e) Utilización de las fuentes de información comercial 

40.26. Los países y las organizaciones internacionales deberían considerar la posibilidad de llevar a cabo estudios de la información sobre el desarrollo sostenible existente en el sector privado y de los sistemas actuales de difusión a fin de determinar las lagunas que existen y la manera de colmarlas mediante actividades comerciales o cuasicomerciales, particularmente actividades en que participen países en desarrollo o que se realicen en ellos. Además, en los casos en que existan obstáculos económicos o de otra índole que dificulten el suministro de la información y el acceso a ella, particularmente en los países en desarrollo, debería considerarse la posibilidad de crear programas innovadores que subvencionaran el acceso a esa información o eliminaran los obstáculos de índole no económica. 

Medios de ejecución

(a) Financiación y evaluación de los costos 

40.27. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este programa ascenderá a unos 165 millones de dólares, que la comunidad internacional suministrara a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar. 

(b) Medios institucionales 

40.28. Los aspectos institucionales de este programa se refieren principalmente al fortalecimiento de las instituciones existentes, así como al fortalecimiento de la cooperación con organizaciones no gubernamentales y deben ser compatibles con las decisiones generales en materia de instituciones que adopte la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. 

(c) Aumento de la capacidad 

40.29. Los países desarrollados y las organizaciones internacionales competentes deberían cooperar con los países en desarrollo para ampliar su capacidad de recibir, almacenar, recuperar, aportar, difundir, utilizar información pertinente sobre el medio ambiente y el desarrollo y dar al público acceso apropiado a esa información suministrando tecnología y capacitación para el establecimiento de servicios de información local y apoyando acuerdos de cooperación y asociación entre países y en los planos regional y subregional. 

(d) Medios científicos y tecnológicos 

40.30. Los países desarrollados y las organizaciones internacionales competentes deberían prestar apoyo a la investigación y el desarrollo del equipo, los programas y otros aspectos de la informática, particularmente en los países en desarrollo, que sean adecuados a sus actividades y necesidades y al medio ambiente. 

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